MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Licitación Pública 2/2019
UOC: 142/000 - Dirección General de Administración - MCT Ejercicio: 2019 Clase: Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2019-21915566- -APN-DCYCMCT#MECCYT Tipo de Circular: Modificatoria Sin consulta Número de Circular: 3 Año de Circular: 2019 Fecha de Circular: 07-06-2019 Objeto: Adquisición e implementación de una plataforma CRM Texto de la Circular: El área requirente informa que es necesario subsanar el siguiente error materia: l Sólo se admitirán soluciones de código abierto, con el fin de disponer de la posibilidad de auditar el código fuente para conocer en detalle los procesos o procedimientos que el sistema ejecuta y por lo tanto dar a conocer con exactitud esos procesos en caso de ser requerido. Adicionalmente, se deberá incluir una licencia de uso del código fuente para mantenimiento, con el fin de poder adaptar la solución a requerimientos específicos, si resultare necesario. Complementariamente, la orientación a soluciones de código abierto prevé el beneficio de la cooperación con otros usuarios y una comunidad de desarrolladores que trabaja de manera constante en la resolución de posibles errores sin generar un costo adicional. Así, en el marco de este requerimiento, se solicita que el código abierto para la solución informática contemple lo siguiente: • Debe estar construido con componentes de software reutilizables. • Debe contar con una comunidad técnica colabore con el proyecto. • Debe contar con documentación técnica pública. debe decir: 5. Código Abierto Se evaluará como un atributo favorable –no excluyente- que la solución ofertada sea de código abierto, con el fin de disponer de la posibilidad de auditar el código fuente para conocer en detalle los procesos o procedimientos que el sistema ejecuta y por lo tanto dar a conocer con exactitud esos procesos en caso de ser requerido. En esos casos, se deberá incluir una licencia de uso del código fuente para mantenimiento, con el fin de poder adaptar la solución a requerimientos específicos, si resultare necesario. Complementariamente, la orientación a soluciones de código abierto prevé el beneficio de la cooperación con otros usuarios y una comunidad de desarrolladores que trabaja de manera constante en la resolución de posibles errores sin generar un costo adicional. Así, en el marco de este requerimiento, se evaluará como atributo favorable –no excluyente- que el código abierto para la solución informática contemple lo siguiente: • Estar construido con componentes de software reutilizables. • Contar con una comunidad técnica colabore con el proyecto. • Contar con documentación técnica pública. Por lo expuesto se modifica el acto de apertura al día 25 de junio a las 12 Hs.
e. 12/06/2019 N° 41399/19 v. 12/06/2019
Fecha de publicación 12/06/2019