GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA AGRUPACION AVIACION DE GENDARMERIA NACIONAL LICITACION PUBLICA Nº 02/2013 Expediente N° EC 3-5006/07
Circular Modificatoria Nº 2 OBJETO DE LA CONTRATACION: Adquisición de repuestos mayores para aeronaves de la fuerza.
Clase: De Etapa Unica Nacional Modalidad: Sin Modalidad Descripción: Modificatoria. Donde dice: Pliego de Bases y Condiciones Particulares: Artículo 5: Moneda de cotización. Moneda: Pesos. La propuesta económica deberá ser formulada en moneda nacional, incluyendo el I.V.A., sin discriminar, y no podrá referirse, en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. No se aceptarán propuestas en moneda distinta. Si el total consignado para el renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Artículo 16: Forma, plazo y lugar de entrega. Forma: Total. Plazo de entrega: Noventa (90) días hábiles, a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de perfeccionamiento del contrato. Lugar de entrega: En la Agrupación Aviación de Gendarmería Nacional Argentina, sito en Puerta N° 4 - Campo de Mayo - Partido de San Miguel - Provincia de Buenos Aires (CP 1659). El adjudicatario podrá solicitar por única vez la extensión del plazo de cumplimiento de la prestación antes del vencimiento del mismo, exponiendo los motivos de la demora. La extensión del plazo sólo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades del Organismo Contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. Debiendo ser fundada en Acto Administrativo por la Autoridad Facultada. Artículo 20: Forma de pago El organismo contratante realizará pagos anticipados conforme la siguiente modalidad: a. El 50% del total adjudicado, a solicitud del interesado, previa entrega del aval bancario o póliza de seguro de caución, por un importe no inferior al referido porcentual y a entera satisfacción de GNA. b. El 50% restante con la emisión del correspondiente Certificado de Recepción Definitiva. Los pagos se realizarán en la moneda de curso legal en la República Argentina (Pesos), y conforme lo determinado en los Artículos 117 y 118 del Decreto 893/12. La facturación será total, presentada una vez recibida la conformidad definitiva mediante el “Certificado de Recepción Definitivo” extendido por la Comisión de Recepciones. Las facturas se pagarán dentro de los 30 (treinta) días corridos contados a partir del día siguiente al de la entrega de las mismas en la forma y lugar indicados en el presente pliego. Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio. Debe decir: Pliego de Bases y Condiciones Particulares: Artículo 5: Moneda de cotización. Se deberá cotizar en Dólares Estadounidenses. Tal extremo no obsta a la presentación de ofertas en la moneda del país de origen de los repuestos, acorde al Formulario de Cotización adjunto. Las cotizaciones se establecerán en condición CIF (Puerto Buenos Aires) o CIP (Aeropuerto Buenos Aires). Artículo 16: Forma, plazo y lugar de entrega. Forma: Total. Plazo de entrega: El Plazo para la entrega en el Organismo destinatario será de ciento ochenta (180) días corridos, a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de perfeccionamiento del contrato. Dicho plazo no incluye el tiempo que le demande a la Gendarmería Nacional Argentina la liberación a plaza de los bienes adquiridos. Lugar de entrega: En el Servicio de Aviación de Gendarmería Nacional Argentina, sito en Puerta No. 4 - Campo de Mayo - Partido de San Miguel - Provincia de Buenos Aires (CP 1659), en el horario comprendido entre las 08:00 y las 13:00 horas. El adjudicatario podrá solicitar por única vez la extensión del plazo de cumplimiento de la prestación antes del vencimiento del mismo, exponiendo los motivos de la demora. La extensión del plazo sólo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades del Organismo Contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. Debiendo ser fundada en Acto Administrativo por la Autoridad Facultada. Artículo 20: Forma de pago. Los pagos se realizarán en la moneda de curso legal en la República Argentina (Pesos), y conforme lo determinado en los Artículos 117 y 118 del Decreto 893/12 y en cumplimiento de la Disposición Conjunta Nro. 21/11 T.G.N. y 37/11 C.G.N. La facturación será “total” presentada una vez recibida la conformidad definitiva mediante el “Certificado de Recepción Definitivo” extendido por la Comisión de Recepción. El organismo contratante realizará pagos anticipados conforme la siguiente modalidad: a. El 50% del total adjudicado, a solicitud del interesado, previa entrega del aval bancario o póliza de seguro de caución, por un importe no inferior al referido porcentual y a entera satisfacción de GNA. b. El 50% restante con la emisión del correspondiente Certificado de Recepción Definitiva. Las facturas se pagarán dentro de los 30 (treinta) días corridos contados a partir del día siguiente al de la entrega de las mismas en la forma y lugar indicados en el presente pliego. Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio. Bonificación por pronto pago: Cuando los proveedores hubieran ofrecido bonificaciones por pago dentro de determinado plazo, las dependencias intervinientes efectuarán la liquidación de las facturas por los montos brutos, indicando además el importe a que asciende el descuento y la fecha hasta la cual corresponde deducirlo del pago. Observaciones: Asimismo, al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, deberá agregarse el Anexo Complementario al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, para la Adquisición de Efectos Importados (Condición CIF). ANEXO Anexo Complementario al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, para la Adquisición de Efectos Importados (Condición CIF) 1. Normas de aplicación. El presente anexo técnico, se regirá por: a. Las disposiciones que sobre la materia dispongan las autoridades competentes (Banco Central de la República Argentina, Ministerio de Economía, etc.). b. Se respetarán las normas de Comercio Internacional, en especial las habituales establecidas y aceptadas por nuestro país con el de origen de las mercaderías ofrecidas. 2. Requisitos del oferente: a. El Oferente deberá presentar la documentación que acredite ser Representante, Subsidiaria, Distribuidor o Vendedor Autorizado del Fabricante del exterior que le provee el bien al Oferente. A tal efecto deberá presentar la documentación que acredite alguna de las siguientes condiciones: 1) Si es Representante Oficial o Subsidiaria del Fabricante deberá adjuntar la documentación pertinente que acredite el vínculo. Si quien lo autoriza es la Subsidiaria y/o el Representante del Fabricante, deberá acreditar la autorización que posee del Fabricante. 2) Si es Distribuidor o Vendedor Autorizado del Fabricante deberá presentar la autorización del mismo. 3) La documentación precedentemente mencionada, que no fuere original deberá presentarse con fotocopia certificada y legalizada por Escribano Público Nacional; de corresponder, deberá contener su cosularizado y/o apostillado. Deberá cubrir adecuadamente los plazos del contrato y estar redactada o traducida al castellano por Traductor Público nacional. Nota: El Oferente de resultar Adjudicatario es responsable del otorgamiento y cumplimiento de la garantía emitida por el Fabricante por los defectos o vicios de cualquier índole, cuando éstos afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado y su correcto funcionamiento. Debe especificar las características técnicas del equipo ofertado, marca y modelo. El Area Técnica podrá requerir, de considerarlo necesario, folletos técnicos. 3. Trámites previos: En los casos en que el material a importar esté constituido por bienes, efectos y/o equipamientos registrarles, deben tomarse en consideración, los aspectos siguientes: a. Automotores, motos, camiones, maquinarias y/o cualquier equipamiento registrable: El exportador debe remitir vía fax a la Sección Comercio Exterior, en forma previa a la entrega, un listado conteniendo números de chasis y motor a los efectos de iniciar las gestiones de autorización de importación previa ante la Dirección de Aplicación de Política Industrial, Sector Automotores. b. Armas, municiones, explosivos y afines: el proveedor debe tener presente al momento de recibir la Orden de Compra: 1) Si el país exportador exige la presentación de “Certificado de Destino Final - End User”: Deben presentar el formulario respectivo ante la División Planes de la Dirección Logística, a los efectos de las firmas y autenticaciones correspondientes. 2) Si el país exportador exige la presentación de “Certificado de Importación”, emitido por la “Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico”, presentar ante la Sección Comercio Exterior: a) Descripción y características del material b) Cantidades, precios unitarios y totales. c) Ubicación en la Nomenclatura Común del Mercosur. d) Datos del exportador: nombre, apellido y/o razón social, domicilio, localidad, teléfono/fax, país. 3) En el caso de armas, debe presentar en forma previa al embarque un listado con la numeración de las mismas, a los efectos de las autorizaciones previas y los registros correspondientes ante el Registro Nacional de Armas. 4. Fletes y seguros: (Art. 73 inc. d del Decreto 893/12). a. La contratación de fletes y seguros se regirá por las leyes y reglamentos vigentes. b. Estará a cargo del Adjudicatario la contratación del seguro de transporte por el desplazamiento de los repuestos licitados. c. La póliza o el certificado respectivo deberá cubrir hasta el depósito en la República Argentina, Servicio de Aviación de Gendarmería Nacional Argentina, sito en Puerta No. 4 - Campo de Mayo - Partido de San Miguel - Provincia de Buenos Aires (CP 1659). (House to House). d. La cobertura deberá ser contra todo riesgo (All Risk). e. El seguro contratado para cubrir los riesgos del traslado deberá constituirse en dólares estadounidenses y a favor de la Gendarmería Nacional Argentina. f. El monto de la póliza o del certificado de seguro descripta precedentemente, deberá cubrir el ciento diez por ciento (110%) del valor de los repuestos embarcados. Transporte de la mercadería: a. Condiciones sobre embalajes, pesos y medidas: En los casos en que la carga sea transportada en pallets y/o skies, el proveedor deberá dar precisas y oportunas instrucciones a su embarcador para: 1) Que al confeccionar la documentación de embarque, quede debidamente declarada en la misma la cantidad de cajas, bultos, envases en que sean remitidas las mercaderías, declarando su respectivo kilaje y adjuntando una Lista de Empaque, con detalle de bultos, pesos medidas y contenidos (Ejemplo: 1 pallets x 8 cajas, con 1200 kilos, conteniendo 2 pallets: l1x6 cajas, con 125 kilos y/o 1x2 caja, con 230 kilos, conteniendo...”). 2) Asimismo, el embalaje inmediato y protecciones adicionales deben estar acondicionadas de manera que resistan tanto las condiciones climáticas adversas como maltrato durante su transporte (precintado, con recubrimiento plástico y hermético) Dichas medidas reditúan favorablemente al momento del retiro de la carga a los fines de evitar “Mala Condición” y mayores gastos por almacenaje. El vendedor es responsable de los daños eventuales que pudieran ocurrir a causa de embarques y/o embalajes defectuosos. b) Condiciones del embarque: 1) No se autorizarán trasbordos, conocimientos de embarque “sucios”, transportes sobre cubierta ni en buques “no conferenciados”, salvo que circunstancias especiales imposibiliten el transporte de las mercaderías debidamente solicitadas, acreditadas en la respectiva oferta y autorizadas en forma expresa en la Orden de Compra. 2) Igualmente no se autorizarán embarques parciales, salvo que sean requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y/o sean debidamente requeridos y justificadas en la oferta y sean aprobadas en la respectiva Orden de Compra. c. Pagos en concepto de transporte y gastos: 1) A los fines de que la Empresa Adjudicataria realice la cancelación de los pagos en concepto de transporte, gastos y otros servicios complementarios, le será extendida una autorización por parte de la Fuerza, para lo cual presentarán una nota ante la Sección Comercio Exterior, con los datos (nombre, apellido y documento de identidad) de las personas que gestionarán en nombre de la empresa. 2) Si la mercadería enviada, no se ajustara a las condiciones pactadas todos los gastos que demande la gestoría aduanera, transporte, seguro, terminal de cargas, más los gastos de embalaje que ocasione el retorno de la mercadería rechazada al país de origen y el envío de reposición, correrán por cuenta de la empresa Adjudicataria. La reposición de la mercadería rechazada, deberá realizarse en un plazo no mayor de los sesenta (60) días. d. Documentación de embarque original: La documentación de embarque, debe cumplir las siguientes condiciones: 1) Consignatario: El envío debe ser consignado a “Gendarmería Nacional Argentina, Dirección de Administración Financiera, Sección Comercio Exterior, Av. Antártida Argentina 1480, Piso 4to. (CP 1104), Buenos Aires, República Argentina”. 2) Notificaciones: Los documentos de embarque deben instruir que las notificaciones por arribos de mercaderías, se realicen vía telefónica a la Sección Comercio Exterior: a) Teléfono: 4114-3503 b) Fax: 4114-3503 / 4310-2703 c) E-mail: comercio.exterior@gendarmeria.gov.ar 3) Descripción del material: “Material amparado por Decreto Ley 19.348/71 y 2921/70, para Gendarmería Nacional Argentina, conforme Orden de Compra nro...”. 4) Embarques: a) En forma previa a la salida del medio de transporte, el exportador deberá cursar fax consignando: compañía de transporte, representante en Buenos Aires (dirección y N° Telefónico), número del documento de embarque discriminando cantidad de bultos, peso, volumen, fecha de salida, fecha estimada de arribo y todo otro dato de interés. b) Una vez cargada la mercadería se deberá cursar a la Sección Comercio Exterior un fax del documento de transporte internacional dentro de las 24 horas para el caso de transporte aéreo (guía aérea) y de las 96 horas para el caso de transporte marítimo (Conocimiento de Embarque). e) En caso de incumplimiento del punto anterior, ya sea por falta de envío al lugar indicado y/o confección errónea de la citada documentación, la Institución no se hará responsable por las eventuales demoras en el despacho a plaza de las mercaderías. Entrega de los efectos adquiridos: a. Lugar de entrega: 1) A los efectos anteriores y salvo en los casos en que se indique expresamente en el Pliego de Invitación, la entrega definitiva tendrá lugar en el Servicio de Aviación de Gendarmería Nacional Argentina, sito en Puerta No. 4 - Campo de Mayo - Partido de San Miguel - Provincia de Buenos Aires (CP 1659), Buenos Aires, República Argentina. 2) La contratación se entenderá por cumplida cuando la Comisión de Recepción, extienda la conformidad definitiva del embarque mediante el respectivo “Certificado de Recepción Definitiva”. a) Plazo de entrega: El plazo para la entrega de las mercaderías será estipulado en el artículo 16 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. b) Dicho plazo no incluye el tiempo que le demanda a la Gendarmería Nacional Argentina la liberación a plaza de los bienes adquiridos. a. Conformidad de la recepción definitiva: (Arts. 114 y 115 del Decreto 893/12). 1) La conformidad de la recepción se otorgará dentro del plazo de diez (10) días salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se fijara uno distinto. Dicho plazo comenzará a correr a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los elementos o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego el que podrá ser parcial con respecto al período fijado para la vigencia del contrato o al del cumplimiento de determinadas etapas de la ejecución del contrato de acuerdo a lo que se hubiera previsto en los respectivos pliegos. 2) Si la mercadería enviada no se ajustara a las condiciones pactadas, la reexportación de los materiales se hará de conformidad a lo establecido en 5., c., 2). Despacho a plaza: La operatoria de liberación del Despacho a Plaza de los efectos importados, estarán a cargo de Gendarmería Nacional. A cargo de la empresa adjudicataria, todos los gastos emergentes del mismo (Manejo de documentos de embarque, terminal de Cargas, eslingaje, descarga, traslado, admisión temporaria, limpieza, estadía, almacenamiento y demora por entrega de contenedores, si los hubiera, A.G.P., etc.)
e. 04/09/2013 N° 68162/13 v. 04/09/2013Fecha de publicación 04/09/2013