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Tercera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Subasta Pública 2/2021

UOC: 34/000 - Dirección General de Administración - MHA Ejercicio: 2021 Clase: Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2021-102304233- -APN-DC#MEC Tipo de Circular: Aclaratoria Con consulta Número de Circular: 4 Año de Circular: 2021 Fecha de Circular: 23-11-2021 Objeto: SUBASTA DE BUQUES ASTRAFEDERICO, ASTRAVALENTINA Y RIO GALLEGOS Texto de la Circular: Circular Nº4 (Aclaratoria) Consulta 4: “¿CLAUSULA 21 ¿NO QUEDA CLARO SI LOS BARCOS DEBERAN SER DESGUAZADOS EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRAN, DENTRO DE LA BASE DE LA ARMADA, ¿O DEBEN SER TRASLADADOS A UN ASTILLERO? ¿POR OTRO LADO, DE REALIZARSE EN LA BASE DE LA ARMADA CUALES SERIAN LAS CONDICIONES DE USO?. Respuesta: “Conforme surge del respectivo pliego, en su clausula 21, las tareas de desguace podrán ser realizadas en el lugar donde se encuentre/n fondeada/s; en un astillero, o en el lugar autorizado al efecto, pero siempre acorde al plan de desguace y corte que oportunamente apruebe el área respectiva de Prefectura Naval Argentina. Para poder comenzar con las tareas de redimensionamiento, desguace y corte deberá haberse presentado previamente un plan de desguace y corte de acuerdo a lo prescripto, acorde a todas las normas técnico, jurídicas, ambientales y de seguridad correspondientes. Se recuerda que, previo a la presentación del Plan de Desguace y Corte y de Disposición Final ante Prefectura Naval Argentina para su aprobación, deberá realizarse el cese de bandera respectivo ante dicho organismo, estando el citado trámite a cargo del adjudicatario. Las condiciones de uso requeridas, serán establecidas por la Armada Argentina una vez conocidas las tareas a desarrollarse en el lugar por el adjudicatario”

e. 25/11/2021 N° 90355/21 v. 25/11/2021

Fecha de publicación 25/11/2021