JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Licitación Pública 28/2023
UOC: 79/6 - DIRECCION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES Ejercicio: 2023 Clase: Única Nacional Modalidad: Solicitud De Ofertas Expediente N°: EX-2023-136374437- -APN-DPYPSYE#JGM Tipo de Circular: Modificatoria Sin consulta Número de Circular: 1 Año de Circular: 2023 Fecha de Circular: 07-12-2023 Objeto: Adquisición de Licencia Pentaho Data Integration, soporte técnico, desarrollo y mantenimiento de la herramienta y Capacitación Texto de la Circular: UOC 79/6 DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES 79/6-0028-LPU23. Ejercicio 2023.EXP NRO. EX-2023-136374437- -APN-DPYPSYE#JGM “Proyecto de Inclusión Digital e Innovación de los Servicios Públicos en Argentina”. PRÉSTAMO BIRF 9224 – AR ENMIENDA N° 1 En el marco del Contrato de Préstamo BIRF 9224-AR “Proyecto de Inclusión Digital e Innovación de los Servicios Públicos en Argentina - PIDISP” y del llamado de licitación correspondiente a la SDO Nro. 11/2023 cuyo objeto es la “Adquisición de Licencia Pentaho Data Integration por suscripción, soporte técnico, desarrollo y mantenimiento de la herramienta y Capacitación”, se informan las siguientes modificaciones al Documento de Licitación: En los títulos detallados a continuación: D. CONDICIONES DEL CONTRATO 4.7 Pago 4.7.2 Condiciones de Pago Donde dice: En caso de que el contrato se haya establecido en dólares estadounidenses, los pagos se efectuarán en pesos argentinos. El tipo de cambio para pagos en pesos argentinos será conforme la cotización de la moneda extranjera en el Banco de la Nación Argentina - Dólar Billete Tipo Comprador – de cierre del día anterior a la fecha de emisión de las Autorizaciones de Pago correspondientes. Debe decir: En caso de que el contrato se haya establecido en dólares estadounidenses, los pagos se efectuarán en pesos argentinos. El tipo de cambio para pagos en pesos argentinos será conforme la determinación del tipo de cambio de referencia (Comunicación “A” 3500 del B.C.R.A.), dicho tipo de cambio es el aplicable para las cuentas especiales para exportadores según lo establece comunicación “A” 7667 del B.C.R.A.
e. 12/12/2023 N° 101061/23 v. 12/12/2023
Fecha de publicación 12/12/2023