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Tercera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Licitación Pública 16/2019

UOC: 82/000 - Dirección General de Administración y Gestión Financiera - ME Ejercicio: 2019 Clase: Única Nacional Modalidad: Ajuste Alzado; Expediente N°: EX-2019-22180167- -APN-DCME#MECCYT Tipo de Circular: Modificatoria Sin consulta Número de Circular: 1 Año de Circular: 2019 Fecha de Circular: 07-06-2019 Objeto: CONSTRUCCION DE JARDIN DE INFANTES - PEHUAJO - PCIA DE BUENOS AIRES Texto de la Circular: Se incorporan los siguientes anexos al Pliego de Especificaciones Técnicas: • IMPLANTACION (IF-2019-36328794-APN-DGI#MECCYT) • PLANOS PARTICULARES DE LA OBRA (IF-2019-36343637-APN-DGI#MECCYT) 2 – Se deberá presentar junto con la oferta la DECLARACION JURADA correspondiente al PROGRAMA DE INTEGRIDAD - LEY N° 27.401 DE RESPONSABILIDAD PENAL según se detalla: DECLARACION JURADA - PROGRAMA DE INTEGRIDAD - LEY N° 27.401 DE RESPONSABILIDAD PENAL – ANEXO del presente El art. 24 de la mencionada ley establece como condición necesaria para contratar con el Estado Nacional que la empresa oferente cuente con un Programa de Integridad de conformidad con lo establecido en los artículo 22 y 23 de la Ley 27.401 en el marco de los contratos que: a) Según la normativa vigente, por su monto, deberá ser aprobado por la autoridad competente con rango no menor a Ministro; y b) Se encuentren comprendidos en el artículo 4° del decreto delegado N° 1023/01 y/o regidos por las leyes 13.064, 17.520, 27.328 y los contratos de concesión o licencia de servicios públicos.- A tal efecto deberá suscribir la “Declaración Jurada – Programa de Integridad -LEY N° 27.401” a fin de acreditar que el oferente cuenta con el Programa de Integridad. La omisión de la presentación de dicha Declaración Jurada será causal suficiente para excluir al oferente del procedimiento correspondiente.- 3 - FORMULARIO DECLARACIÓN JURADA DE CONTENIDO NACIONAL. –A los fines de acreditar si la provisión de obra pública es de origen nacional, los Oferentes, en los términos del segundo párrafo del artículo 5° de la Ley N° 27.437, los artículos 10 a 12 del Anexo al Decreto N° 800/2018 y el artículo 4° de la Resolución N° 91/2018 de la Secretaría de Industria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, deberán completar y presentar, el FORMULARIO DECLARACIÓN JURADA DE CONTENIDO NACIONAL. La falta de presentación de dichos formularios se entenderá, dentro de ese procedimiento de contratación en particular, como que la obra no cumple con la calificación de origen nacional o no posee el porcentaje de integración nacional declarado. Cuando el oferente que hubiere resultado adjudicatario en un procedimiento de selección por la aplicación de la preferencia establecida en la Ley N° 27.437, no cumpla con las condiciones de la contratación o con los porcentajes de integración nacional declarados en los bienes ofrecidos, deberá reintegrar la suma equivalente a la preferencia obtenida

e. 12/06/2019 N° 41386/19 v. 12/06/2019

Fecha de publicación 12/06/2019