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5 de Junio de 2025

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Tercera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Licitación Pública 1/2025

UOC: 55 - Gerencia de Administración- Área de Compras y Contrataciones Ejercicio: 2025 Clase: Única Nacional Modalidad: Orden de compra abierta Expediente N°: EX-2025-44910297- -APN-GA#ENARGAS Objeto: SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE CORREO POSTAL Texto del Aviso: (...)Por ello, EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Desestimar la oferta presentada por la firma LATIN AMERICA POSTAL S.A., para la Licitacion Publica identificada bajo el Procedimiento N° 55-0001-LPU25, cuyo objeto es la contratación del servicio de distribución de correo postal para el ENARGAS, por no cumplir con los aspectos administrativos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2025-45584411-APN-GA#ENARGAS). ARTÍCULO 2°.- Adjudicar a la firma CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. la Licitacion Publica identificada bajo el Procedimiento N° 55-0001-LPU25, para la contratación del servicio de distribución de correo postal para el ENARGAS, a formalizarse mediante la modalidad de Orden de Compra Abierta, por cumplir con los aspectos administrativos y técnicos solicitados en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (PLIEG-2025-45584411-APN-GA#ENARGAS) y ser la oferta más conveniente, por un valor total máximo de PESOS CIENTO ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 15/100 ($111.810.387,15.-). ARTÍCULO 3°.- Imputar los importes que resulten de cada Solicitud de Provisión, a la Partida Presupuestaria 3.1.5. ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución podrá ser objeto de los recursos de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimiento Administrativo aprobado por Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), dentro de los VEINTE (20) días hábiles administrativos. Asimismo, será impugnable mediante el recurso directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el artículo 70 de la Ley N° 24.076 (modificado por el Art. 157 de la Ley N° 27.742), dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales posteriores a su notificación. ARTÍCULO 5°.- Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar.

e. 03/06/2025 N° 37770/25 v. 03/06/2025

Fecha de publicación 03/06/2025