ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES COORDINACIÓN DE CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2018
CIRCULAR MODIFICATORIA Nº 1
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CAMPAMENTO BAHÍA ROSALES Y PROVEEDURÍA, EN JURISDICCIÓN DEL PARQUE NACIONAL LOS ALERCES.
Clase: DE ETAPA ÚNICA NACIONAL Modalidad: SIN MODALIDAD Expediente Nro.: 828/2016 ACTO DE APERTURA: Lugar/Dirección: INTENDENCIA PARQUE NACIONAL LOS ALERCES, VILLA FUTALAUFQUEN (9201), PCIA. DE CHUBUT. Día y hora: 2 de marzo de 2018 a las 12:00 horas. DESCRIPCIÓN: Texto de la circular modificatoria 1) Se modifican las fechas de retiro, adquisición o vista; visita; consultas; presentación de ofertas y acto de apertura, que serán las siguientes: RETIRO, ADQUISICIÓN O VISTA DEL PLIEGO/BASES DEL LLAMADO: Hasta el 14 de febrero de 2018, en la Intendencia del Parque Nacional Los Alerces, ubicada en Villa Futalaufquen (9201), pcia. de Chubut en el horario de 09:00 a 12:00 hs., ó en Alsina 1418, Piso 4º, Oficina 405, Capital Federal (Coordinación de Contrataciones) en el horario de 10:00 a 13:00, ó en el sitio web de la O.N.C.: www.argentinacompra.gov.ar VISITA/VISTA DE MUESTRA: El día 16 de febrero de 2018 de 12:00 a 15:00 hs. en el Campamento Agreste Bahía Rosales. CONSULTAS AL PLIEGO/BASES DEL LLAMADO: Hasta el 23 de febrero de 2018, en el horario de 11:00 hs. a 14:00 hs., en la Mesa de Entradas de la Intendencia del Parque Nacional Los Alerces, ubicada en Villa Futalaufquen (9201), pcia. de Chubut. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Hasta el día 2 de marzo de 2018 a las 10:00 hs., en la Intendencia del Parque Nacional Los Alerces, ubicada en Villa Futalaufquen (9201), pcia. de Chubut. ACTO DE APERTURA: El día 2 de marzo de 2018 a las 12:00 hs., en la Intendencia del Parque Nacional Los Alerces, ubicada en Villa Futalaufquen (9201), pcia. de Chubut. 2) Se realizan las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares -Anexo I Prestación de los servicios-: A) El Artículo 2º, inciso 2.03, punto a) se modifica por el siguiente texto: “La capacidad máxima admisible del predio es de OCHENTA (80) parcelas con pernocte (6 destinadas a domos). Cada parcela contará con UN (1) fogón, UNA (1) mesa y DOS (2) bancos adosados. Capacidad máxima admitida por parcela de acampe de un máximo de hasta DOS (2) carpas pertenecientes a UN (1) mismo grupo de visitantes por parcela. La capacidad máxima admitida por parcela será de un máximo de SEIS (6) personas.”. 3) Se realizan las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares -Anexo II Obras y Mantenimiento-: A) El primer punto del acápite denominado “Proyecto arquitectónico”, se modifica por el siguiente texto: “Construcción de OCHENTA (80) parcelas: SETENTA Y CUATRO (74) parcelas de acampe y SEIS (6) para domos. Cada parcela constará de entre 16 y 20 m2. Cada una estará equipada con 1 mesa y 2 bancos, y 1 fogón. Ver Implantación en el Plano 01”. B) El título del Artículo 2º se modifica por el siguiente texto: “ARTICULO N° 2.- OBRAS EN CAMPAMENTO AGRESTE BAHÍA ROSALES”. C) El cuarto párrafo del Artículo 2º se modifica por el siguiente texto: “EL CONCESIONARIO deberá cumplimentar las siguientes obras correspondientes a la Planificación efectuada para el Campamento Agreste Bahía Rosales, conforme las especificaciones que con carácter general son descriptas en el presente Anexo y según se ilustra en los planos de implantación general adjuntos al presente:”. D) El ítem b) del acápite denominado “Sistema de desagüe cloacal”, del punto 1.3. CONSTRUCCIÓN NUEVO SANITARIO, del inciso 1. INFRAESTRUCTURAS A CONSTRUIR NUEVA, del Artículo 2º se modifica por el siguiente texto: “b) Los desagües primarios y secundarios se realizarán con cañerías y accesorios de PVC, con junta elástica tipo Ramat 3,2 o similar. Se instalará una cámara de inspección de 0,60 x 0,60 x 0,40 con doble tapa sellada, de hormigón premoldeada y cámara séptica -y sus conexiones intermedias- cuya capacidad será determinada por el cálculo a realizarse en el proyecto ejecutivo a ser presentado para la aprobación por parte de esta Administración. La ubicación y trazado del lecho drenante se definirá en obra con intervención de la Intendencia del PN Los Alerces que aprobará previamente el trazado. El desagüe de pileta de cocina se efectuará mediante boca de acceso y salida a interceptor de grasa; desde este se conectará al lecho drenante sin pasar por la C.S.”. E) Se suprime el punto 3.3. FAROLAS, del acápite 3 EQUIPAMIENTO DEL CAMPING, del Artículo 2º. F) El punto 3.8 PROVISIÓN DE ELECTRICIDAD, del acápite 3 EQUIPAMIENTO DEL CAMPING, del Artículo 2º, se modifica por el siguiente texto: “El concesionario deberá contar con un grupo electrógeno de la capacidad necesaria para abastecer el sistema de energía eléctrica de la concesión. Se deberá presentar un plano conforme a obra con el tendido eléctrico replanteado de todo el predio”. G) Se suprime el ítem FAROLAS del CRONOGRAMA DE OBRAS -PLAZOS MAXIMOS PARA SU EJECUCION. H) Se reemplaza el Plano 06 por el Plano 06 -Equipamiento- que forma parte integrante de la presente, y en el mismo sentido se agrega el Plano 13 -Núcleo sanitario- que forma parte integrante de la presente Circular Modificatoria Nº 1.

e. 31/01/2018 N° 5272/18 v. 31/01/2018
Fecha de publicación 31/01/2018