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ARMADA ARGENTINA

Licitación Pública 180/2019

UOC: 38/01 - ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO Ejercicio: 2019 Clase: Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2019-84386165- -APN-JEMA#ARA Tipo de Circular: Modificatoria Con consulta Número de Circular: 1 Año de Circular: 2019 Fecha de Circular: 26-09-2019 Objeto: ADQUISICIÓN DE REPUESTOS PARA MOTOR GENERADOR, ANILLOS DE RETENCIÓN, CASQUILLOS, JUNTAS, ART; ETC Texto de la Circular: 10. MONEDA DE COTIZACIÓN. Donde dice: En moneda nacional (Pesos Argentinos). Debe decir: En moneda extranjera: Euro/dólar estadounidense. La cotización en moneda extranjera tiene su fundamento en que la empresa Wartsila, fabricante de los repuestos Sulzer, tiene su sede en Finlandia, por lo que la variación de la moneda extranjera incide directamente sobre el precio de los repuestos que se pretende adquirir; por lo tanto, a efectos de evitar la desproporción que pudiera generar proyectar la cotización en pesos argentinos sobre la especulación de la variación del Euro/dólar, y con la finalidad de obtener la mayor cantidad de ofertas posibles, se opta por la cotización en moneda extranjera. El pago que realizará la ARMADA en favor del respectivo cocontratante se hará en moneda nacional y se calculará tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente en la fecha en que la ARMADA libre en favor del último la correspondiente orden de pago (art. 58 del Anexo al Decreto Nº 1030/16 y art. 17 del Anexo 1 de la Disposición ONC Nº 63/2016)”. 16. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA. Donde dice: 16.3 La documentación presentada deberá ser original o copia debidamente certificada por la autoridad administrativa o por escribano público nacional con su correspondiente legalización. La documentación deberá ser redactada en idioma nacional o traducirla al español por traductor publico matriculado en la República Argentina. Debe decir: 16.3 La documentación deberá ser individualizada en la oferta y presentada en la Unidad Operativa de Contrataciones; deberá presentarse en original o copia debidamente certificada por la autoridad administrativa o por escribano público nacional con su correspondiente legalización. La documentación deberá ser redactada en idioma nacional o traducirla al español por traductor publico matriculado en la República Argentina. 20.3. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN. 4to párrafo. Donde dice. En tal sentido, se deja establecido que para los casos en que la respectiva impugnación se efectúe por una persona que no invista la calidad de oferente en el presente procedimiento y también para los demás casos establecidos en el citado artículo 32, se establece como monto fijo para constituir la garantía de impugnación la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SEIS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 2.306.206,97) Debe decir: En tal sentido, se deja establecido que para los casos en que la re

e. 27/09/2019 N° 73441/19 v. 27/09/2019

Fecha de publicación 27/09/2019