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Tercera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Licitación Pública 63-0027-LPU18

Clase/Causal del procedimiento: Etapa Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Nº de Expediente: EX-2018-25549878-ANSES-DC#ANSES Objeto de la contratación: Contratación de servicios profesionales de desarrollo/reingeniería y mantenimiento de la plataforma JAVA, consistente en QUINCE MIL TRESCIENTOS SESENTA (15.360) horas de programación, presenciales o remotas, a ser utilizados en un período máximo de DOCE (12) meses, con opción a prórroga proporcional en hasta un 100% de las horas previstas para el período básico a favor de ANSES y por única vez; DIECISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA (17.280) horas de servicios profesionales de desarrollo/reingeniería y mantenimiento de la plataforma IMANAGER a ser utilizados en un período máximo de DOCE (12) meses, con opción a prórroga proporcional en hasta un 100% de las horas previstas para el período básico a favor de ANSES y por única vez; y ONCE MIL QUINIENTAS VEINTE (11.520) horas de servicios profesionales de tecnología y arquitectura de software a ser utilizados en un período máximo de DOCE (12) meses, con opción a prórroga proporcional en hasta un 100% de las horas previstas para el período básico, a favor de ANSES y por única vez, de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Se comunica que por el ARTÍCULO 2° de la Resolución RESOL-2019-54-ANSES-ANSES, se desestiman en el marco de la Licitación Pública Nº 63-0027-LPU18, las propuestas alcanzadas por las firmas DAEVA S.A., AGNOSTIC S.R.L., S.D.C. S.R.L., NEXSYS ARGENTINA S.A., UNITECH S.A., SALES VISIÓN ARGENTINA S.A., EPIDATA S.A., EXCELENCIA EN SOLUCIONES INFORMÁTICAS S.A., TECNOSOFTWARE S.A. y QUANTIX S.A., conforme las razones expresadas en los Considerandos de la resolución citada precedentemente. Asimismo, por el ARTÍCULO 3° de la mencionada Resolución se declara fracasado el renglón 3 de la Licitación Pública N° 63-0027-LPU18, conforme a las razones planteadas en los considerandos de la presente Resolución y por el ARTÍCULO 4° se adjudica la oferta presentada por la firma LEAFNOISE COMPANY S.A., para el renglón 1 por la cantidad de QUINCE MIL TRESCIENTAS SESENTA (15.360) unidades a un precio unitario de PESOS SEISCIENTOS DIECISIETE CON DIEZ CENTAVOS ($ 617,10), lo que hace un total de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 9.478.656); para el renglón 2 por la cantidad de DIECISIETE MIL DOSCIENTAS OCHENTA (17.280) unidades a un precio unitario de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 834,90), lo que hace un total de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIENTE MIL SETENTA Y DOS ($ 14.427.072), ascendiendo el total adjudicado a la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO ($ 23.905.728), por los fundamentos expuestos en los considerandos de la resolución.

e. 21/03/2019 N° 17705/19 v. 21/03/2019

Fecha de publicación 21/03/2019