CIRCULAR MODIFICATORIA NRO: 1
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE CASCOS PARA MOTOCICLISTAS DE ALTA VELOCIDAD”.
Clase: De Etapa Única Nacional Modalidad: Sin Modalidad DESCRIPCIÓN: POR RAZONES DE INDOLE ADMINISTRATIVA SE PROCEDE A PRORROGAR LA APERTURA PARA EL DIA JUEVES 15 DE OCTUBRE DE 2015 A LAS 10:00 HORAS, A LOS EFECTOS DE MODIFICAR LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES CONFORME DETALLE: A. OBJETO: 1. La presente Especificación Técnica establece las exigencias que debe satisfacer el “Casco para Motociclista de Alta cilindrada” para el uso del Personal en actividades viales. B. CARACTERISTICAS GENERALES: 1. MATERIA PRIMA a. Material (cuerpo): Confeccionado en material ABS reforzado de color Blanco únicamente. b. Material (interior): Fibras sintéticas expandibles adaptables. Confeccionado en Poliéster, completamente desmontable para facilitar su lavado. Tratamiento Anti- Vaho. 2. DETALLES DE CONFECCION: a. Forma: Aerodinámica. b. Dimensiones: Acorde talle. M-L-XL. c. Angulo de visibilidad: Muy amplio. d. Sujeción: Sistema de traba rápida. e. Apertura Mentonera: Manual, con traba mecánica de seguridad en el frente del casco. Debe ser de fácil accionar. f. Fijación Mentonera: Trabas metálicas para mayor resistencia. g. Mentonera Desmontable: Sistema de conversión a casco abierto sin necesidad de herramientas especiales. h. Visor Primario: Transparente, con superficie Antirayadura y protección cortavientos. Antiempañante tanto en reposo como en circulación. i. Visor secundario: Tonalizado, con superficie Antirayadura y protección frente a luces naturales y artificiales. Antiempañante tanto en reposo como en circulación. j. Apertura Visor Primario: Manual, con traba de seguridad en cierre por presión y sello para evitar el paso de aire y agua. Debe ser de fácil accionar. k. Apertura Visor Secundario: Manual, con comando manual exterior, lo que posibilita su apertura y cierre sin necesidad de abrir el visor primario. Debe ser de fácil accionar. l. Kit de conversión de casco mixto a casco abierto: Incluido en el embalaje. m. Protección Rompevientos: A fin de ubicarse en mentón y nuca para evitar que el aire ingrese por la parte inferior del casco. n. Peso: 1,750 grs. +/- 50 grs. o. Ploteo: El casco deberá llevar la bandera Argentina en la parte media trasera. Ver “APARTADO FOTOGRÁFICO” 3. MARCADO: Cada casco llevará DOS (2) etiquetas en material adhesivo con descripción en tinta indeleble ubicadas en la parte inferior trasera, con la siguiente información: a. La etiqueta Número 1: Indicará el talle y peso correspondiente y medirá 2 cm de alto por 3,5 cm de ancho. b. La etiqueta Número 2: Contendrá el Nro. de Identificación del casco y medirá dos cm de alto por 3,5 cm de ancho.

4. EMBALAJE: Cada casco se transportará en forma individual dentro de una funda confeccionada en tela y a su vez se embalará dentro de una caja de cartón la cual deberá ser resistente al transporte, manipuleo, carga y descarga. 5. ROTULADO: Colocado en forma visible en cada caja, deberá contener: razón social, denominación del efecto, descripción del talle. C. REPUESTOS: Conforme la cantidad total requerida en el presente renglón deberá considerar los siguientes porcentajes de repuestos:
| Visor primario con mecanismo de cierre | Visor secundario con mecanismo de cierre |
| 30% | 20% |
D. TALLES A CONSIDERAR: Conforme la cantidad requerida en el presente renglón deberá considerar los siguientes porcentajes por tipo de talles:
E. MUESTRAS A PRESENTAR: 1. MODALIDAD DE PRESENTACIÓN Los oferentes deberán presentar una Muestra en el Departamento Investigación y Desarrollo de la Dirección de Logística de la Fuerza, sito en calle Gendarmería Nacional Argentina 717 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un plazo máximo de antelación de CUARENTA Y OCHO (48) hs hábiles a la fijada para el acto formal de Apertura de Ofertas, en el horario de 08 a 13hs. De tal circunstancia se dejará constancia de su recepción en el Remito presentado por el oferente, documento este que deberá ser agregado como parte integrante de cada oferta. Asimismo las “Muestras Oferta” deberán ser entregadas bajo Remito (por triplicado) e identificadas bajo precinto. El remito deberá indicar en su redacción la cantidad, detalle sintético del efecto, N° de renglón, y datos del presente procedimiento de selección, dejando constancia del funcionario público que recepcionó dicho documento. Por su parte, las Muestras deben indicar en forma visible los datos del procedimiento de selección al que correspondan y la fecha y hora de apertura de las ofertas, conforme se especifica en el Art. 68 del Decreto 893/12. En tanto, las Muestras presentadas no pasarán a formar parte integral de los elementos a entregar por el que resulte adjudicatario. Respecto al Acto de Vista de las Muestras presentadas por los distintos oferentes (Art. 76 del Decreto N° 893/12), se aclara que esta actuación se limita a la exhibición de las mismas, excluyéndose de esta forma todo tipo de análisis y estudio físico y/o químico (Ej.: registro fotográfico, medidas, peso, etc.) como así también cualquier estudio comparativo; en consecuencia efectuar cualquier acto contrario a lo establecido por la Norma, implicaría infringir la misma. 2. ANALISIS Y PRUEBAS La Fuerza, de considerarlo necesario, se reserva la prerrogativa de someter las Muestras recibidas a pruebas, ensayos y/o análisis de carácter destructivas y sin devolución. En ese caso, las Muestras podrán ser remitidas a Oficinas Nacionales, Provinciales y/o Municipales tales como INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial), IRAM (Instituto Argentino de Normalización y Certificación), entre otros. Queda a exclusivo cargo del Oferente de cuyas Muestras se trate el costo las pruebas y/o ensayos de laboratorio que sea necesario practicar, siendo notificado por el Departamento Investigación y Desarrollo a través de medio fehaciente, del monto y su resultado, los que deberán ser abonados en el Organismo correspondiente presentando los comprobantes a la Gendarmería Nacional Argentina, dentro de las SETENTA Y DOS (72) hs hábiles de notificado. Asimismo se aclara que las Muestras no podrán poseer marcas que puedan identificar al oferente que presenta las mismas, excepto aquella que corresponda al fabricante original. 3. DEVOLUCIÓN DE MUESTRAS Las Muestras correspondientes a los artículos adjudicados que no hubieran sido destruidas, quedaran en poder de la Fuerza para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el Adjudicatario. Cumplido el contrato, quedaran a disposición del Adjudicatario por el plazo de DOS (2) meses a contar desde la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las Muestras pasaran a ser propiedad de la Gendarmería Nacional Argentina, sin cargo. En cambio, las Muestras presentadas por los Oferentes que no fueron adjudicadas y destruidas, quedarán a su disposición para el retiro hasta DOS (2) meses después de comunicado el acto administrativo de finalización del procedimiento. En el caso de no retirarlas en el plazo fijado las muestras pasarán a ser propiedad de la Gendarmería Nacional Argentina sin cargo. Si existiera posibilidad que un oferente que no ha resultado adjudicatario en primer término, lo sea con posterioridad, por haberse producido algún hecho que implique la adjudicación a quien siga en orden de mérito, la Fuerza podrá retener las muestras presentadas por los no adjudicatarios por más tiempo y una vez transcurrido el plazo en que exista la posibilidad de adjudicar a quien siga en orden de mérito, deberá comunicar al interesado que las muestras quedaron a su disposición para el retiro por el término de DOS (2) meses. De no procederse a su retiro, vencido dicho plazo las muestras pasarán a ser propiedad de la Gendarmería Nacional Argentina, sin cargo, conforme se describe en el Art. 69 del Decreto N° 893/12. F. GARANTIA: Los efectos al momento de su recepción deberán ser nuevos, sin uso y con fecha de fabricación del año de entrega, con garantía escrita a nombre de Gendarmería Nacional, mínima de un (1) año, por defectos de fabricación, vicios ocultos, o cualquier otra anomalía que perjudique o modifique su normal uso. En estos casos deberá operarse el cambio de dichos efectos quedando a cargo del proveedor los costos que dicha reparación genere. G. CERTIFICADOS: 1. Junto con la Muestra Requerida se deberán presentar los Certificados de las siguientes Normas, avalando su Cumplimiento. a. Deberá cumplir con la Reglamentación ECE/ONU Nro. 22 y presentar el correspondiente certificado que así lo acredite. H. CONSULTAS SOBRE ESPECIFICACIONES TECNICAS: 1. Ante dudas, Consultas, interpretaciones, ambigüedades, sobre la presente Especificación Técnica dirigirse al Departamento Investigación y Desarrollo de la Dirección Logística sito en Av. Gendarmería Nacional 717 - Retiro - Capital Federal. Horario de atención de 8:00 a 14 Hs. Teléfono de contacto: 011- 41143609, E-mail: dpto-invydesarrollo@gendarmeria.gob.ar. APARTADO FOTOGRÁFICO Casco para motociclista- Alta cilindrada


4. EMBALAJE: Cada casco se transportará en forma individual dentro de una funda confeccionada en tela y a su vez se embalará dentro de una caja de cartón la cual deberá ser resistente al transporte, manipuleo, carga y descarga. 5. ROTULADO: Colocado en forma visible en cada caja, deberá contener: razón social, denominación del efecto, descripción del talle. C. REPUESTOS: Conforme la cantidad total requerida en el presente renglón deberá considerar los siguientes porcentajes de repuestos:
e. 21/09/2015 N° 147390/15 v. 21/09/2015