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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1075/2013

Danse por trasladados agentes a la Secretaría Legal y Técnica.

Bs. As., 18/11/2013

VISTO lo solicitado por la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 950/12, 275/13 y 1544/13, y

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Nº 950 del 21 de junio de 2012, se designó, entre otros, a la Dra. Roxana Silvia Colomer en el cargo de Jefa de Unidad Asesoramiento Técnico Area V, F.E. IV, Nivel B Grado 5, de la Dirección General de Despacho y Decretos de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, habiendo asumido el día 24 de junio de 2012. Posteriormente, mediante el Decreto Nº 275/13 la citada agente fue designada como Directora de Servicio Técnico, F.E. III, Nivel B Grado 5, de la misma Dirección General.

Que, asimismo, por Decreto Nº 1544 del 8 de octubre de 2013 se designó, entre otros, al Dr. Sergio Ricardo María Landín como Jefe Unidad Asuntos Contenciosos, F.E. IV, Nivel B Grado 4, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a partir del 1° de noviembre de 2013.

Que cabe destacar que los cargos involucrados en los considerandos precedentes fueron oportunamente descongelados en función de los artículos 7° de las Leyes Nros. 26.728 y 26.784.

Que en función de ello los nombrados solicitaron en tiempo y forma, en su dependencia de revista, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, en sus respectivos cargos de revista Nivel B - 5, a partir del 24 de junio de 2012 la Dra. Colomer y Nivel B - 4 a partir del 1° de noviembre de 2013 el Dr. Landín, respectivamente.

Que con motivo de la solicitud de la licencia referida, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, emite el dictamen Nº 1743 de fecha 2 de octubre de 2013, haciendo referencia a que por el artículo 13, apartado II, inciso a) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por el Decreto Nº 3413/79 se establece que “Las licencias extraordinarias serán acordadas con o sin goce de haberes, conforme a las siguientes normas: (...) II -Sin goce de haberes. A) Ejercicio transitorio de otros cargos. El agente que fuera designado o electo para desempeñar funciones superiores de gobierno en el orden nacional, provincial o municipal, queda obligado a solicitar licencia sin percepción de haberes, que se acordará por el término que ejerza esas funciones”.

Que la citada Dirección General continúa diciendo que “Llegado a este punto, resulta procedente advertir que la designación que origina la licencia extraordinaria de autos fue realizada en la Planta Permanente de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, por lo que, no se dan los presupuestos normativos precedentemente citados, que habiliten su otorgamiento.”.

Que, además, la citada área jurídica destaca que “el Régimen de Acumulación de Cargos, Funciones y/o Pasividades para la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto Nº 8566/61 establece en lo que aquí interesa que “...ninguna persona podrá desempeñarse ni ser designada en más de un cargo o empleo público remunerado dentro de la jurisdicción y competencia del Poder Ejecutivo Nacional.”, por lo que la agente deberá realizar la opción prevista en el artículo 13 del citado Régimen.

Que, en función de las conclusiones arribadas en el precitado dictamen, y en virtud de que los cargos Nivel B del SINEP de ambas jurisdicciones son de planta permanente y dada la estabilidad de los agentes involucrados, corresponde dar por trasladados a los agentes en cuestión, de la planta permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la planta permanente de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, desde el 24 de junio de 2012 y el 1° de noviembre de 2013, respectivamente.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para los agentes en cuestión, quienes han prestado su conformidad al respecto.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 15, inciso b), punto II) del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 —traslados de personal—, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Danse por trasladados de la Planta Permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la planta permanente de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a las personas consignadas en el ANEXO I que forma parte integrante de la medida, en cargos de igual nivel escalafonario y a partir de la fecha que en cada caso se indica, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, y sus modificatorios, que fueran oportunamente descongelados.

Art. 2° — El gasto de la presente medida se efectúa con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 20 - Asistencia Legal y Técnica - de la Jurisdicción 20 - 02 - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I
SUBSECRETARIA TECNICA
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y DECRETOS


Apellido y Nombre
Tipo y Nº de DocumentoNivel y GradoTramoAgrupamientoA partir del día
COLOMER, Roxana SilviaDNI 18.137.835B-5intermedioProfesional24-06-12


SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS


Apellido y Nombre
Tipo y Nº de DocumentoNivel y GradoTramoAgrupamiento A partir del día
LANDIN, Sergio Ricardo MaríaDNI 14.042.699B-4intermedioProfesional01-11-13

Fecha de publicación 05/12/2013