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Tercera sección


ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Contratación Solicitud de Propuesta GEF 02/2019

Servicio de Consultoría Ejercicio: 2019 Clase: De etapa MÚLTIPLE Modalidad: Selección Basada en el Menor Costo Expediente Nº EX-2019-12239507-APN-DGA#APNAC - “ESTUDIO DE FUENTES Y MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO PARA ÁREAS PROTEGIDAS Y CORREDORES Y DESARROLLO DE INSTRUMENTOS DE APLICACIÓN”. OBJETO: Solicitud de Propuesta GEF Nº 2/2019 “ESTUDIO DE FUENTES Y MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO PARA ÁREAS PROTEGIDAS Y CORREDORES Y DESARROLLO DE INSTRUMENTOS DE APLICACIÓN”. PRESENTACIÓN DE MANIFESTACIONES DE INTERÉS: Lugar y Dirección Plazo y Horario Administración de Parques Nacionales - Unidad Coordinadora de Ejecución de Proyectos con Financiamiento Externo (UCEFE) sita en calle Carlos Pellegrini 657, Piso 3º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, CP C1009ABM, o correo electrónico: ucefe@apn.gob.ar. Hasta las 17 hs. del día 27 del mes de AGOSTO del año 2019 DESCRIPCIÓN: El Proyecto CRyB invita a organismos no gubernamentales, universidades y firmas consultoras, tanto nacionales como internacionales, cuya elegibilidad cumpla con las Normas del Banco Mundial (“Normas: Selección y Contratación de Consultores con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF & Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial” - Edición de Enero de 2011, versión revisada en Julio de 2014”), en adelante “los consultores”, a presentar su “Manifestación de Interés” para prestar los servicios de consultoría que tienen por objeto abordar en profundidad la racionalidad de diferentes mecanismos y fuentes complementarias de financiamiento para la conservación, exponiendo los fundamentos conceptuales y las experiencias internacionales que los justifican y validan, así como analizar, evaluar y proponer los mecanismos factibles de utilización en el país. Para lograrlo la firma deberá cumplir las siguientes tareas: Realizar un diagnóstico del actual financiamiento de las AP de jurisdicción nacional y provincial, de dominio público o privado y otras áreas de conservación no protegidas: sus fuentes de financiamiento y mecanismos de distribución de los fondos en relación con la planificación (si la hubiese), analizando en profundidad las eventuales limitaciones que presenta en los diferentes niveles de organización: nacional, provincial, local. También evaluar la existencia de procedimientos y estructuras para la recepción y ejecución de fondos extrapresupuestarios. Analizar los fundamentos doctrinarios del Derecho Ambiental, con un claro enfoque en las cuestiones económico-financieras de la materia, así como también otras disciplinas que dan sustento a la utilización de fuentes o mecanismos complementarios de financiamiento de instituciones, actividades y proyectos en la materia de conservación. Analizar el estado del arte en avances y experiencias en otros países, priorizando América Latina y países en vías de desarrollo, relacionadas a la implementación de mecanismos financieros para la conservación in situ con el propósito de transferir el conocimiento de las mejores prácticas y su posible aplicación en el país, como por ejemplo el Pago de Servicios Ambientales, las Compensaciones por daño ambiental, la Responsabilidad Social Empresaria y otros. Elaborar propuestas de herramientas jurídico-institucionales concretas que permitan aplicar el mecanismo de Pago por servicios ambientales de las áreas protegidas en el país. Elaborar propuestas de herramientas jurídico-institucionales concretas que permitan aplicar el principio de Compensaciones por daño ambiental en las áreas protegidas del país. Elaborar propuestas de herramientas jurídico-institucionales concretas que permitan aplicar la Responsabilidad Social Empresaria como aporte a la conservación en áreas protegidas en el país. Elaborar propuestas de herramientas jurídico-institucionales para otros mecanismos pertinentes identificados que puedan aportar a la conservación en áreas protegidas y corredores en el país. Analizar la herramienta financiera del Fondo Fiduciario para su aplicación en la materia, ventajas y desventajas. Evaluar el antecedente del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental de Administración y Financiero, creado por la Ley 27.431 de Presupuesto 2018 (Art. 52), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675. Evaluar ya sea la integración de los fondos recaudados con destino a la conservación al mismo o la articulación con él. Analizar también la posible integración o articulación con otros fondos o proyectos de fondos fiduciarios como el del Anteproyecto de Presupuestos Mínimos de Conservación de la Diversidad Biológica y el Uso Sustentable de sus Componentes. Analizar y evaluar otros mecanismos de administración de fondos para su aplicación en la materia, sus ventajas y desventajas. Los consultores serán seleccionados en función de la lista corta obtenida mediante el método de Selección Basada en el Menor Costo (SBMC) indicada en las Normas del Banco Mundial - “Normas: Selección y Contratación de Consultores con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF & Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial”, Edición de Enero de 2011, versión revisada en Julio de 2014”, y podrán participar en ella todos aquellos que manifiesten interés y cumplan con las calificaciones mínimas según se especifica en dichas normas. Las firmas consultoras interesadas deberán presentar, junto a la Carta de Presentación escrita de manifestación de interés, la siguiente información: 1.Nacionalidad; 2.Antecedentes generales; 3.Referencias y antecedentes que demuestren y evidencien la experiencia en consultorías y/o proyectos ejecutados y/o en ejecución (con detalle de fechas y características) de similar naturaleza y complejidad a lo requerido en los servicios solicitados. La recepción de las Manifestaciones de Interés y las carpetas con la documentación requerida no implica invitación a cotizar. Los interesados deberán remitir la Carta de Presentación de las Manifestaciones de Interés junto con la documentación requerida. Podrán consultarse Términos de Referencia en www.parquesnacionales.gob.ar/institucional/ucefe

e. 08/08/2019 N° 57445/19 v. 09/08/2019

Fecha de publicación 09/08/2019