MINISTERIO PÚBLICO PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN
LICITACIÓN PRIVADA N° 14/2015 Expediente N° A 4240/2015
OBJETO: ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO TECNOLÓGICO PARA LA ESCUELA DEL SERVICIO DE JUSTICIA (CABA) Y LA FISCALÍA FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE AZUL.
ADJUDICACIÓN: Resolución ADM N° 1594/2016 - Aprobar lo actuado en la Licitación Privada N° 14/2015, cuyo objeto es la ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO TECNOLÓGICO PARA LA ESCUELA DEL SERVICIO DE JUSTICIA (CABA) Y LA FISCALÍA FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE AZUL. - ADJUDICAR a la firma VIDITEC S.A. los Renglones N° 6 por un monto de Pesos cincuenta y ocho mil trescientos noventa y siete con 64/100 ($ 58.397,64) y N° 8 por un monto de Pesos diez mil quinientos sesenta y seis con 56/100 ($ 10.566,56), lo que totaliza la suma de Pesos sesenta y ocho mil novecientos sesenta y cuatro con 20/100 ($ 68.964,20), debido a que presentó la oferta económica con precio más conveniente y que cumple con todos los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. - RECHAZAR a la empresa ICAP S.A. los Renglones N° 1, 6, 8 y 10, y a la empresa VIDITEC S.A. los Renglones N° 1 y 11, por no cumplir con los requisitos técnicos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente licitación. - DESESTIMAR la oferta de la empresa COMERCIALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN MAYORISTA S.R.L., por no cumplir con los aspectos formales y legales requeridos en el pliego que rige la presente contratación, dado que no presentó la totalidad de la documentación requerida en el mismo; DESESTIMAR la oferta de la empresa MDP SISTEMAS DIGITALES S.R.L., ya que condiciona la entrega de los bienes a la aprobación de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importaciones, no cumpliendo con lo establecido en el artículo 28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; y DESESTIMAR la oferta de la empresa ICAP S.A. para el Renglón N° 4, ya que no cotiza la cantidad de unidades solicitadas en el pliego, por lo cual no cumple con lo establecido en el artículo 10 del mismo - DESESTIMAR las ofertas de las empresas ICAP S.A. para los Renglones N° 5 y 7, ARS TECHNOLOGIES S.R.L. para los Renglones N° 7, 8, 9 y 10 y VIDITEC S.A. para los Renglones N° 2, 3, 4, 5, 7, 9, 10, 12 y 13, por ser ofertas económicamente inconvenientes a los intereses del Organismo - Declarar FRACASADOS los Renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9, 10, 11, 12 y 13.
e. 15/06/2016 N° 41123/16 v. 15/06/2016
Fecha de publicación 15/06/2016