MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución Nº 774/2013
Bs. As., 15/11/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0368500/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 formulado por NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del suscripto la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO ($ 22.284.231) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECIOCHO ($ 444.118) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 58.225) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2013 en PESOS QUINIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 502.343) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — HERNAN G. LORENZINO, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
e. 21/11/2013 Nº 94567/13 v. 21/11/2013
Fecha de publicación 21/11/2013