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6 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO UNICO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MENDOZA, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 830/13.

Art. 1° - Denomínase Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza la asociación profesional de trabajadores de primer grado con Personería Gremial inscripta bajo el N° 1087 (mil ochenta y siete) que agremia en su seno a todo el personal de que desarrolla tareas, cualquiera fuera su jerarquía en AGUA Y SANEAMIENTO MENDOZA S.A (AYSAM S.A.) o sucesores, así también el de toda empresa que tenga a su cargo servicios públicos de provisión de agua potable y/o desagües cloacales y/o fluviales y servicios auxiliares, técnicos, comerciales y administrativos o que se instalen dentro del ámbito de actuación de esa organización, sean empresas nacionales, municipales, cooperativas privadas o mixtas, como así también aquellos trabajadores de empresas similares, que no poseyendo sus plantas purificadoras de agua y/o de líquidos cloacales en la jurisdicción precedentemente establecida, desempeñan sus tareas profesionales técnicas operativas, comerciales, administrativas, o en forma continuada o permanente en la zona de influencia de esta organización. Asimismo agrupará a los pasivos que hayan alcanzado esta situación mientras se desempeñaban en las actividades señaladas.
Art. 2° - La jurisdicción y zona de actuación del Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza, comprende todo el ámbito de la provincia de Mendoza.
Art. 3° - El Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza, fija su domicilio en la calle Montevideo N° 523/25 de la ciudad de Mendoza o en el lugar que en el futuro fije su comisión directiva.
Art. 4° - El objeto del Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza, es el siguiente:
a) Reunir en su seno a todos los trabajadores de la actividad sanitarista.
b) Defender los intereses profesionales de los trabajadores, velando por el cumplimiento de las leyes, escalafón y disposiciones laborales vigentes.
c) Estudiar, plantear y ejecutar la adopción de medidas legítimas de carácter general, tendiente a salvaguardar las condiciones laborales, sociales y morales de sus asociados.
d) Representar a los trabajadores respecto a diferendos y conflictos de carácter individual colectivo ante empleadores o asociaciones de empleadores, poderes públicos del estado, autárquicos y/o administración de justicia.
e) Organizar y fomentar la práctica de actividades destinadas a proporcionar beneficios de carácter social y cultural a sus afiliados.
f) Organizar la práctica del deporte y toda actividad que tienda a fomentar la armonía y participación del gremio.
g) Cumplir todos los demás objetivos no mencionados estatutariamente, que asignen a las asociaciones sindicales de trabajadores, la legislación vigente.
De los órganos de dirección y administración del sindicato.
Art. 14° - Son órganos de dirección, administración y control del sindicato:
a) Comisión directiva.
b) Comisión revisora de cuentas.
c) Asambleas Generales (ordinarias y extraordinarias).
Comisión directiva
Art. 15° - Comisión Directiva
a) El sindicato será dirigido y administrado por una comisión directiva, compuesta por 19 (diecinueve) miembros titulares, 16 (dieciséis) son secretarias y 3 (tres) vocales titulares, que desempeñaran los siguientes cargos:
1 Secretario general
1 Secretario adjunto
1 Secretario gremial
1 Pro-secretario gremial
1 Secretaria de la Mujer
1 Secretario del interior
1 Secretario de acción política gremial
1 Secretario de organización
1 Secretario de prensa y difusión
1 Secretario de hacienda
1 Pro-secretario de hacienda
1 Secretario administrativo
1 Secretario de acción social y becas
1 Secretario de deportes y turismo
1 Secretario de actas y capacitación
1 Secretario técnico profesional
3 Vocales titulares
El mandato de la comisión directiva es de (cuatro) años y sus miembros podrán ser reelectos.
Al día de la fecha de la presentación, el número de afiliados con que cuenta el Sindicato Unico del Personal de Obras Sanitarias Mendoza, es de 672 (seiscientos setenta y dos).
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 21/11/2013