MINISTERIO DE EDUCACION INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
Resolución Nº 1018/2013
Bs. As., 10/12/2013
VISTO el expediente Nº 5.268/13, la Ley. Nº 22.317 relativa al Régimen de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes Nº 23.653, Nº 24.624, Nº 25.300, la Ley Nº 26.784 y la Resolución INET Nº 178 del 18 de abril de 2013; y
CONSIDERANDO:
Que ha culminado el proceso de evaluación de los proyectos que se presentaron a los fines del acceso al Régimen de Crédito Fiscal del corriente año, realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET).
Que el proceso de evaluación distinguió como proyectos aprobados aquellos que tuvieran 70 puntos o más.
Que el monto total solicitado por las instituciones educativas durante el presente año excede el cupo establecido en la Ley 26.784.
Que en función del puntaje obtenido por cada proyecto se ha confeccionado un orden de mérito.
Que se ha realizado la distribución jurisdiccional fijada en el punto 1.4 del procedimiento aprobado.
Que posteriormente se elaboró el orden de asignación teniendo en cuenta la distribución jurisdiccional mencionada y el orden de mérito.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 143/00 y su modificatorio Nº 1895/02.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar la evaluación realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET).
ARTICULO 2° — Asignar a los fines de la aplicación de las Leyes Nº 22.317, Nº 23.653, Nº 24.624, Nº 25.300 y Nº 26.784, los proyectos Educación - Trabajo presentados por los establecimientos educativos comprendidos en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 3° — Determinar que, si existiera liberación de cupo resultante de la no ejecución de los proyectos del Anexo I, se asignará para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados por posibles variaciones en los costos de los mismos o podrán acceder al Régimen en función del orden de mérito aquellos proyectos aprobados que no hubieran accedido a otras fuentes de financiamiento.
ARTICULO 4° — Asignar el cupo resultante de la no ejecución de los proyectos correspondientes a los expedientes 7202/10, 7320/10, 7334/10, 7336/10, 7478/10, 7481/10, 7632/10, 7633/10, 7637/10, 7803/10, 8104/10, 8134/10, 8166/10, 8277/10 y 8283/10 en función de lo establecido en el punto 3.3 del procedimiento aprobado por la Resolución INET Nº 210/12, a los proyectos Educación - Trabajo presentados por los establecimientos educativos comprendidos en el Anexo II que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 5° — Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado de crédito fiscal a las empresas que patrocinan los proyectos mencionados en los Anexos I y II, con los límites establecidos en el artículo 2° de la Ley Nº 22.317 y en la medida del cumplimiento de los requisitos de la Resolución INET Nº 178 del 18 de abril de 2013.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. EDUARDO ARAGUNDI, Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica, Ministerio de Educación.
ANEXO I
ANEXO II
e. 20/12/2013 Nº 104208/13 v. 20/12/2013
Fecha de publicación 20/12/2013