Edición del
1 de Abril de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Contrataciones
Tercera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Licitación Pública PROCESO COMPR.AR N° 63-0006-LPU25

PROCESO COMPR.AR N° 63-0006-LPU25 Clase/Causal del procedimiento: Etapa Única Nacional Modalidad: Sin Modalidad N° de Expediente Electrónico: EX-2025-36308749-ANSES-DC#ANSES Objeto: Adquisición de ropa de trabajo para ser utilizados por el personal de mantenimiento de esta Administración Nacional de la Seguridad Social. OBSERVACIONES GENERALES Se comunica que por Resolución RESOL-2025-48-ANSES-DGO#ANSES se resolvió: ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado en el marco de la Licitación Pública Nº 63-0006-LPU25, en el marco de lo dispuesto en el apartado 1) inciso a) artículo 25 del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorias, en concordancia con lo establecido en los artículos 1°, 10 y 27 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Reglamentario N° 1030/16 y sus modificatorias, tendiente a la adquisición de ropa de trabajo para ser utilizados por el personal de mantenimiento de esta Administración Nacional de la Seguridad Social. ARTÍCULO 2°.- Ténganse por desistidas, sin penalidad, en el marco de la Licitación Pública N° 63-0006-LPU25 a las ofertas acercadas por las firmas SECURITY SUPPLY S.A. (C.U.I.T.: 30-70783780-9), COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA (C.U.I.T.: 30-70917623-0), ONITRAM S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71777661-1), INDUSTRIAS MAS S.R.L (C.U.I.T.: 30-70704199-0) e INVE S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71664509-2) para los renglones ofertados, por las razones expuestas en los Considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 3°.- Decláranse fracasados los renglones 6 y 9, conforme los Considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 4°.- Desestímanse, en el marco de la Licitación Pública N° 63-0006-LPU25, las propuestas alcanzadas por las firmas ARGIE TOURS S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71356990-5) para los renglones 1, 6, 7, 8 y 9 (todos para la alternativa 1); JS SOLUCIONES (C.U.I.T.: 30-71872914-5) para los renglones 2, 6 y 9 (todos para la alternativa 1); BRCB SALUD S.A.S. (C.U.I.T.: 30-71615382-3) para los renglones 1, 4, 6, 8 y 9 (todos para la alternativa 1); NO RISK S.A. (C.U.I.T.: 33-71521120-9) para los renglones 1, 2, 4, 6 y 7 (todos para la alternativa 1); INDUMENTARIA LUJÁN S.A. (C.U.I.T.: 30-71428697-4) para los renglones 1 al 9 (todos para la alternativa 1); SECURITY SUPPLY S.A. (C.U.I.T.: 30-70783780-9) para el renglón 4 (alternativas 1 y 2); BLANCO SERRA NICOLAS Y FRONTANI DANIELA SOCIEDAD LEY 19550 CAPITULO I, SECCION IV (C.U.I.T.:30-71603242-2) para los renglones 1, 2, 3, 5, 6, 7 (todos para la alternativa 1), 8 (alternativa 1 y 2) y 9 (alternativa 1); TEXTIL KAIROS S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71155430-7) para los renglones 1 al 9 (todos para la alternativa 1); COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA (C.U.I.T.: 30-70917623-0) para los renglones 1 al 9 (todos para la alternativa 1); SILVER GREY S.A. (C.U.I.T.: 30-71752418-3) para los renglones 5, 6, 7, 8 y 9 (todos para la alternativa 1); INSUMHOS S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71700579-8) para los renglones 1, 2, 3, 6, 7, 8 y 9 (todos para la alternativa 1); ORELION PROVISIÓN Y SERVICIOS S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71620336-7) para los renglones 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8 y 9 (todos para la alternativa 1) ONITRAM S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71777661-1) para los renglones 1, 2, 4, 5, 6 y 7 (todos para la alternativa 1); AMES RUTH ANGÉLICA y AMES MARÍA VERÓNICA S.S. (C.U.I.T.: 30-68229867-3) para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 (todos para la alternativa 1); INVE S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71664509-2) para los renglones 1 2, 3, 6, 7, 8 y 9 (todos para la alternativa 1); BARREL S.R.L. (C.U.I.T.: 30-71491857-1) para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 (todos para alternativa 1) y Facundo Eric Hernán BUSTO (C.U.I.T.: 20-33498143-7) para los renglones 1, 2, 6, 7, 8 y 9 (todos para la alternativa 1), conforme los Considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 5°.- Apruébanse, en el marco de la Licitación Pública Nº 63-0006-LPU25, para el primer, segundo y tercer orden de mérito, a las ofertas presentadas por las firmas JS SOLUCIONES (C.U.I.T.: 30-71872914-5), BRCB SALUD S.A. (C.U.I.T.: 30-71615382-3) y NO RISK S.A. (C.U.I.T.: 33-71521120-9), respectivamente, en relación los renglones que se consignan en el Anexo I N° IF-2025-104613122-ANSES-DC#ANSES que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme los Considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 6°.- Adjudícase, en el marco de la Licitación Pública Nº 63-0006-LPU25, a las ofertas presentadas por las firmas JS SOLUCIONES (C.U.I.T.: 30-71872914-5) y BRCB SALUD S.A. (C.U.I.T.: 30-71615382-3) en relación a los renglones y por los montos que se consignan en el Anexo II N° IF-2025-119851329-ANSESDC#ANSES que forma parte integrante de la presente por la suma total de PESOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA ($ 26.567.160,00), conforme lo establecido en los Considerando de la presente Resolución.

e. 07/11/2025 N° 84408/25 v. 07/11/2025

Fecha de publicación 07/11/2025