MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decisión Administrativa 996/2013
Apruébanse contrataciones.
Bs. As., 18/11/2013
VISTO el Expediente Nº 44.511/2011 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, las Resoluciones Nros. 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias y 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.
Que el Decreto Nº 1421/02 establece la reglamentación de la Ley Nº 25.164.
Que el Decreto Nº 2098/08 homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), vigente a partir del 1° de diciembre de 2008.
Que la Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS aprueba las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrar según lo establecido en el Artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su Decreto reglamentario Nº 1421/02.
Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establecen las pautas de equiparación para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con las previsiones del Artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y sus normas reglamentarias, en relación con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de la Planta Permanente de la jurisdicción.
Que como consecuencia del dictado del Decreto Nº 491/02 y su reglamentario Nº 601/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha asumido el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones, incluyendo renovaciones y prórrogas, y movimientos de personal en el ámbito de su competencia.
Que el Artículo 1° del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios, establecen que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, quedando incluidos los contratos regidos por la Ley Nº 25.164, será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000).
Que la señora Secretaria de Coordinación y Cooperación Internacional ha celebrado, “ad referéndum” del señor Jefe de Gabinete de Ministros de conformidad con la delegación de facultades establecida en el Artículo 6°, apartado II) de la Resolución Nº 1230/08 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en representación del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, la contratación de los agentes detallados en la Planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente, en los términos del Artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación y pautas de aplicación.
Que atento el carácter de la presente medida se ha dado cumplimiento a los requisitos normados por la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02 según establece el Artículo 6° del Decreto Nº 601/02.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en el marco de su competencia, no tiene objeciones que formular al dictado del presente acto administrativo.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han brindado su conformidad.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébanse los contratos de prestación de servicios celebrados “ad referéndum” del señor Jefe de Gabinete de Ministros con los agentes que se consignan en el Anexo de la presente decisión administrativa, en los términos del Artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164, su reglamentación y pautas de aplicación, aprobadas por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución Nº 48/02 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para el ejercicio en curso.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.
ANEXO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164
Decreto Nº 1421/02
Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02
Apellido y Nombre | Tipo y Nº de Documento | Nivel | Grado | Carga Horaria Semanal (Horas) | Período de Vigencia | Area | ||
1 | LOPEZ TORNATORE, Patricia Mónica Elsa | D.N.I. | 10.123.316 | B | 11 | 40 | 01/02/2013 al 31/12/2013 | Dirección Nacional de Ceremonial |
2 | ZABALLA, Carlos Eduardo | D.N.I. | 8.569.983 | B | 10 | 40 | 01/02/2013 al 31/12/2013 | Comisión Cascos Blancos |
Fecha de publicación 21/11/2013