ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Licitación Pública 63-0032-LPU23
PROCESO COMPR.AR N° 63-0032-LPU23 Clase/Causal del procedimiento: Etapa Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente Electrónico: N° EX-2023-59761666-ANSES-DC#ANSES Rubro: 58 - SERV. PROFESIONAL Y COMERCIAL, – 14- REPUESTOS, 45- MANTENIMIENTO, REPARACION Y LIMPIEZA Objeto: Contratación del servicio de mantenimiento integral preventivo, correctivo y guardia presencial de emergencia de los sistemas de grupo electrógenos junto a todas sus partes y componentes, por un período de DOCE (12) meses, con opción de prórroga por igual período y en los mismos términos a favor de ANSES, junto con la provisión de dos llaves seccionadoras de los generadores eléctricos OBSERVACIONES GENERALES Se comunica que por Resolución RESOL-2023-989-ANSES-SEA#ANSES se resolvió: ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento y todo lo actuado en el marco de la Licitación Pública Nº 63-0032-LPU23 enmarcada según lo previsto en el apartado 1), inciso a), artículo 25 del Decreto Delegado Nº 1023/01 y sus modificatorias, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 1, 10 y 27 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16 y sus modificatorias, tendiente a la contratación del servicio de mantenimiento integral preventivo, correctivo y guardia presencial de emergencia de los sistemas de grupo electrógenos junto a todas sus partes y componentes, por un período de DOCE (12) meses, con opción de prórroga por igual período y en los mismos términos a favor de ANSES, junto con la provisión de DOS (2) llaves seccionadoras de los generadores eléctricos. ARTÍCULO 2°.- Desestímase, en el marco de laLicitación Pública N° 63-0032-LPU23, la oferta presentada por la firma DACHCOM S.R.L. (C.U.I.T. 30-71155707-1), conforme las razones expresadas en los Considerandos de la presente. ARTÍCULO 3°.- Adjudícase, en el marco de la Licitación Pública Nº 63-0032-LPU23, a la oferta presentada por la firma T.C.L. S.A. (C.U.I.T. 30-70978757-4), el Renglón N° 1, en la suma mensual de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS (U$ D3.932,50), lo que hace un total para el Renglón de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA (U$ D 47.190), el Renglón N° 2, en la suma unitaria de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICINCO MIL QUINIENTOS SEIS CON OCHENTA CENTAVOS (U$ D25.506,80), lo que hace un total para el Renglón de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y UN MIL TRECE CON SESENTA CENTAVOS (U$ D51.013,60), y el Renglón N° 3, en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON OCHENTA CENTAVOS (U$ D6.993,80), lo que hace un total general de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS (U$ D105.197,40), de acuerdo a lo expresado en la presente Resolución.
e. 11/09/2023 N° 71836/23 v. 11/09/2023
Fecha de publicación 11/09/2023