MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 2117/2013
Traslado de funcionario.
Bs. As., 11/12/2013
VISTO el Expediente Nº 50.205/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 434 de fecha 12 de marzo de 1992, 681 de fecha 23 de abril de 2008 y 493 de fecha 27 de abril de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 681/08 se nombró en el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO funcionario de la categoría “A” al señor D. José María VASQUEZ OCAMPO de conformidad con el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y se lo designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA DE HAITI.
Que por el Decreto Nº 493/11 se trasladó al citado funcionario diplomático desde dicha Representación Diplomática a la Embajada de la República ante el REINO DE BELGICA, designándolo en dicho acto administrativo como señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante el referido país.
Que el mencionado funcionario ha presentado su renuncia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Trasládase desde la Embajada de la República ante el REINO DE BELGICA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. José María VASQUEZ OCAMPO (D.N.I. Nº 7.599.163).
Art. 2° — Agradécense a dicho funcionario los valiosos servicios prestados a la Nación.
Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.
Fecha de publicación 12/12/2013