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13 de Agosto de 2025

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Tercera sección


FUERZA AÉREA ARGENTINA

Licitación Pública 91/2025

UOC: 40/001 - UOC DPTO CDR Ejercicio: 2025 Clase: Única Internacional Modalidad: Orden de compra abierta Expediente N°: EX-2025-51318761- -APN-DCON#FAA Tipo de Circular: Modificatoria Sin consulta Número de Circular: 1 Año de Circular: 2025 Fecha de Circular: 12-08-2025 Objeto: CURSO DE ENTRENAMIENTO EN SIMULADOR DE VUELO DE BOEING 737-700 Texto de la Circular: CIRCULAR N° 01 TIPO: MODIFICATORIA PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: 40/1-0091-LPU25 Clase: Etapa Única Internacional Modalidad: Orden de Compra Abierta Expediente N°: EX-2025-51318761- -APN-DCON#FAA Objeto: CURSO DE ENTRENAMIENTO EN SIMULADOR DE VUELO DE BOEING 737-700 RESUMEN: Se modifica clausula MONEDA DE COTIZACION DESCRIPCIÓN: Conforme a lo dispuesto en el Articulo 50 Apartado 5 del Decreto N° 1030/2016, se modifica la cláusula MONEDA DE COTIZACION del pliego de bases y condiciones particulares: DONDE DICE: MONEDA DE COTIZACIÓN El oferente deberá cotizar en moneda DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S) debido a que el objeto de la contratación es de origen extranjero como así también su alcance. El pago se realizará en moneda nacional se calculará el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA (BNA) vigente al momento de la acreditación bancaria correspondiente. Con la finalidad de facilitar la comparación de las ofertas, todas las cotizaciones unitarias y totales deberán ajustarse a cifras que respondan hasta DOS (2) decimales. Para las cotizaciones que no cumplan con este requisito, se considerarán solamente los DOS (2) primeros dígitos decimales sin redondeo. DEBE DECIR: MONEDA DE COTIZACIÓN El oferente deberá cotizar en moneda DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S) / EUROS (€), debido a que el objeto de la contratación es de origen extranjero como así también su alcance. El pago se realizará en moneda nacional se calculará el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA (BNA) vigente al momento de la acreditación bancaria correspondiente. Con la finalidad de facilitar la comparación de las ofertas, todas las cotizaciones unitarias y totales deberán ajustarse a cifras que respondan hasta DOS (2) decimales. Para las cotizaciones que no cumplan con este requisito, se considerarán solamente los DOS (2) primeros dígitos decimales sin redondeo.

e. 13/08/2025 N° 57712/25 v. 13/08/2025

Fecha de publicación 13/08/2025