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6 de Junio de 2025

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Tercera sección


MUNICIPIO DE RÍO GRANDE

Licitación Pública 39/2023

CIRCULAR ACLARATORIA Servicio de recolección de residuos sólidos urbanos, barrido de calles, y demás servicios de higiene urbana de la Ciudad de Río Grande y pliego de cláusulas generales. PLIEGO DE CLÁUSULAS GENERALES ARTÍCULO 2º: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. PRESUPUESTO OFICIAL VALOR DE LOS PLIEGOS El presente documento, conjuntamente con sus anexos, constituye el Pliego de Bases y Condiciones que establece los derechos y obligaciones de la Concedente, de los Participantes y Oferentes de la Licitación y de quienes resulten Adjudicatarios de los servicios licitados. El Presupuesto Oficial de la presente Licitación Pública es de cuarenta y siete mil ochocientos veinticuatro millones seiscientos siete mil seiscientos sesenta y cuatro con 81/100 ($ 47.824.607.664,81). El Pliego de la Licitación podrá adquirirse y retirarse en la Dirección General de Compras, sita en la calle Leonardo Rosales Nº 056 de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (CP: 9420), o en la Delegación del Municipio de Río Grande ubicada en la calle Sarmiento N° 378, 8° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP: 1041), en horario de atención al público. Previamente al llamado, el Departamento Ejecutivo Municipal, actualizará en caso de corresponder, el Presupuesto Oficial haciendo uso de la fórmula polinómica definida para el cálculo de los precios redeterminados, teniendo en cuenta que el presupuesto oficial presentado es de fecha agosto 2023. La venta del presente Pliego y demás documentación licitatoria que rigen el llamado se realizará en la Dirección de Rentas, sita en la calle Luis Py y Rosales de la ciudad de Río Grande y en el Centro de Gestión Participativa “Reverendo Padre José Zink”, ubicado en la calle Pellegrini N° 625 de la ciudad de Río Grande (CP: 9420). El precio del Pliego se ha fijado en la suma de pesos veinte millones con 00/100 ($ 20.000.000,00). ARTICULO 4º: ENCUADRE LEGAL. NORMAS DE APLICACIÓN. El acto de apertura, el procedimiento licitatorio, la adjudicación y el desarrollo del contrato, se regirán por este Pliego y sus Anexos; sus Circulares Aclaratorias y el Contrato. Todo aquello que no esté contemplado en la documentación de la licitación será resuelto en cuanto sea de aplicación de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley de Contabilidad Territorial N° 06/1971 y la Ley de Procedimiento Administrativo N° 141, todas ellas con sus normas complementarias y reglamentarias, la Carta Orgánica Municipal y subsidiariamente los principios generales del Derecho Administrativo, el Código de Administración Financiera (Ordenanza Municipal Nº 2848/2010) y el Código Tributario Municipal. Forma parte del marco normativo del presente Pliego lo estatuido en el Art. 78 de la Constitución Provincial en lo atinente a la incorporación de los progresos técnicos en la explotación del servicio y lo referido al control permanente por parte de la Autoridad de Aplicación y de los usuarios acerca de la prestación del servicio. Asimismo, se considerarán normas de integración e interpretación en caso de duda las siguientes Leyes, Decretos y Ordenanzas: • La Carta Orgánica Municipal. • Ley Nacional Nº 25.916 y Dto. Reglamentario Nº 1.158/04. Presupuestos mínimos sobre Gestión de Residuos Domiciliarios; • Ley Nacional Nº 25.675 General del Ambiente; • Ley Nacional Nº 24.051 y Dto. Reglamentario Nº 831 de Residuos Peligrosos; • Ley Nacional Nº 19.587 y Dto. 351 y actualizaciones sobre Higiene y seguridad en el Trabajo y Medicina del Trabajo; • Ley Nacional Nº 24.557 y sus Decretos sobre Riesgos del Trabajo; • Ley Nacional Nº 25.831 Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, y • Las Ordenanzas Nº 2941/11; Ordenanza Nº 2835/10. ARTICULO 6º: DOMICILIO CONSTITUIDO Los Oferentes deberán constituir domicilio dentro de la Ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, donde se considerarán válidas y producirán pleno efecto todas las notificaciones que allí se practiquen. Asimismo, deberán constituir una dirección de correo electrónico que tendrá el carácter de domicilio electrónico válido. La Concedente denuncia y constituye su domicilio en la calle Sebastián Elcano Nº 203 de la Ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, como el siguiente domicilio electrónico: dir.ambiente@riogrande.gob.ar ARTÍCULO 13º: ADQUISICIÓN DEL PLIEGO Una vez abonados los Pliegos, para participar en la licitación los interesados deberán retirar el mismo en los lugares indicados a continuación: • En la Dirección General de Compras sita en la calle Leonardo Rosales Nº 056 de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (CP: 9420). • En la Delegación del Municipio de Río Grande ubicada en la calle Sarmiento N° 378, 8° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP: 1041). En esa misma ocasión los aludidos deberán identificarse y constituir domicilio especial en la Ciudad de Río Grande, y domicilio electrónico a los efectos de eventuales comunicaciones con el Municipio. La venta del Pliego se realizará hasta quince (15) días hábiles antes de la fecha de apertura. ARTÍCULO 16º: GARANTÍA DE OFERTA A los fines de la admisión de la propuesta, los oferentes deberán constituir en forma previa a su presentación, una garantía de oferta por un monto igual al uno por ciento (1%) del valor establecido como presupuesto oficial en el Art. 2°. La garantía se constituirá, a elección del Oferente, mediante una de las siguientes alternativas: a.- Depósito en efectivo en el Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, a la orden del Municipio, designando la obra y Nº de licitación, en la Cuenta Corriente Nº 00307037101149 (Banco Tierra del Fuego) del Municipio de Río Grande, aclarando debidamente en la boleta de depósito el nombre del adquirente del Pliego Licitatorio y el concepto del depósito (GARANTÍA DE OFERTA). b.- Fianza bancaria que deberá establecer como condiciones especiales: 1.- Que se hará efectiva a simple requerimiento del Municipio, sin necesidad de otro requisito ni de previa constitución en mora al deudor ni al fiador. 2.- Que se constituya al Fiador en deudor solidario y principal pagador de acuerdo con los Artículos Nº 1590, 1591 y 1584 del Código Civil y Comercial de la Nación. 3.- Que no establezca fecha de vencimiento. c.- Seguro de Caución: en cuyo caso la póliza respectiva deberá reunir las condiciones básicas establecidas por el Decreto Nacional Nº 411 del 31 de enero de 1.969 y estar sujetas a las disposiciones de la Resolución Nº 17.047 de la Superintendencia Nacional de Seguros. A tal efecto, deberá presentar la póliza emitida por la compañía respectiva. Reaseguro: Respecto a las normas de garantías puntualizadas en los incisos b) y c) del presente, en todos los casos, el texto de la fianza bancaria y la Compañía Aseguradora, deberá resultar satisfactorio para el Municipio. Cualquier oferta que no esté acompañada por una garantía suficiente según las condiciones establecidas, será rechazada por el Municipio. La garantía de la oferta de un Oferente que no ha sido adjudicatario, le será devuelta dentro de los veintiocho (28) días hábiles, computados desde la fecha del dictado del acto administrativo de adjudicación o desde la fecha del desistimiento de su oferta. La garantía de mantenimiento de la oferta correspondiente al adjudicatario, será devuelta al adjudicatario, cuando se haya firmado el contrato y aquél hubiera presentado la garantía de cumplimiento de contrato. La garantía de la oferta será ejecutada: a) Si el Oferente retira su oferta durante su período de validez; b) Si el Oferente no acepta la comunicación de la rectificación de los errores materiales del monto de la oferta. c) En el caso de un adjudicatario, si no concurriere, dentro del plazo establecido, a la firma del contrato y si no presenta la garantía de cumplimiento del mismo. En todos los casos antes mencionados, las garantías deberán ser constituidas a satisfacción del Municipio, el que podrá en cualquier tiempo solicitar fundadamente su sustitución por otra opción que resulte conveniente para el Municipio. La garantía constituida conforme a lo previsto precedentemente, estará destinada a asegurar y afianzar la seriedad y el mantenimiento de la oferta previsto en el articulado del presente Pliego. Los Oferentes deberán mantener sus ofertas durante un plazo de noventa días (90) corridos, contados a partir del Acto de apertura de sobres. ARTÍCULO 17º: RECHAZO DE LAS OFERTAS El Municipio resolverá la ADJUDICACIÓN de las PRESTACIONES BÁSICAS Y COMPLEMENTARIAS, según los criterios establecidos en el presente PLIEGO.

e. 10/01/2024 N° 1108/24 v. 10/01/2024

Fecha de publicación 10/01/2024