UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
Concurso Público 1/2023
CIRCULAR Nro. Circular: CIA: 2 Tipo: Aclaratoria Fecha: 19/04/2023 Clase: De etapa única nacional Modalidad: Sin Modalidad Expediente: LEGC: 22/2023 Rubro comercial: SERV. PROFESIONAL Y COMERCIAL Objeto de la contratación: SERVICIO DE PAGO DE HABERES DESCRIPCIÓN 1) Ante la solicitud de los balances con las certificaciones/informes de auditoría, esta Institución informa que no cuenta con certificaciones ni informes de Auditoría. 2) CONSULTA: Respecto al punto del pliego donde nos piden el adelanto de la masa salarial sin costo, conforme normativa de BCRA. Dicha normativa plantea una serie de aspectos que debe cumplir la institución como ser las que detallo a continuación. 3.2.5. Adelantos transitorios al sector público no financiero, de acuerdo con el concepto definido en el punto 1.1. de la Sección 1., en la medida en que se verifique previa y concurrentemente lo siguiente: 3.2.5.1. Se otorguen no antes del primer día hábil de cada mes -excepto cuando exista una instrucción distinta dictada por la autoridad de aplicación competente y/o surja de convenios vigentes al 31.07.10-, por un plazo máximo de 5 días hábiles, cuyo destino sea el pago de haberes del personal y no superen, considerando a cada ente pagador en forma individual, el importe neto total a acreditar por esa causal, previsto para cada mes. 3.2.5.2. La entidad financiera interviniente tenga el carácter de agente de pago de esos haberes y obtenga previamente al desembolso de cada adelanto, una constancia extendida por el ente pagador informando -con carácter de declaración jurada- la existencia de la correspondiente orden de pago emitida por la dependencia pública que corresponda a su favor, con dicho destino y para su pago a través de esa entidad financiera. 3.2.5.3. Se verifique que en los 12 meses anteriores a la fecha de cada desembolso, los adelantos transitorios otorgados a ese ente no hayan estado vigentes, en ningún caso, durante más de 5 días hábiles y que dichos adelantos se encuentren cancelados totalmente. ¿Cómo lo están manejando actualmente? presentan todos los meses en el banco la DDJJ donde indican que tienen la partida de fondos disponibles previo al pago? Tienen alguna forma de demostrarnos o confirmarnos que en los últimos 12 meses no han excedido el plazo de 15 días establecido en la comunicación° RESPUESTA: El pedido se lleva a cabo mediante la presentación mensual de una nota para el pago de haberes, solicitando el adelanto transitorio firmado por el Rector. En la misma se detalla monto, cantidad de agentes y fecha de acreditación. Asimismo, se indica el Número de SIDIF correspondiente a la Orden de Pago de la Tesorería General. De esta manera, se indica que una vez recibidos los fondos autorizamos al Banco a efectuar el débito del importe adelantado de nuestra Cuenta Corriente. No se cuenta con adelantos pendientes, mensualmente se cumple con los plazos establecidos.
e. 24/04/2023 N° 27720/23 v. 24/04/2023
Fecha de publicación 24/04/2023