Edición del
11 de Octubre de 2022

Ediciones Anteriores
Secciones

Contrataciones
Tercera sección


EJÉRCITO ARGENTINO

Licitación Pública 539/2022

UOC: 84/135 - Dirección General de Material Ejercicio: 2022 Clase: Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2022-113914398- -APN-DGM#EA Tipo de Circular: Modificatoria Sin consulta Número de Circular: 1 Año de Circular: 2022 Fecha de Circular: 02/11/2022 Objeto: ADQUISICIÓN DE MIRA ÓPTICA DE COMBATE PARA FUSIL CALIBRE 7,62 mm Texto de la Circular: DONDE DICE: CRONOGRAMA FECHA Y HORA ACTO DE APERTURA 10/11/2022 09:00 Hrs DEBE DECIR: CRONOGRAMA FECHA Y HORA ACTO DE APERTURA 11/11/2022 09:00 Hrs DONDE DICE: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES/BASES DEL LLAMADO 10. CLASES DE GARANTÍAS. El oferente o los cocontratantes deberán constituir las garantías en moneda de curso legal (Pesos Argentinos).c. De impugnación: El importe de la garantía será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en este procedimiento y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será equivalente a pesos UN MILLÓN SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 1.635.000,00). Cuando lo que se impugnare no fuere el renglón, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será equivalente a pesos UN MILLÓN SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100($ 1.635.000,00). DEBE DECIR: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES/BASES DEL LLAMADO 10. CLASES DE GARANTÍAS. Los oferentes deberán constituir las garantías en Dólares Estadounidenses. Si la garantía se constituye en efectivo o cheque, el importe de la garantía deberá consignarse en moneda nacional y su importe se calculará sobre la base de moneda dólar billete al tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA (https://www.bna.com.ar) vigente al cierre del día anterior a la fecha de constitución de la garantía. c. De impugnación: El importe de la garantía será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en este procedimiento y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 (USD 10.972,00). Cuando lo que se impugnare no fuere el renglón, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 (USD 10.972,00).

e. 03/11/2022 N° 89239/22 v. 03/11/2022

Fecha de publicación 03/11/2022