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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución Nº 426/2013

Bs. As., 18/10/2013

VISTO el Expediente Nº S05:0488890/2013 y sus agregados sin acumular Nº S05:0381273/2013, Nº S05:0488829/2013, Nº S05:0488807/2013, Nº S05:0381227/2013, Nº S05:0488922/2013, Nº S05:0488854/2013 y Nº S05:0488824/2013 todos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa PIONEER ARGENTINA S.R.L., ha solicitado la inscripción de las creaciones fitogenéticas, líneas endocriadas de maíz genéticamente modificadas (Zea mays (L.)), de denominaciones PH1YAC1, PH11BP2, PH14CR1, PH10B31, PH11BG2 y PH11BJ1 y de las creaciones fitogenéticas, líneas endocriadas de maíz (Zea mays (L.)), de denominaciones PH19VF y PHKFD en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley Nº 24.376 y los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento de los respectivos títulos de propiedad.

Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, en su reunión de fecha 10 de septiembre de 2013, según Acta Nº 406, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictaminado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas, líneas endocriadas de maíz genéticamente modificadas (Zea mays (L.)), de denominaciones PH1YAC1, PH11BP2, PH14CR1, PH10B31, PH11BG2 y PH11BJ1 y de las creaciones fitogenéticas, líneas endocriadas de maíz (Zea mays (L.)), de denominaciones PH19VF y PHKFD solicitada por la empresa PIONEER ARGENTINA S.R.L.

ARTICULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídanse los respectivos títulos de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 16/12/2013 Nº 102296/13 v. 16/12/2013

Fecha de publicación 16/12/2013