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15 de Septiembre de 2026

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Tercera sección


SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

LICITACIÓN PRIVADA Nº 31-0032-LPR17

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ADQUISICIÓN DE MATERIALES DEPORTIVOS.

Clase: Etapa Unica Nacional Modalidad: Sin Modalidad Expediente Nº: EX -2017-14611769- -APN-DC#SPF DICTAMEN MODIFICATORIO DE EVALUACION CORRESPONDIENTE A LA LICITACION N° 31-0032-LPR17

Oferente:Total adjudicado
TOTAL SUPPLIES SRL: RENGLONES N° 1, 6, 9, 13, 16 y 27$ 207.967,00
CARLOS ALBERTO BOCAR: RENGLONES N° 2, 3, 12, 17, 22, 23, 24, 28, 29, 30, 31 y 32$ 466.450,00
OSVALDO S.A.C.I: RENGLONES N° 4, 18, 20, 21, 25, 34, 35 y 36$ 231.220,00
SURTIR S.R.L: RENGLONES N° 5, 7, 14 y 19$ 460.690,00
ROBERTO OSCAR SCHVARZ: RENGLONES N° 10 Y 11$ 345.600,00
JORGE GUSTAVO TRUFFA: RENGLÓN N° 8$ 459.800,00
ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACION SRL: RENGLON N° 15 y 26$ 30.676,00
A Y M D’ ESPOSITO SRL: RENGLON 33 Y 37$ 74.600,00
OFERTAS DESESTIMADAS: CARLOS ALBERTO BOCAR: Los Renglones N° 4, 9, 10, 15, 18, 20, 21, 34, 35 Y 36, por ser su precio excesivo. ROBERTO OSCAR SCHAVARZ: El Renglón N° 20 por ser su precio excesivo. GUSTAVO ADOLFO LORENZO: Los Renglones N° 5 Y 6 por ser su precio excesivo. FC BOLA SRL: Por incumplimiento del art. 4 inciso E. 4, anexo i, incisos 1 y 2 del pliego bases y condiciones particulares y por documentos Desactualizados en el Sistema Comprar. FACHAL Y GOMEZ SRL: Por incumplimiento del articulo 4 inc. E. 4 del pliego de bases y condiciones particulares. OSVALDO S.A.C.I: Los Renglones N° 10, 19 y 26 por ser su precio excesivo. ADRIAN EMANUEL TONIETTI: Por aplicación del artículo 66 inciso k) del decreto 1030/2016. ARGIE TOURS SRL: Los Renglones n° 2 (alternativa 1) y 3 (alternativa 1) por ser su precio excesivo. ABC LATIONAMERICANA DE COMERCIALIZACIÓN SRL: Los renglones n° 4, 5, 6, 9, 12, 14, 16, 20, 28, 30, 31, 32, 34 y 35 precio excesivo. A Y M D’ ESPOSITO SRL: Los Renglones N° 2, 3, 4, 5, 6, 9, 19, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 Y 32 por ser su precio excesivo. KARINA JORDANA HENQUIN: Los renglones N° 15 (alternativas 1, 2, y 3), la firma presenta nota en la que se solicita la desestimación de los renglones y Los Renglones N° 4, 10 y 21 por ser su precio excesivo. MELENZANE S.A: Por aplicación de artículo 4 inciso e. 1 del pliego de bases y condiciones particulares. LILICOM S.R.L: Por aplicación del art. 66 inciso k) del decreto 1030/2016. PEPAN S.A: Por aplicación del art. 66 inciso k) del decreto 1030/2016. TOTAL SUPPLIES SRL: Los renglones n° 1 y 11 –se tomó oferta alternativa conforme a artículo 9 inciso a), renglones n° 10, 18, 19, 28, 29, 30, 31 y 32– por ser su precio excesivo. SURTIR SRL: Los renglones N° 5 (alternativa 2, 3 y 4) y 7 (alternativa 2) - se tomó oferta alternativa conforme a artículo 9 inciso a). DEMASIA S.A: Por aplicación del artículo 66 inciso k) del decreto 1030/2016. G Y C DISTRI: No dio cumplimiento a la solicitud de actualización de estado como “inscripto” en el sistema compr.ar. EZEQUIEL MARTIN DAWIDOWSKI: Por incumplimiento del art. 4 inciso e. 1 y anexo i inciso 1 y 2 del pliego de bases y condiciones particulares.

e. 09/02/2018 N° 7531/18 v. 09/02/2018

Fecha de publicación 09/02/2018