ARMADA ARGENTINA
Licitación Pública 183/2023
UOC: 38/00 - Servicio Administrativo Financiero de la Armada Ejercicio: 2023 Clase: Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2023-68416485- -APN-DGAF#ARA Tipo de Circular: Modificatoria Sin consulta Número de Circular: 1 Año de Circular: 2023 Fecha de Circular: 27-06-2023 Objeto: Adquisición de un sistema electrónico complementario de radar, software e infraestructura para las LANCHAS DE INSTRUCCIÓN DE CADETES DE LA ESCUELA NAVAL MILITAR (LICA) Texto de la Circular: Donde dice: “34.PAGO: Pago Anticipado. Dada la metodología de pago que aplicara la Armada para este procedimiento de selección, el oferente deberá ofrecer un descuento en su oferta que compense el beneficio financiero otorgado. El adjudicatario, a la emisión de la Orden de Compra correspondiente, deberá presentar una garantía constituida mediante un Seguro de Caución expedido por una compañía de primera línea que cubra el CIEN POR CIENTO (100%) del importe total del anticipo, a nombre de ARMADA ARGENTINA – ESTADO NACIONAL. Si el adjudicatario no integrara la garantía mencionada, la ARMADA no efectivizará el adelanto de pago. La firma aseguradora deberá dejar establecido que renunciará expresamente al beneficio de Excusión y División establecidas en los artículos 1583 y 1584 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994).” Debe decir: “34.PAGO: A partir de la fecha de recepción por la ARMADA de las facturas que le entregue el pertinente cocontratante comenzará a correr el plazo para su pago, que será de CUARENTA (40) días corridos contados desde la fecha precitada. De conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación el pago se efectuará a través de la Cuenta Única del Tesoro del Estado Nacional (CUTE). Sin perjuicio de ello, se deja establecido, además, que los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente (artículos 90 y 91 del Anexo al Decreto Nº 1030/16).”
e. 29/06/2023 N° 48506/23 v. 30/06/2023
Fecha de publicación 30/06/2023