Edición del
28 de Agosto de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Contrataciones
Tercera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS

LP N° 19/2016 Expediente N° 5829-16

Acta de evaluación Final

CONSTRUCCIÓN DE JARDINES DE INFANTES CON PROVISIÓN DE MATERIALES, MAQUINARIAS, MOBILIARIO Y MANO DE OBRA. ZONA DE EJECUCIÓN: CENTRO SUR.

A los 16 días del mes de noviembre de 2016 se reúnen los miembros de la Comisión Evaluadora de la licitación de la referencia, habiendo analizado las ofertas presentadas elabora las siguientes conclusiones finales. Se presentaron las siguientes ofertas: Grupo 1 UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL HOGAR CONSTRUCCIONES S.A. HOGAR CONSTRUCCIONES S.A. presentó una oferta con método constructivo RETAK y una oferta alternativa con método constructivo Steel Frame. Tanto la oferta que propone RETAK como la oferta alternativa Steel Frame resultan desestimadas por no cumplir las propuestas técnicas con lo establecido en los Documentos de la Licitación (ver Informe Técnico). En cuanto a la oferta de la UTE ESCARABAJAL INGENIERÍA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL, la propuesta técnica es admisible con las consideraciones que formula el Informe Técnico. En relación a la ETAPA 1, Capacidad Económica debemos remitirnos al punto 4.2 PROPUESTA ADMISIBLE del Pliego de Bases y Condiciones Generales, ya que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares no establece los parámetros para el cálculo de las condiciones mínimas admisibles. A tal efecto, la oferta de la UTE ESCARABAJAL INGENIERÍA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL cumple con la Capacidad Empresaria (inciso a del art. 4.2) y la Capacidad de Contratación (inciso c del art. 4.2) mínima exigida para los 2 grupos ofertados. Con relación a la Capacidad de Producción, y siguiendo la conclusión arribada por el Dictámen nro. IF-2016-02603449-APN-DGAJ#ME de fecha 26 octubre de 2016* de la Dirección General de Asuntos Jurídicos la oferta cumple con el requisito mínimo exigido en el inciso b), ya que presenta la calificación de BUENO, en el Certificado del Registro de Constructores de Obra Pública presentado, sin perjuicio de ello y conforme surge de del CUADRO ETAPA 1 CAPACIDAD ECONOMICA se ha efectuado la evaluación establecida en el primer párrafo de dicho inciso, conforme la fórmula expresa en el mismo. Finalmente se verifica que la oferta la oferta cumple con el mínimo exigido de 3 de los 5 requisitos financieros (4.2.d.1 a 4.2.d.5). Estos son: Liquidez, Rentabilidad y Capacidad de Trabajo. Este último requisito se cumple para el conjunto de los dos grupos ofertados. En consecuencia, la única oferta admisible del GRUPO 1 corresponde a la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. Grupo 2 UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. HOGAR CONSTRUCCIONES S.A. BONIFACIO BUILDING S.A. STIEGLITZ S.A. UTE RUCA PANEL SRL /CONSTRUCCIONES DYK S.A HOGAR CONSTRUCCIONES S.A. presentó una oferta con método constructivo RETAK y una oferta alternativa con método constructivo Steel Frame. Tanto la oferta que propone RETAK como la oferta alternativa Steel Frame resultan desestimadas por no cumplir las propuestas técnicas con lo establecido en los Documentos de la Licitación (ver Informe Técnico). Las ofertas de, STIEGLITZ S.A., BONIFACIO BUILDING S.A. y de la UTE RUCA PANEL S.R.L. / CONSTRUCCIONES DYK S.A. resultan descalificadas por no cumplir las propuesta técnicas con lo establecido en los Documentos de la Licitación (ver Informe Técnico). Respecto a la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L., resulta técnica y económicamente admisible conforme lo informado en cuanto a la misma en el GRUPO 1. En consecuencia, la única oferta admisible del GRUPO 2 corresponde a la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. Se deja constancia que los valores de Transmitancia Térmica (0,545W/m2K) y Aislamiento Acústico (57db) correspondientes a la oferta de la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL están dentro de los rangos aceptados tal cual lo establecen los documentos de licitación. Finalmente se observa que la oferta de la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L., es económicamente conveniente ya que presenta un desvío sobre el presupuesto oficial actualizado de -9,10% para el Grupo 1 y -9,16% para el GRUPO 2. En función de lo expuesto, esta Comisión recomienda adjudicar los GRUPOS 1 y 2 a la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. con los consideraciones establecidas en el informe técnico que forma parte del presente Dictamen de Evaluación. ** Dicho Dictamen en su conclusión expresa “si los oferentes acreditan la presentación del Certificado del Registro de Constructores de Obra pública con la calificación mínima de BUENO se encontraría cumplido el requisito mínimo requerido en el inciso b) del Punto 4.2 del Pliego de Bases y condiciones Generales sin perjuicio de que la Comisión evaluadora deberá analizar y evaluar el párrafo primero y la fórmula expresada a continuación de dicho inciso, condiciones estas últimas que reitero, que NO resultan en caso de no cumplimiento por parte de algún oferente, una condición que permita descartar una oferta en el marco de la Licitación Pública en cuestión, por cuanto una interpretación en contrario importaría lisa y llanamente la desinterpretación de la finalidad de los Pliegos llevando en consecuencia a su lisa y llana violación o desconocimiento sustancial”

e. 17/11/2016 N° 87668/16 v. 17/11/2016

Fecha de publicación 17/11/2016