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28 de Mayo de 2025

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Tercera sección


EJÉRCITO ARGENTINO

Licitación Pública 0320/2025

UOC: 84/40 - Comando Brigada Mecanizada X Ejercicio: 2025 Clase: Única Nacional Modalidad: Orden de compra abierta Expediente N°: EX-2025-39322696- -APN-CBMX#EA Dictamen de Evaluación Año: 2025 Fecha: 27-05-2025 Objeto: ADQUIRIR FRUTAS Y VERDURAS PARA LOS MESES DE JUNIO, JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE DEL 2025. Texto del Dictamen de Evaluación: Teniendo en cuenta lo expresado anteriormente y los criterios de evaluación previstos en el punto 6 y punto 25 del PByCP esta Comisión Evaluadora recomienda adjudicar en orden de mérito UNO (01) a la firma comercial GUILLERMO ENRIQUE HERMOSO CUIT: 20-24777035-7, los renglones Nro. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 por cumplir con los criterios de evaluación Administrativos, Económico y Técnicos y ser considerada la oferta más conveniente para este organismo. Esta comisión evaluadora toma en consideración la oferta de la firma comercial GUSTAVO LABBOZZETTA CUIT: 20-36484605-4, y recomienda dejar en orden de mérito DOS (02) en los renglones Nro. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13, por cumplir con los criterios de evaluación Administrativos, Económico y Técnicos, pero es economicamente menos conveniente para este Comando de Brigada y sus Guarniciones dependientes por lo cual se le asigna este orden de merito. Que de la evaluación administrativa de la oferta presentada por la firma comercial FERNANDO JOSE BUCCIARELLI CUIT: 20-20743710-8 surge la no presentación del la habilitación Comercial ni la declaracion jurada de intereses prevista en el Decreto N° 202/2017 y solicitada en el punto 14 inc b) y l) del PByCP, siendo intimado por la UOC en el periodo de vistas y por esta Comisión Evaluadora dando cumplimiento a lo establecido en Art 31 del PByCG “SUBSANACION DE OFERTAS…. El plazo de subsanación sera de TRES (3) días hábiles administrativos o el plazo mayor que eventúalmente se estipúle en los PBCP y tendra caracter preclúsivo: fenecido el mismo, ningúna presentación y/o solicitúd sera validamente aceptada y correspondera la desestimación de la oferta…” sin obtener respuesta ni ningun tipo de descargo por parte de la firma comercial. Con el fin de no afectar los principios de igúaldad y transparencia, ni alterar los términos de las ofertas presentadas y por lo expuesto anteriormente se recomienda desestimar la oferta de la firma comercial FERNANDO JOSE BUCCIARELLI CUIT: 20-20743710-8.

e. 27/05/2025 N° 35333/25 v. 28/05/2025

Fecha de publicación 27/05/2025