MINISTERIO DE TRANSPORTE
LICITACIÓN PÚBLICA N° 3/2016 Expediente N° S02:0010116/2012
MOTIVO: LICITACIÓN PÚBLICA N° 3/2016 CORRESPONDIENTE A LA OBRA “REPARACIÓN DE PILOTES MACIZOS MUELLE ALMIRANTE STORNI - 1° ETAPA - PROVINCIA DE CHUBUT”.
SR. MINISTRO DE TRANSPORTE: Se requiere la intervención de esta Comisión Evaluadora de Ofertas conformada por Resolución 2016-12-E-APN-SECOT-MTR de la Secretaría de Obras de Transporte para actuar en la Licitación Pública N° 3/2016 relativa a la obra “Reparación de Pilotes Macizos Muelle Almirante Storni- 1° Etapa Provincia de Chubut”, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 13.064. Por Resolución 2016-241-E-APN-MTR de fecha 11 de Agosto de 2016 se aprobaron los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen el presente procedimiento, y en consecuencia se autorizó el llamado a Licitación Pública Nacional encomendándose a la Dirección de Cooperación Técnica y Administrativa de Obras Publicas de Transporte dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas de la Subsecretaria de Coordinación Administrativa, la determinación de la fecha del acto de Apertura de Ofertas, el que se llevó a cabo el día 05 de Octubre de 2016. Cabe destacar que el presupuesto oficial determinado para la ejecución de la obra es de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON TRES CENTAVOS ($ 451.558.386,03). Conforme surge del Acta de Apertura de ofertas obrante a fs. 1735/1736 se han presentado CINCO (5) ofertas, a saber: • OFERTA N° 1: CONSTRUCTORA PERFOMAR S.A. • OFERTA N° 2: EMPRESA CONSTRUCTORA ARGENTINA DE SERVICIOS S.A. (ECAS S.A.) - NORGAV S.A.C.I.I.F.F.ySyM. (UT) • OFERTA N° 3: DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. • OFERTA N° 4: CONCRET-NOR S.A. • OFERTA N° 5: PILOTES TREVI S.A.C.I.M.S. I.- ANÁLISIS DE LAS OFERTAS Cabe señalar que forman parte de la presente Acta de Preadjudicación, los informes económicos-financieros, jurídicos y técnicos agregados a las actuaciones, confeccionados a los fines de evaluar en forma particular a cada una de las CINCO (5) ofertas citadas. Dichos informes, en consecuencia, resultan antecedentes causales de la presente acta. Sobre la base de observar todas las prescripciones establecidas en los Pliegos licitatorios y recomendar los rechazos de aquellas ofertas que no se ajusten a los mismos, ésta Comisión observa también aquellos principios generales que permitirán la elección del contratista que satisfaga en forma íntegra todos los requerimientos formales, técnicos y económico-financieros, teniendo en cuenta las particulares características de cada obra licitada. Por ello, debe señalarse que en lo que hace específicamente al proceso de selección del contratista para la ejecución de la Obra: “Reparación de Pilotes Macizos Muelle Almirante Storni - Etapa 1 - Provincia de Chubut”, ésta Comisión ha tenido en cuenta lo establecido en el art. 33 del Pliego de Condiciones Generales (P.C.G.) y el art. 16.2 del Pliego de Condiciones Particulares (P.C.P.) y concordantes, es decir el cumplimiento de la documentación presentada y el control de las falencias predeterminadas como causal de desestimación. Es así que, se han efectuado los informes legal, económico-financiero y técnico correspondientes, los que obran agregados a fojas N° 5249/5260. En virtud de los mismos, y por aplicación del art 16.3 del P.C.P se ha intimado a algunos de los proponentes a subsanar defectos formales y/o errores u omisiones no esenciales de las ofertas, razón por la cual, determinados oferentes han suministrado documentación y/o aclaraciones. Habiéndose dado nueva intervención a las áreas técnica y legal, conforme surge de los informes complementarios adjuntos a las actuaciones y luego del análisis de las ofertas presentadas, esta Comisión considera que las ofertas que cumplen con los requisitos establecidos en los pliegos de bases y condiciones son las siguientes: • OFERTA N° 1: CONSTRUCTORA PERFOMAR S.A. • OFERTA N° 3: DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. A contrario sensu, a continuación se detallan aquellas ofertas que no han cumplido con los requerimientos del pliego de bases y condiciones, aclarando el alcance del incumplimiento que, a criterio de esta Comisión, impide que las ofertas sean consideradas admisibles: • OFERTA N° 2: EMPRESA CONSTRUCTORA ARGENTINA DE SERVICIOS S.A. - NORGAV S.A.C.I.I.F.F.ySyM. (UT); Luego de haberse realizado los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se advirtió que con relación al PATRIMONIO NETO REQUERIDO, la oferente no cumple con el mínimo exigido establecido en el Artículo N° 17 inc. C) del P.C.P. Atento a que este requisito no admite subsanación alguna, la oferta debe ser desestimada tal como lo indica el referido artículo. Por ello no se cursó intimación alguna a la firma ya que sólo puede solicitarse documentación y/o información susceptible de subsanación. Asimismo, la presentación también adolece de incumplimientos a las exigencias de los artículos 26 inc. 5 del P.C.G (Declaración jurada de la nómina de la obras y Certificación de los Comitente), 26.28 inciso 1 del P.C.G (Copia debidamente autenticada por Escribano Público y Colegio de Escribanos del Convenio o acuerdo solidario que vincula transitoriamente a las empresas), 14.5.1 del P.C.P (Planilla de cotización, análisis de precios y precios de referencia acompañados en formato tipo Excel), 14.5.2 inciso 4.C del P.C.P (Antecedentes técnicos empresarios conforme Anexo D), 17.1.1 punto a) del P.C.P (Estados Contables de los dos últimos ejercicios cerrados y estado de situación patrimonial) y 17.1.3 punto b) del P.C.P (Antecedentes en certificación de Obras con las constancias de los comitentes). • OFERTA N° 4: CONCRET-NOR S.A. Luego de haberse realizado los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se solicitó documentación e información complementaria a su oferta sobre cuestiones susceptibles de subsanación, en aplicación del Art. 16 Inc. 2 del Pliego de Condiciones Particulares. Sin perjuicio de que el oferente procedió a acompañar documentación e información aclaratoria de su oferta, conforme se desprende de los informes técnicos, la firma no cumple con el requerimiento del artículo 26 inc. 5) del P.C.G. (Certificación del Comitente de la totalidad de las obras indicando estado de avance e informes sobre cumplimiento de plazos). Por tal motivo, se concluye que no ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego, razón por la cual debe ser desestimada. • OFERTA N° 5: PILOTES TREVI S.A.C.I.M.S. Luego de haberse realizado los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se solicitó documentación e información complementaria a su oferta sobre cuestiones susceptibles de subsanación, en aplicación del Art. 16 Inc. 2 del Pliego de Condiciones Particulares. Sin perjuicio de que el oferente procedió a acompañar documentación e información aclaratoria de su oferta, conforme se desprende de los informes legal, técnico y contable la firma no cumple con los requerimientos de los artículos 26 inc. 2) del P.C.G (Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Pública vigente al momento de la apertura), 26 inc. 5) del P.C.G (Certificación del Comitente de la totalidad de las obras consignadas en la nomina, indicando estado de avance e informes sobre cumplimiento de plazos), 14.5.2 punto 4.C del P.C.P (Certificación y/o informes de los comitentes sobre los antecedentes empresarios Anexo D), 17.1.3 punto B del P.C.P (Constancia de los comitentes sobre antecedentes en certificación de Obras) y 17.1.1 del P.C.P (Índice de endeudamiento). Por tal motivo, se concluye que no ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego, razón por la cual debe ser desestimada. II.- CRITERIO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA El criterio de preadjudicación recaerá en la propuesta más conveniente, tomando en cuenta la oferta económica, la capacidad de contratación, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de la obra (conforme Art. 36 del P.C.G.). En consecuencia, se procederá a analizar las ofertas admisibles según lo establecido en el párrafo anterior, indicando el orden de mérito conforme surge del cuadro comparativo de ofertas que a continuación se agrega:
ORDEN DE MERITO | OFERENTE | MONTO COTIZADO |
1 | DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. | $ 380.500.776,08 |
2 | CONSTRUCTORA PERFOMAR S.A. | $ 387.782.962,02 |
e. 21/11/2016 N° 88261/16 v. 21/11/2016
Fecha de publicación 21/11/2016