ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE CAMPANA
La ADUANA de CAMPANA, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2°, 3°, 4° y 5° de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en:
Depósito | Buque/Camión/Tren | Fecha arribo | Manifiesto | Conocimiento | Cantidad | Mercadería |
TERMINAL ZARATE | GRANDE BUENOS AIRES | 19/12/2007 | 07008MANI025699Z | S301948228 | 1 | VEHICULO AUDI Q7 |
TERMINAL ZARATE | GRANDE BUENOS AIRES | 19/12/2007 | 078008MNI025699Z | S301948110 | 1 | VEHICULO AUDI A3 |
OSCAR M. IGLESIAS, Administrador, Aduana de Campana.
e. 29/11/2013 Nº 97355/13 v. 29/11/2013
Fecha de publicación 29/11/2013