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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución Nº 1522/2013

Bs. As., 10/12/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0095539/2013 del registro de este Ministerio, Expediente original Nº S01:0137710/2013 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la Resolución Nº 844 de fecha 13 de agosto de 2013 de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la Licitación Pública Nº 3/2013, destinada a la contratación de la Obra: “PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCION DE EDIFICIOS SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCION DE INCENDIO, INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y PAVIMENTOS EN LOS AEROPUERTOS DE IGUAZU, POSADAS Y RESISTENCIA”, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064.

Que por Resolución Nº 844 de fecha 13 de agosto de 2013 de este Ministerio se convocó a la Licitación Pública Nacional de etapa única para la contratación de la obra mencionada, se aprobó el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de Condiciones Especiales y los Pliegos de Especificaciones Técnicas para los Edificios Servicio de Salvamento y Extinción de Incendio, Infraestructura de Nexo y Pavimentos para los aeródromos de IGUAZU, POSADAS y RESISTENCIA, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS TREINTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO ($ 30.540.624.-).

Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad que rigen la presente contratación, retiraron pliego RIU CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANONIMA, EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, BEBANATO SOCIEDAD ANONIMA, HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, AMANCAY CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ASHOKA INGENIERIA & CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, DAL CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, KIR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, D Y P SOCIEDAD ANONIMA, TAXSA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, KRALICEK OBRAS CIVILES SOCIEDAD ANONIMA, RODALSA SOCIEDAD ANONIMA y PROCON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que con fecha 11 de octubre de 2013, se realizó el Acto de Apertura de las propuestas, presentadas por las empresas DAL CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA para el Renglón Nº 3, HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA para los Renglones Nº 1 y Nº 2, EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA para los Renglones Nº 2 y Nº 3 y BEBANATO SOCIEDAD ANONIMA por la totalidad de los Renglones objeto de esta licitación.

Que analizados los requerimientos legales y administrativos previstos en el Pliego licitatorio, la Comisión Evaluadora consideró admisible la totalidad de las propuestas recibidas.

Que evaluados los antecedentes técnicos, la Comisión Evaluadora consideró que la totalidad de los proponentes posee capacidad técnica suficiente y necesaria para la realización de las obras objeto de la presente licitación.

Que analizados los precios de las ofertas presentadas, se concluye que para el Renglón Nº 1, la firma HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA presentó la oferta de menor valor económico; para el Renglón Nº 2, la firma EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA presentó la oferta de menor valor económico y para el Renglón Nº 3, la firma DAL CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA presentó la oferta de menor valor económico.

Que la oferta presentada por la firma BEBANATO SOCIEDAD ANONIMA para la totalidad de los Renglones y la oferta de HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA para el Renglón Nº 2, resultan económicamente inconvenientes, por superar ampliamente los respectivos Presupuestos Oficiales.

Que en su Dictamen de Evaluación, la Comisión Evaluadora propone el siguiente orden de mérito respecto de las empresas proponentes: Renglón Nº 1, orden de mérito 1°, HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; Renglón Nº 2, orden de mérito 1°, EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; Renglón Nº 3, orden de mérito 1°, DAL CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, orden de mérito 2°, EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda la adjudicación de la Licitación Pública Nº 3/2013 de la siguiente forma: Renglón Nº 1, a la firma HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 14.089.944,00) incluido el IVA; Renglón Nº 2, a la firma EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 14.357.159,32) incluido el IVA y, Renglón Nº 3, a la firma DAL CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, por la suma total de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL UNO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 11.254.001,81) incluido el IVA.

Que comunicado el Dictamen de Evaluación, las actuaciones quedaron a disposición de los proponentes por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, sin que se formularan impugnaciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 2.148 de fecha 7 de noviembre de 2012.

Por ello,

EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase lo actuado en el procedimiento de selección llevado a cabo mediante la Licitación Pública Nº 3/2013, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064.

ARTICULO 2° — Desestímanse, por resultar económicamente inconvenientes, las ofertas presentadas por BEBANATO SOCIEDAD ANONIMA para los Renglones Nº 1, Nº 2 y Nº 3 y la oferta de HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA para el Renglón Nº 2.

ARTICULO 3° — Adjudícase a favor de la firma HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70808672-6) el Renglón Nº 1 por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 14.089.944,00) incluido el IVA; a la firma EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70133765-0) el Renglón Nº 2 por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 14.357.159,32) incluido el IVA y a la firma DAL CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-60437017-1) el Renglón Nº 3 por la suma total de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL UNO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 11.254.001,81) incluido el IVA.

ARTICULO 4° — El titular de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) suscribirá el Contrato con los adjudicatarios, cuyo modelo se aprueba como Anexo a la presente Resolución.

ARTICULO 5° — El gasto que demande la presente contratación deberá ser imputado al Programa 16, Proyecto 3, Obra 51, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 2, correspondientes a los Ejercicios Financieros de los años 2013 y 2014 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

ARTICULO 6° — Comuníquese, notifíquese a los proponentes y adjudicatarios, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. ANIBAL F. RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

ANEXO
CONTRATO
Entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, representado en este acto por el Administrador Nacional de Aviación Civil, Doctor Alejandro Agustín GRANADOS, titular del Documento Nacional de Identidad Nº ……………….., con domicilio en la calle 25 de Mayo 101 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el “COMITENTE” por una parte, y por la otra …………………………………………, representada en este acto por …………………………………………, titular del Documento Nacional de Identidad Nº ……………….., en su carácter de ……………….. con domicilio en la calle ……………….. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante la “CONTRATISTA”, se conviene en celebrar el presente Contrato, con sujeción a las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: La CONTRATISTA se obliga a elaborar el proyecto ejecutivo y a la construcción de los edificios del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendio, la infraestructura de nexo y los pavimentos en los Aeródromos de ……………….., bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 y en un todo de acuerdo a la documentación a que se refiere la CLAUSULA QUINTA.
CLAUSULA SEGUNDA - MONTO DEL CONTRATO: El monto de este Contrato, por la ejecución de los trabajos enunciados en la CLAUSULA PRIMERA, asciende a la suma de PESOS ……………………………………………....…………………………..………………………………………………..………………..…..………………………………..……..………………........ ($………………..,…..).
CLAUSULA TERCERA - PLAZO DE EJECUCION: La CONTRATISTA deberá cumplimentar los trabajos contratados dentro del plazo de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos, contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio impartida por el COMITENTE.
CLAUSULA CUARTA - AFIANZAMIENTO: En garantía del cumplimiento del presente Contrato, la CONTRATISTA presenta en este acto ……………………………………………....…………………………..…………………………………………, por la suma de PESOS ……………………………………………....…………………………..……… ($………………..,…..), extendida a favor del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.
CLAUSULA QUINTA - DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de este contrato: el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de Condiciones Especiales y las Especificaciones Técnicas para los Edificios Servicio de Salvamento y Extinción de Incendio, Infraestructura de Nexo y Pavimentos para los Aeródromos de ……..………………..…..……………………………….., aprobados como Anexos I, II, III, IV, V y VI de la Resolución Nº 844 de fecha 13 de agosto de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Circular Aclaratoria Nº 1 de la Licitación Pública Nº 3/2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, y la propuesta de la CONTRATISTA presentada en dicha licitación, en lo que no se oponga a los términos de los documentos antes mencionados.
CLAUSULA SEXTA - JURISDICCION Y CONSTITUCION DE DOMICILIOS: En caso de litigio las partes acudirán a la jurisdicción nacional en lo contencioso administrativo federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en los denunciados en el encabezado del presente Contrato, en los que serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursaren.
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ………………… días del mes de …………………………………………… del año 2013.

e. 19/12/2013 Nº 104034/13 v. 19/12/2013

Fecha de publicación 19/12/2013