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6 de Agosto de 2025

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Tercera sección


AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A.

DICTAMEN TÉCNICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE USO DE LICENCIA DE SOFTWARE “AIRPLANE HEALTH MANAGEMENT (AHM)” DE LA FLOTA BOEING B737-MAX Para su mejor entendimiento, el presente dictamen incluye las secciones que se desarrollan seguidamente: 1.- Introducción 2.- Contexto 3.- Consideraciones 4.- Razones valederas para la contratación internacional 5.- Conclusiones 1. INTRODUCCIÓN El presente dictamen técnico tiene como fin exponer las razones valederas que fundamentan la solicitud de autorización para la contratación internacional de un servicio de uso de licencia de software que permita que Aerolíneas Argentinas S.A. (en adelante, la “Empresa”), pueda satisfacer la necesidad de incorporar en las aeronaves de su flota Boeing B737–MAX, un servicio de uso de licencia de software que posibilite disponer de comunicación e información en tiempo real sobre el estado de dichas aeronaves. Más precisamente, el software denominado “Airplane Health Management” (en adelante el “AHM”) permite llevar adelante un seguimiento en tiempo real de las fallas que pudiere sufrir la flota de aeronaves Boeing B737-MAX. De esta manera el AHM permitirá disminuir las demoras por razones técnicas y, como consecuencia, esto producirá un ahorro que impactará positivamente en los resultados de la Empresa. Es de suma importancia mencionar que dicho software trabaja con los datos que procesa la “Enhanced Digital Flight Data Acquisition Unit” (en adelante la “eDFDAU”), dispositivo que ya poseen las aeronaves antes mencionadas, por lo que no se requiere la instalación de hardware ni tampoco certificación de servicios ni de ingeniería. A tal efecto, este dictamen técnico se emite a los fines de dar cumplimiento al requisito establecido en el artículo 8 de la Ley N° 18.875, el cual prevé que: “La construcción de obras y la provisión de servicios, salvo casos excepcionales y aprobados previamente por una Resolución del Ministerio competente, en los que se demuestren razones valederas para la licitación o contratación internacional, se contratará exclusivamente con empresas locales”. En este sentido, la Empresa considera necesario extender la contratación del servicio que nos ocupa a THE BOEING COMPANY, fabricante de las aeronaves y único proveedor existente de dicho servicio. De otro modo, limitar la contratación exclusivamente a oferentes locales implicaría la imposibilidad de la incorporación de este servicio. 2. CONTEXTO En el marco de la llegada de nuevos competidores, del constante cambio del mercado aerocomercial local, regional e internacional y de las últimas tendencias de la industria, la Empresa ha delineado un plan estratégico basado en cuatro pilares fundamentales, a saber: a) Sustentabilidad: -Ser una empresa autosustentable, rentable y eficiente. -Contar con una flota moderna y eficiente que le permita competir en todos los mercados. b) Desarrollo de la Red: -Ser la empresa elegida por todos los argentinos con una propuesta de valor clara y atractiva. -Contar con una sólida red de conectividad. -Ser el líder indiscutido en el mercado de cabotaje. -Posicionamiento competitivo en mercados internacionales. c) Excelencia en Servicio y Seguridad: - Ofrecer la mejor experiencia de viaje; -Ser modelo en estándares de seguridad. d) Procesos y Transparencia: -Ser un modelo en políticas de buen Gobierno Corporativo. En el marco de este plan, se han identificado distintas iniciativas tendientes a enfocar los esfuerzos y recursos de la Empresa en aquellos proyectos que se encuentren alineados con estos pilares. Particularmente, las necesidades que se desarrollan en el presente dictamen técnico se enmarcan en los siguientes objetivos estratégicos: Sustentabilidad -Mejora de eficiencia de la flota > Tener información en tiempo real permite reducir las demoras y aumentar la disponibilidad de la flota, lo que posibilita una reducción del gasto. Desarrollo de la Red -Mejora de competitividad > Mejorar el posicionamiento competitivo al tener mayor disponibilidad de flota. Excelencia de Servicio y seguridad ? Estándares de seguridad > Permitir seguir garantizándolos mediante la optimización del tiempo de respuesta en la ejecución de tareas de mantenimiento. En este contexto, surge la necesidad de contratar un servicio de uso de licencia de software en las aeronaves de su flota Boeing B737-MAX con el objetivo de mejorar los procesos operativos en relación a la transmisión de datos para operaciones de vuelo y técnicas. Esta iniciativa es el resultado del estudio de las últimas tendencias de la industria en materia de eficiencia operativa. Asimismo, la habilitación del uso del sistema que ya está instalado en las aeronaves, requiere que el proveedor que eventualmente sea contratado posea los más altos niveles de competencia técnica, idoneidad y experiencia previa demostrada. Esto asegurará que la prestación del servicio se efectúe de la manera más eficiente posible, contribuyendo a mantener los más altos niveles de seguridad operacional y competencia técnica, toda vez que la base de nuestro plan estratégico y nuestra misión, es precisamente la seguridad de todos nuestros pasajeros y nuestros colaboradores. Es fundamental entender que está previsto que este servicio de uso de licencia de software sea utilizado en las aeronaves actuales, así como en aquellas que se incorporarán como parte de la renovación de flota prevista para los próximos años. 3. CONSIDERACIONES Considerando el contexto hasta aquí descrito, se desarrollan a continuación las consideraciones y criterios que fueron evaluados para arribar a las conclusiones que se incluyen en el presente dictamen. En línea con el pilar de Sustentabilidad del plan estratégico de la Empresa, la contratación del servicio AHM se estima impactará positivamente en los resultados económicos ya que la disminución de las demoras por razones técnicas posibilitará generar un ahorro mayor al costo de contratación de dicho servicio. A los efectos de determinar la existencia de oferentes capaces de proveer el servicio de uso de licencia de software del AHM, han sido analizados distintos criterios que, en su conjunto, buscan atender tanto las necesidades de la Empresa como los requerimientos regulatorios. A continuación, el desarrollo de cada criterio particular: i. Reputación y trayectoria del oferente Se requiere que el potencial proveedor posea una reputación sólida y una trayectoria con experiencia probada en este tipo de servicios. ii. Experiencia previa comprobada Es menester que el potencial proveedor demuestre que posee experiencia previa probada. Asimismo, es necesario que el desarrollo y la ejecución sean realizados con los mínimos riesgos en los plazos de implementación. iii. Escalabilidad del servicio (tiempo y flotas) Visto que la Empresa se encuentra en la búsqueda de un servicio que soporte no solo a la flota de Boeing B737-MAX existente, es importante que el servicio pueda activarse también en las aeronaves que se incorporarán como parte de la renovación de flota prevista para los próximos años. iv. Compatibilidad de sistemas Visto que el servicio que se pretende contratar interactúa y se nutre de otros sistemas de la aeronave, resulta esencial que la licencia de software sea 100% compatible con la totalidad de los sistemas que están ya instalados en las aeronaves. 4. RAZONES VALEDERAS PARA LA CONTRATACIÓN INTERNACIONAL Como ya hemos señalado, la normativa prevé que los servicios sólo se podrán contratar con firmas extranjeras en casos excepcionales. Al respecto, cabe recordar que el servicio que se pretende contratar es exclusivamente prestado por THE BOEING COMPANY, fabricante de las aeronaves Boeing B737-MAX. En virtud de lo expuesto, dada la relevancia y características del servicio, y ante la inexistencia de empresas locales que puedan prestar el servicio pretendido, los abajo firmantes entienden imperioso, extender la contratación internacionalmente. 5. CONCLUSIONES Considerando: -Que el servicio que nos ocupa es de alto impacto estratégico y económico para la Empresa; -Que el servicio que se pretende contratar implicará una mejora en las operaciones de mantenimiento y en la aeronavegabilidad continuada de la flota Boeing B737-MAX; -Que resulta estrictamente necesario que el potencial proveedor cuente con antecedentes técnicos, sólida reputación y probada experiencia previa en este tipo de servicios; - Que la interacción entre el servicio y los sistemas de las aeronaves exige que se garantice, con el mayor grado posible, la seguridad operacional y la aeronavegabilidad; -Que resulta estrictamente necesario que el potencial proveedor pueda ofrecer un servicio en todo compatible con los sistemas ya instalados en la aeronave; - Que no existen en el mercado local (Nacional) oferentes que reúnan las características que se han desarrollado o que tengan la competencia técnica para proveer este tipo de servicios; - Que el servicio debe ser capaz de activarse, no solo en las aeronaves existentes, sino también en aquellas que se incorporarán como parte de la renovación de flota prevista para los próximos años; - Que el proveedor eventualmente seleccionado debe asegurar la disponibilidad de soporte técnico en tiempo y forma para la prestación del servicio. Se concluye que es necesario contar con la posibilidad de realizar una contratación internacional que permita que el servicio pretendido sea prestado por un oferente calificado que cumpla con las necesidades hasta aquí descritas. En consecuencia, y atento a la existencia de las razones valederas aquí vertidas, se solicita a ese Ministerio tenga a bien otorgar una excepción a lo previsto en el artículo 8 de la Ley N° 18.875 y permita la contratación internacional del servicio de uso de licencia de software AHM para la flota de aeronaves Boeing B737–MAX de la Empresa. Firmantes: Ing. Gustavo Sueyro, Director de Servicios Técnicos e Ing. Aeronaves – Ing. Aer. Ignacio M. Guidobono, Gerente de Servicios Técnicos.

e. 04/07/2019 N° 46242/19 v. 04/07/2019

Fecha de publicación 04/07/2019