MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN - UNIDAD EJECUTORA PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 01/2018
Primer Llamado “PROGRAMA PARA INCREMENTAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AZUCARERO DEL NOA- PROICSA” CONTRATO DE PRÉSTAMO CAF Nº 7790/7792-AR Obra: “Readecuación del Sistema de Drenaje de la Cuenca Productiva de Balderrama y Campo de Herrera”. Provincia de Tucumán CIRCULAR MODIFICATORIA SIN CONSULTA N° 6 En el pliego de bases y condiciones legales particulares apartado 20.0 - ARTÍCULO 8°: DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACION. PRESENTACION DE LA PROPUESTA: Donde dice: c) Certificado de Habilitación del Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de TUCUMAN para participar en la licitación de la presente obra, con indicación de Saldo de Capacidad Anual Libre de Contratación de Obra suficiente para el monto del presupuesto oficial correspondiente al lote respecto del cual el oferente efectúe su oferta, en el rubro que corresponde a la misma., o Certificado de Habilitación de Registro de Constructores de otra provincia, o Certificado de Habilitación del Registro Nacional de Constructores. Requisito exigido por inciso c) del Artículo 20 de la Ley de Obras Públicas Nº 5854 cuyo incumplimiento parcial o total, genera el rechazo de la oferta. d) NOTA 1: Las empresas extranjeras que no se encuentren inscriptas en el Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de TUCUMAN, deberán presentar la constancia de inicio del trámite correspondiente y su equivalente a la Capacidad de Contratación Anual expedida por el Organismo emisor del país de origen. Sólo serán avaluadas las Ofertas que superen la capacidad de contratación tomando el tipo de cambio billete vendedor al día de la apertura tomando como fuente el Banco Nación de la Nación Argentina. De resultar la Oferta más conveniente, a los efectos de la adjudicación y previo a la firma del Contrato deberá presentar el Certificado válido acreditando su capacidad de contratación actualizada, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas. De no contar con dicho Certificado al momento de la firma del Contrato la Oferta será rechazada. Requisito exigido por el Artículo 17 del Decreto 1534/3 reglamentario de la Ley de Obras Públicas. NOTA 2: En caso que el oferente sea un Consorcio o Unión Transitoria de Empresas, las condiciones establecidas Referidas al Certificado para Licitar, será la siguiente: Capacidad de Contratación anual: cada integrante de la UTE deberá poseer una capacidad de ejecución anual mínima del 50% del monto del presupuesto oficial correspondiente al lote respecto del cual la UTE efectúe su oferta. Debe decir: c) Certificado de Habilitación del Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de TUCUMAN para participar en la licitación de la presente obra, con indicación de Saldo de Capacidad Anual Libre de Contratación de Obra suficiente para el monto del presupuesto oficial correspondiente al lote respecto del cual el oferente efectúe su oferta, en el rubro que corresponde a la misma, o Certificado de Habilitación del Registro de Constructores de otra provincia, o Certificado de Habilitación del Registro Nacional de Constructores. Requisito exigido por inciso c) del Artículo 20 de la Ley de Obras Públicas N° 5854 cuyo incumplimiento parcial o total, genera el rechazo de la oferta. d) NOTA 1: Las empresas extranjeras que no se encuentren inscriptas en el Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de TUCUMAN, deberán presentar la constancia de inicio del trámite correspondiente y su equivalente a la Capacidad de Contratación Anual expedida por el Organismo emisor del país de origen. Sólo serán avaluadas las Ofertas que superen la capacidad de contratación tomando el tipo de cambio billete vendedor al día de la apertura tomando como fuente el Banco Nación de la Nación Argentina. De resultar la Oferta más conveniente, a los efectos de la adjudicación y previo a la firma del Contrato deberá presentar el Certificado válido acreditando su capacidad de contratación actualizada, expedido por el Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas. De no contar con dicho Certificado al momento de la firma del Contrato la Oferta será rechazada. Requisito exigido por el Artículo 17 del Decreto 1534/3 reglamentario de la Ley de Obras Públicas. NOTA 2: En caso que el oferente sea un Consorcio o Unión Transitoria de Empresas, las condiciones establecidas Referidas al Certificado para Licitar, será la siguiente: Capacidad de Contratación anual: cada integrante de la UTE deberá poseer una capacidad de ejecución anual mínima del 50% del monto del presupuesto oficial correspondiente al lote respecto del cual la UTE efectúe su oferta. NOTA 3: De resultar la oferta más conveniente la de una empresa que haya presentado inscripción y certificado de habilitación de otra provincia o del Registro Nacional de Constructores, previo a la adjudicación, deberá presentar certificado de habilitación acreditando la capacidad de contratación expedido por el Registro de Constructores de Obras Publicas de la Provincia de Tucumán, según Artículo 17 del Decreto 1534/3 reglamentario de la Ley de Obras Públicas. CIRCULAR ACLARATORIA SIN CONSULTA N° 7 1) La resolución mediante la cual se prorroga la fecha del acto de apertura de la presente Licitación para el día MARTES 15 DE MAYO DE 2018 a las 10.00 horas en la sala de reuniones del Ministerio de Desarrollo Productivo, corresponde a la numero 46/2018/UEDP. 2) Por otro lado, se informa que a partir de la fecha no se recibirán más consultas de los interesados. CIRCULAR ACLARATORIA CON CONSULTA N° 8 PREGUNTA 1): Cuáles serán los básicos que se deben considerar, Abril o mayo/18? RESPUESTA 1): Se tomará como mes base, el mes de Mayo 2018 que corresponde al mes de presentación de la oferta. PREGUNTA 2): La documentación legalizada o no, con fecha anterior al llamado del 26/04/2018 sigue siendo válida? RESPUESTA 2): Respecto de la documentación que debe presentarse junto con la oferta y que en el pliego se establezca la antelación con la cual debe emitirse, el plazo se podrá computar desde la fecha de apertura original y/o su prorroga.
e. 16/05/2018 N° 32605/18 v. 16/05/2018
Fecha de publicación 16/05/2018