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MINISTERIO DE TRANSPORTE

LICITACIÓN PÚBLICA N° 1/2018

ACTA DE PREADJUDICACIÓN Buenos Aires, 09 de abril de 2018 Expte EX - 2017-9328420-APN-SECOT#MTR Motivo: Licitación Pública Internacional N° 1/2017, correspondiente a la Obra “Viaducto Elevado Ferroviario Sobre las Vías del Ferrocarril Belgrano Sur - Tramo calle D. Taborda - Estación Constitución” Préstamo CAF. SR. MINISTRO DE TRANSPORTE: Se requiere la intervención de esta Comisión Evaluadora de Ofertas conformada por el Artículo 6 de la Resolución 2017-720-APN–MTR del Ministerio de Transporte de fecha 28 de agosto de 2017, para actuar en la Licitación Pública Internacional Nº 1/2017, Préstamo CAF, Obra “Viaducto Elevado Ferroviario Sobre las Vías del Ferrocarril Belgrano Sur - Tramo calle D. Taborda - Estación Constitución”, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 13.064. Por la citada Resolución se aprobó la documentación licitatoria que rige el presente procedimiento, el presupuesto oficial, el modelo de llamado a licitación y en consecuencia se autorizó la publicación del llamado a Licitación Pública Internacional N° 1/2016. La apertura de la misma se programó originalmente para el día 20 de Octubre de 2017 y luego fue prorrogada en tres ocasiones por medio de las circulares Nº 2, N° 6 y N° 9, llevándose a cabo dicho acto de apertura de ofertas el día 12 de Diciembre de 2017. Cabe destacar que el presupuesto oficial determinado para la ejecución de la obra es de PESOS ARGENTINOS UN MIL SEISCIENTOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON SESENTA CENTAVOS ($ 1.610.683.293,60-) IVA incluido. Conforme surge del Acta de Apertura de ofertas obrante a número de orden 152 se han presentado OCHO (8) ofertas, a saber: • OFERTA N° 1: CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. -– MOTA ENGIL ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. - (UT BELGRANO SUR). • OFERTA N° 2: GREEN S.A. - ICM S.P.A. - (VIADUCTO BS UT) • OFERTA N° 3: SUPERCEMENTO S.A. - ESUCO S.A. - AZVI S.A. - (UT) • OFERTA N° 4: CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. • OFERTA N° 5: RIVA S.A.I.I.C.F.Y.A - OAS ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. - MARCALBA S.A. -(UT) • OFERTA N° 6: DYCASA S.A. - PERALES AGUIAR S.A. -(UT) • OFERTA Nº 7: SOCIEDAD ARGENTINA DE CONSTRUCCION Y DESARROLLO ESTRATEGICO S.A. • OFERTA Nº 8: CRIBA S.A. - COMSA S.A. - (UT) I.- ANÁLISIS DE LAS OFERTAS Cabe señalar que, forman parte de la presente Acta de Preadjudicación como antecedentes causales, los informes económicos-financieros, jurídicos y técnicos agregados a las actuaciones, confeccionados a los fines de evaluar en forma particular a cada una de las OCHO (8) ofertas citadas, las constancias de verificación sobre el estado de deuda de cada uno de los oferentes, en los términos de la Resolución General E-4164- de la AFIP, que obran agregadas como anexo, las presentaciones efectuadas por las firmas participantes, y asimismo el análisis de la totalidad de los requisitos establecidos en la documentación licitatoria y las circulares que la integran, entre los que caben destacar: 1. Carta de Presentación y fórmula de la propuesta. 2. Acreditación por parte del firmante de la propuesta de su facultad para obligar a la Empresa proponente. 3. Un ejemplar completo de los Pliegos de la licitación. 4. Garantía de mantenimiento de la Propuesta. 5. Declaración Jurada por la que manifiesta conocer los términos del pliego y sus circulares (Conf. ANEXO C.IV). 6. Declaración Jurada por la que manifiesta conocer la normativa aplicable a la ejecución de trabajos en la vía pública vigente en el lugar a efectuar los trabajos (Conf. ANEXO C.V). 7. Declaración de mantenimiento de la oferta (Conf. ANEXO C.VI). 8. Declaración del Proponente de que, para cualquier situación judicial que se suscite, acepta y se somete voluntariamente a la jurisdicción en lo Contencioso Administrativo Federal, renunciando a cualquier otro fuero (Conf. ANEXO C.VIII). 9. Declaración jurada de no encontrarse el Proponente incurso en alguna de las causales previstas en el Artículo 16 del PCG. Dicha declaración alcanza a la empresa oferente, a cada uno de sus directores, síndicos, socios gerentes y representantes legales (Conf. ANEXO C.I y C.II). 10. Domicilio del Proponente (Deberá mencionar su domicilio real y fijar domicilio legal, a los fines de esta Licitación, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 11. Denunciar, con carácter de declaración jurada, una casilla de correo electrónico manifestando expresamente que acepta ser notificado por este medio de todos los actos que se indiquen en el presente P.C.P. (ANEXO C.VII). Asimismo, deberá declarar un número telefónico de contacto. 12. Constancia de constitución de Unión Transitoria de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14 del presente P.C.P., si correspondiera. 13. Declaración jurada informando las deudas existentes con el ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL y MUNICIPAL. 14. Declaración Jurada de conocimiento del Lugar y condiciones de la obra referente al Artículo 13 del presente Pliego (Conf. ANEXO C.III). 15. Copia del Contrato Social o de los Estatutos, ambos debidamente inscriptos en la Inspección General de Justicia (IGJ), con copia de la última Acta de composición del Directorio y Órgano de Administración, debidamente certificada por Escribano Público. En el caso de que la oferta se formalice a través de una UT, se deberán acompañar además de los instrumentos indicados en el Artículo 14 del P.C.P, copia de los Contratos Sociales o de los Estatutos, ambos debidamente inscriptos en la Inspección General de Justicia (IGJ), con copia de la última Acta de composición del Directorio y Órgano de Administración, debidamente certificada por Escribano Público, de cada uno de los integrantes de la UT. 16. En el caso de tratarse de una sucursal de una empresa extranjera, se acompañará constancia del instrumento inscripto en la Inspección General de Justicia (IGJ) según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley General de Sociedades. Asimismo, deberá designar un representante legal. 17. Certificado Fiscal para Contratar, conforme Resolución Nº 1.814 de fecha 11 de enero de 2005 y sus modificatorias. Resolución General E-4164 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. 18. Declaración jurada informando si mantienen o no juicios con el ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL o MUNICIPAL o sus entidades descentralizadas individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada. 20. Certificado emitido por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social en el que se acredite la inexistencia de sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), conforme lo establece la Ley 26.940. 21. Estados contables y cuadro de resultados de los DOS (2) últimos Ejercicios cerrados (en copias autenticadas) certificados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá ser reconocida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o el colegio que corresponda atento a la jurisdicción de que se trate. No se admitirán Estados Contables de corte. Cuando la fecha de cierre del último ejercicio o la fecha límite de la presentación del último balance fuere igual o mayor a SEIS (6) meses anteriores a la fecha de apertura, deberá presentarse un estado de situación patrimonial correspondiente a dicho período, el cual deberá estar suscripto por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 22. Planillas resumen con el cálculo de los indicadores económicos-financieros patrimoniales correspondientes a cada ejercicio. 23. Los Proponentes deberán denunciar su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), presentando copia de la constancia de inscripción, donde consten el número de la CUIT, los impuestos en que se hallen inscriptos y aportes previsionales. 24. Declaración jurada de los últimos DOCE (12) meses anteriores al mes de la oferta, en concepto de: Impuesto a las Ganancia, Impuesto al Valor agregado, Impuesto a los Ingresos Brutos, Aportes y Contribuciones a las Cajas Nacionales de Previsión. Los datos precedentes serán certificados por Contador Público Nacional y la firma del profesional será certificada por el Consejo Profesional Respectivo. 25. Acreditación de inscripción en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA o en el REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO, según corresponda. 26. Referencias bancarias, financieras, comerciales y/o industriales de las entidades con las cuales opera el proponente o las empresas que integren la UT. Deberá acompañar como mínimo CINCO (5) referencias, en las que tales entidades suministren información del concepto y antecedentes que le merece el oferente. Las notas deberán estar actualizados al mes de apertura de las ofertas y entre las cinco, al menos una será de una entidad comercial y otra de una entidad bancaria y/o financiera. 27. Listado de las Obras realizadas conforme lo establece el Artículo 17 A) del presente Pliego, identificando específicamente las características de las obras como se indica en el ANEXO F. El oferente podrá incluir obras ejecutadas en carácter de subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente. 28. Nómina de Subcontratistas. Cuando el Proponente presente subcontratistas especializados que acrediten la experiencia en obras de complejidad equivalente a la requerida, necesarias para la admisibilidad de la Propuesta, deberá presentar el compromiso irrevocable de realizar el subcontrato con la Empresa presentada certificado ante Escribano Público (Artículo 17 C) del P.C.P). Respecto de los subcontratistas nominados, el proponente deberá presentar: Modelo de contrato a suscribir con el subcontratista propuesto. Antecedentes empresarios del subcontratista propuesto. Antecedentes económicos financieros del subcontratista propuesto. Antecedentes técnicos del subcontratista propuesto. 29. Designación de los Profesionales que actuarán en calidad de Representante Técnico y Jefe de Obra con sus respectivas conformidades, adjuntando sus antecedentes (ANEXOS C.X, C.XI, C.XII y C.XIII). 30. Detalle de los equipos y maquinaria a utilizarse en la ejecución de la obra (ANEXO E) 31. Detalle del personal clave propuesto y su experiencia, conforme Art. 17 e) del presente P.C.P. (Anexo L) 32. Plan de trabajos. 33. Curva de inversión. 34. Planilla de cómputo y presupuesto detallado, consignando el precio unitario y su importe total, que deberá repetir en letras. (Conforme Planilla de Cotización ANEXO A.I). Asimismo, deberá agregar en el soporte digital una copia con formato Excel. 35. Análisis de precios desagregados de acuerdo al Decreto Nº 691/2016, junto con los precios de referencia asociados a cada insumo. Asimismo deberá agregarse en el soporte digital una copia con formato Excel. 36. Experiencia general en el campo de la construcción, conforme lo indicado por el pliego y las respectivas circulares emitidas. 37. Experiencia especifica ferroviaria, conforme lo indicado por el pliego y las respectivas circulares emitidas. 38. Experiencia especifica civil, conforme lo indicado por el pliego y las respectivas circulares emitidas. Se destaca que, luego del Acto de apertura de ofertas, y conforme lo establece el artículo 22 del P.C.P, las firmas CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - MOTA ENGIL ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. -(UT BELGRANO SUR ), DYCASA S.A. - PERALES AGUIAR S.A. - (UT), CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A., SUPERCEMENTO S.A. - ESUCO S.A. - AZVI S.A. - (UT), SOCIEDAD ARGENTINA DE CONSTRUCCION Y DESARROLLO ESTRATEGICO S.A., CRIBA S.A. - COMSA S.A. - (UT) y GREEN S.A. - I.C.M. S.P.A. - (VIADUCTO BS UT), han tomado vista de las ofertas presentadas, y como consecuencia de ello efectuado presentaciones a través de las cuales realizan observaciones sobre las demás ofertas, las que han sido tenidas en cuenta por este Comité al momento de llevar a cabo el análisis de las propuestas. Sobre la base de observar todas las prescripciones establecidas en los Pliegos licitatorios y recomendar los rechazos de aquellas ofertas que no se ajusten a los mismos, ésta Comisión observa también aquellos principios generales que permitirán la elección del contratista que satisfaga en forma íntegra todos los requerimientos formales, técnicos y económico-financieros, teniendo en cuenta las particulares características de cada obra licitada. Por ello, debe señalarse que en lo que hace específicamente al proceso de selección del contratista para la ejecución de la Obra “Viaducto Elevado Ferroviario Sobre las Vías del Ferrocarril Belgrano Sur - Tramo calle D. Taborda - Estación Constitución”, ésta Comisión ha tenido en cuenta lo establecido en el art. 33 del P.C.G. y el art. 23 del P.C.P. y concordantes, el estado de deuda de cada uno de los oferentes conforme Resolución General E-4164- de la AFIP, y las presentaciones efectuadas por las firmas participantes, es decir el cumplimiento de la documentación presentada y el control de las falencias predeterminadas como causal de desestimación. Es así que, se han efectuado los informes económico, legal y técnico correspondientes, los que obran agregados en las presentes actuaciones a número de orden 177 a 179. Producto de los mencionados informes, y por aplicación del art. 23 del P.C.P. se ha intimado a algunos de los proponentes a formular aclaraciones, como así también a subsanar defectos formales y/o errores u omisiones no esenciales de las ofertas, razón por la cual, tales oferentes han suministrado documentación y/o aclaraciones. Habiéndose dado intervención a los asesores legal, contable y técnico, conforme surge de los informes complementarios adjuntos a las actuaciones, y luego del análisis de las ofertas presentadas y de las constancias de AFIP emitidas a la fecha del presente análisis, esta Comisión considera que las ofertas que cumplen con los requisitos establecidos en los pliegos de bases y condiciones son las siguientes: • OFERTA N° 4: CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. • OFERTA N° 5: RIVA S.A.I.I.C.F.Y.A - OAS ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. - MARCALBA S.A. - UT A contrario sensu, a continuación se detallan aquellas ofertas que no han cumplido con los requerimientos impide que las ofertas sean consideradas admisibles: • Luego de haberse realizado los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se solicitó, en aplicación del Art. 21 D) del Pliego de Condiciones Particulares: Los precios de referencia de acuerdo a lo establecido en el Art. 21 B) punto 35 del PCP; la declaración jurada de las empresas integrantes de la U.T informando las deudas existentes con el ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL y MUNICIPAL de conformidad con lo dispuesto en el Art 21 B) punto 13 del PCP; el estado de situación patrimonial de la firma MOTA ENGIL ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. correspondiente a los SEIS (6) meses anteriores a la fecha de apertura, suscripto por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas; asimismo se requirió en atención a lo dispuesto por el Art. 17 Punto 2. A del PCP que aclare el alcance de las obras individualizadas en el Formulario Anexo F informando si incluían trabajos de más de “10 km de vías férreas con RLS sobre durmientes de hormigón y fijaciones elásticas, con su correspondiente señalamiento automático, en viaducto y/o terraplén. Sin perjuicio de que el oferente procedió a acompañar documentación e información aclaratoria de su oferta, conforme se desprende del informe contable la misma no resulta suficiente debido a que la firma MOTA ENGIL ENGENHARIA E CONSTRUCAO S.A. no ha presentado el estado de situación patrimonial correspondiente a los SEIS (6) meses anteriores a la fecha de apertura, suscripto por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Por los citados motivos, se concluye que el oferente no ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego, razón por la cual la propuesta debe ser desestimada. • OFERTA N° 2: GREEN S.A. - ICM S.P.A. - VIADUCTO BS (UT) Luego de la realización de los informes correspondientes sobre la documentación presentada se solicitó a ambos integrantes de la UT, que presentaran las Declaraciones juradas requeridas en el Art. 16 del PCP por cada uno de sus directores, síndicos, socios, gerentes y representantes legales conforme lo solicitado en el Art. 21 B pto. 9 del PCP. Se hace saber que vencido el plazo previsto para presentación de documentación adicional, la firma no ha adjuntado la información requerida. Adicionalmente, esta Comisión ha procedido a verificar el estado de las empresas integrantes de la U.T. frente a la AFIP en los términos de la Resolución General E-4164, arrojando dicha consulta que la firma GREEN S.A. posee deudas, por lo que no se encuentra habilitada para contratar con el Estado. Por los citados motivos, se concluye que el oferente no ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego, razón por la cual la propuesta debe ser desestimada. • OFERTA N° 3: SUPERCEMENTO S.A. - ESUCO S.A. - AZVI S.A. -(UT) Luego de la realización de los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se solicitó, en aplicación del Art. 21 D) del Pliego de Condiciones Particulares: que la firma AZVI S.A. presente el estado de situación patrimonial correspondiente a los SEIS (6) meses anteriores a la fecha de apertura, suscripto por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas; que se presenten los precios de referencia de acuerdo a lo establecido en el art. 21 B) punto 35 del PCP. Habiendo vencido el plazo para presentar documentación requerida, la U.T. no ha acompañado nueva información. Por los citados motivos, se concluye que el oferente no ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego, razón por la cual la propuesta debe ser desestimada. • OFERTA N° 6: DYCASA S.A. - PERALES AGUIAR S.A. - (UT) Luego de haberse realizado los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se solicitó, en aplicación del Art. 21 D) del Pliego de Condiciones Particulares: la presentación de la copia del Contrato Social o Estatutos de la empresa Perales Aguiar S.A., dos referencias bancarias, financieras, comerciales y/o industriales de las entidades con las cuales opera la firma a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 21 Pto 26 del PCP. Con relacion a los subcontratistas nominados se requirió que aclare la relación entre las firmas ALstrom Argenmtina y Alstrom Brasil Energia y Transporte LTDA/ Alstom Brasil LTDA/ Alstom Transporte adjuntando la documentación correspondiente. Con respesto a las cuestiones de índole técnico y a los efectos de verificar la capacidad técnica requerida se solicitó:- Respecto de la obra “Recalce y Ampliación de Puentes sobre el Río Salado y Accesos Autopista AP01 - tramo: Rosario - Santa Fe”, se recomienda solicitar que especifique el ancho, incluyendo los guarda ruedas, de cada uno de los puentes paralelos que se ejecutaron en el cruce de la Autopista Rosario -Santa Fe con el Río Salado. - Respecto de la obra “Ruta Nacional N° 9 - Tramo: Roldán - Armstrong - Sección Carcarañá (ruta Provincial N° 26 S - Empalme Ruta Nacional N° 178 (Armstrong) Provincia de Santa Fe”, se recomienda solicitar que aclare las discordancias entre las longitudes indicadas en el detalle incluido en la planilla de fs. 487 de la oferta (detalle de puentes ejecutados) y el total de la longitud de puentes indicado por la constancia del Comitente de la obra agregada a fs. 641 de la misma oferta. -“A.2.- Experiencia Específica ferroviaria: Se solicitó que aclare/amplíe información de las obras presentadas, por la firma como por la subcontratista, a fin de acreditar la realización de una Obra con más de 10 Km de vías con su correspondiente señalamiento automático.” De acuerdo a lo establecido en el inciso A.2) del artículo 17 del P.C.P. No obstante haber presentado documentación adicional, del análisis de la misma se desprende que el oferente no acredita la experiencia solicitada en el Punto A2 del Art 17 del PCP, razón por la cual no puede ser considerada una oferta válida. Posteriormente, la firma DYCASA S.A. - PERALES AGUIAR S.A. - (UT) efectúa dos presentaciones espontáneas, con fecha 26 de febrero y 8 de marzo de 2018 respectivamente, adjuntando documentación adicional relativa a la experiencia técnica en el campo de la construcción de la firma DRAGADOS S.A. Dichas presentaciones resultan extemporáneas en atención a ser presentadas fuera del plazo establecido para subsanar y complementar información de la oferta. Sin perjuicio de ello, cabe aclarar que con esta documentación tampoco se daría cumplimiento a los DRAGADOS S.A. no se presenta asociada a la firma oferente en esta licitación, ni como subcontratista designado. Por los citados motivos, se concluye que el oferente no ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego, razón por la cual la propuesta debe ser desestimada. • OFERTA Nº 7: SOCIEDAD ARGENTINA DE CONSTRUCCION Y DESARROLLO ESTRATEGICO S.A. Luego de haberse realizado los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se requirió en los términos del Art. 21 inc. d) que aclare el alcance de las obras individualizadas en el Formulario Anexo F en relación al alcance de las mismas indicando si incluían trabajos de más de “10 km de vías férreas con RLS sobre durmientes de hormigón y fijaciones elásticas, con su correspondiente señalamiento automático, en viaducto y/o terraplén. Habiendo vencido el plazo para presentar la documentación adicional requerida, no ha acompañado nueva información razón por la cual no cumple con los requisitos del pliego. Por los citados motivos, se concluye que el oferente no ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego, razón por la cual la propuesta debe ser desestimada. • OFERTA Nº 8: CRIBA S.A. - COMSA S.A. - (UT) Luego de haberse realizado los informes correspondientes sobre la documentación presentada, se requirió en los términos del Art. 21 inc d) que aclarara el alcance de las obras individualizadas en el Anexo F considerando que según los dispuesto en el Art 17 pto. A3 del PCP al menos una de esas obras debía tener 14.000 metros cuadrados. Si bien la firma ha presentado la documentación solicitada, ésta Comisión procedió a verificar el estado frente a la AFIP en los términos de la Resolución General E-4164, arrojando dicha consulta que la firma COMSA S.A. a la fecha del presente análisis posee deuda, lo que determina que no se encuentra habilitado para contratar con el Estado. Por los citados motivos, se concluye que la propuesta debe ser desestimada. II.- CRITERIO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA El criterio de preadjudicación recaerá en la propuesta más conveniente, tomando en cuenta la oferta económica, la capacidad de contratación, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de la obra (conforme Art. 36 del P.C.G.). Corresponde mencionar la posibilidad dada a los oferentes de cotizar ofertas alternativas, como queda de manifiesto en la Circular N° 3 que integra la documentación licitatoria, y que serán tenidas en cuenta siempre y cuando representen una mejora de soluciones técnicas Sobre las DOS (2) ofertas que han cumplido los requisitos de los pliegos rectores de la Licitación, a saber, OFERTA N° 4: CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A., y OFERTA N° 5: RIVA S.A.I.I.C.F.Y.A - OAS ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. - MARCALBA S.A. (UT), se emiten las siguientes consideraciones: • OFERTA N° 4: CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. Se destaca que la Firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. ha presentado una oferta base de $ 1.975.000.000,00.-, y asimismo, dos ofertas alternativas, a saber: Oferta Alternativa N° 1 de $ 1.870.000.000,00.- y Oferta Alternativa N° 2 de $ 1.790.000.000,00.-. Esta Comisión procedió a analizar la Alternativa N° 2 y entiende que la misma no se ajusta a las especificaciones técnicas requeridas, debiendo en consecuencia desestimarse, sin más, por no cumplir los requisitos del pliego y circulares emitidas. En lo que respecta a la Alternativa N° 1, luego de analizada, se consideró que correspondía solicitar información adicional razón por la cual por nota N° NO-2018-0566309-UEC#MTR se detalló la información necesaria sobre la memoria de cálculo del Proyecto Alternativo 1. Evaluada la información técnica se estableció que la misma resultaba satisfactoria y a los efectos de determinar si la alternativa presentada resultaba una mejora de soluciones técnicas, se solicitaron mayores aclaraciones a través de la Nota de fecha 09 de marzo de 2018 N° NO-2018-10429631-APN-UEC#MTR. Se efectuó un cuidadoso análisis basado en ciertos parámetros fundamentales, resultando de suma importancia las aclaraciones respecto a la Integridad de la estructura, Resolución de vibraciones, Viabilidad y justificación del método constructivo, Aspectos de mejora visual, Adaptación del proyecto a la instalación de línea catenaria para la electrificación futura de la línea férrea, y Variables físicas y su influencia en la nueva estructura. En virtud de ello se ha revisado la documentación recibida, que incluye las respuestas a las consultas realizadas para la solución alternativa 1 propuesta por la firma “CONSTRUCTORA QUEIROZ GALVAO S.A.” para el Viaducto elevado del FFCC Belgrano y se concluye, de conformidad con lo manifestado en la Nota de fecha 05 de abril de 2018 N° NO-2018-14465283-APN-SECPT #MTR de la Secretaría de Planificación del Transporte, que no se detectan problemas técnicos en la solución alternativa propuesta; la que podría generar determinados beneficios derivados de la nueva sección a la operación y mantenimiento ferroviario, así como también a la mayor facilidad constructiva de los elementos premoldeados. En consecuencia, en concordancia con lo expresado por la Secretaría de Planificación del Transporte, esta Comisión entiende que la propuesta alternativa N° 1 representa una mejora de soluciones técnicas, por lo que se considera válida y razonablemente aceptable. En atención a que la propuesta cumple con los requisitos del pliego y se ajusta técnicamente a lo solicitado, la oferta base y la Alternativa N° 1 se consideran ADMISIBLES Y VÁLIDAS, procediéndose a incorporarla en el orden de mérito según el valor económico propuesto. • OFERTA N° 5: RIVA S.A.I.I.C.F.Y.A - OAS ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. - MARCALBA S.A. - UT En atención a que la oferta cumple con los requisitos del pliego y se ajusta técnicamente a lo solicitado, se considera ADMISIBLE Y VÁLIDA, procediéndose a incorporarla en el orden de mérito según el valor económico propuesto. En consecuencia, se analizarán las ofertas admisibles calificadas para ello, en función de los criterios rectores establecidos, indicando el orden de mérito, en el cuadro comparativo de ofertas que a continuación se agrega.

ORDEN DE MERITOOFERENTEOFERTA TIPOMONTO (ARS)
1CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A.ALTERNATIVA I$ 1.870.000.000,00
2CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A.BASE$ 1.975.000.000,00
3RIVA S.A.I.I.C.F.Y.A. - OAS ENGENHARIA E CONSTRUÇAO S.A. - MARCALBA S.A. (UT)BASE$ 2.030.000.000,00
III.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN En atención a todo lo expuesto, se recomienda la adjudicación de la obra “Viaducto Elevado Ferroviario Sobre las Vías del Ferrocarril Belgrano Sur - Tramo calle D. Taborda - Estación Constitución” a la OFERTA ALTERNATIVA N° 1 de la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A., por un monto total establecido de PESOS ARGENTINOS UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA MILLONES ($ 1.870.000.000,-). Concluido el estudio de las propuestas presentadas y de conformidad con las previsiones contempladas en los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, se deberá proceder a la notificación fehaciente de la presente a todos los oferentes en los términos del Art N° 6 del PCG y a su respectiva publicación.

e. 07/05/2018 N° 30721/18 v. 07/05/2018

Fecha de publicación 07/05/2018