MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN
Licitación Pública 2/2026
PROVISIÓN, INSTALACIÓN Y SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE ENLACES DE ACCESO A INTERNET EN DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN. CUDAP: EXP-MPF: 5321/2025 RESOLUCIÓN ADM 184/26 -ADJUDICAR a la firma TELECOM ARGENTINA S.A. los Renglones 1, 3 a 6, 9, 11 a 16, 18 a 20, 22 a 34, 37 a 44, 47, 50 a 54, 56 a 60, 62, 64 a 69, 71, 73, 74, 76, 78 a 84, 87, 88, 96 a 98, 109 a 111, 115, 118, 119, 126, 127, 129 a 132, 135, 137, 138, 140, 147 a 149, 151, 153 a 156 y 163 a 165 por la suma mensual de pesos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta ($ 54.450,00), respectivamente; los Renglones 2, 21, 35, 36, 45, 46, 48, 49, 70 por la suma mensual de pesos cincuenta y ocho mil ochenta ($ 58.080,00) respectivamente y los Renglones 10, 55, 61, 63, 72, 75, 85, 86, 89 a 91, 95, 99 a 108, 112 a 114, 116, 121 a 125, 134, 139, 145, 146 y 157 por la suma mensual de pesos ciento un mil setecientos con 50/100 ($ 101.700,50), respectivamente lo que asciende a la suma total por doce (12) meses de pesos ciento trece millones quinientos ochenta y siete mil cincuenta y seis ($ 113.587.056,00). -ADJUDICAR a la firma NSS S.A. los Renglones 7 y 169 por la suma mensual de pesos ciento cincuenta y siete mil novecientos cinco ($ 157.905,00) respectivamente; y los Renglones 8 y 168 por la suma mensual de pesos setenta mil ciento ochenta ($ 70.180,00), respectivamente; lo que asciende a la suma total por doce (12) meses de pesos cinco millones cuatrocientos setenta y cuatro mil cuarenta ($ 5.474.040,00). -ADJUDICAR a la firma ARLINK S.A. los Renglones 92, 117, 141, 144, 158, 159, 161, 162 por la suma mensual de pesos ochenta y nueve mil ($ 89.000,00), respectivamente; lo que asciende a la suma total por doce (12) meses de pesos ocho millones quinientos cuarenta y cuatro mil ($ 8.544.000,00); adicionando la suma de pesos setecientos doce mil ($ 712.000,00) correspondiente al costo de instalación por única vez; totalizando la suma de pesos nueve millones doscientos cincuenta y seis mil ($ 9.256.000,00). -ADJUDICAR a la firma TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A. los Renglones 93, 94, 128, 133, 143 y 166 por la suma mensual de pesos noventa y cuatro mil cuatrocientos noventa con 17/100 ($ 94.490,17), respectivamente; lo que asciende a la suma total por doce (12) meses de pesos seis millones ochocientos tres mil doscientos noventa y dos con 24/100 ($ 6.803.292,24). -ADJUDICAR a la firma TELMEX ARGENTINA S.A. el Renglón 167 por la suma mensual de pesos doscientos catorce mil ochocientos noventa y seis ($ 214.896,00), lo que asciende a la suma total por doce (12) meses de dos millones quinientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta y dos ($ 2.578.752,00). -DESESTIMAR los Renglones 4 a 6, 8, 9, 11, 13 a 16, 18 a 21, 23 a 26, 28 a 34, 37, 39, 40, 41 a 43, 47 a 54, 58, 59, 65 a 68, 70, 71, 74, 76, 79 a 81, 83 a 85, 87 a 89, 96 a 98, 102, 103, 115, 117, 119, 123, 124, 126, 127, 138, 141 a 144, 148, 149, 153 a 155, 158, 159, 164 a 166 de la Oferta TELMEX ARGENTINA S.A.; la totalidad de la Oferta NETPATAGONIA S.A.S.; los Renglones 3, 38, 39, 54, 55 a 57, 59 a 95, 97 a 100, 102 a 105, 107, 108, 110 a 114, 115, 116, 117 a 149, 151, 152 a 159, 161 a 163 y 166 de la Oferta NSS S.A.; los Renglones 2, 5 a 8, 10, 14, 16, 18 a 20, 22 a 25, 35 a 37, 40, 41, 46, 50 a 53, 66, 118, 147 a 149, 151 y 166 de la Oferta CIRION TECHNOLOGIES ARGENTINA S.A.; los Renglones 7 y 169 de la Oferta TELECOM ARGENTINA S.A.; el Renglón 119 de la Oferta ARLINK S.A.; y los Renglones 102, 119 de la Oferta de TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A.; por resultar económicamente inconvenientes a los intereses del Organismo. -RECHAZAR la Oferta de la firma CALETA VIDEO CABLE S.R.L., por presentar un error no subsanable en la cotización (art. 8 in fine del PBCP) y de tal magnitud que impidió conocer con certeza la oferta propiamente dicha, impidiendo su comparación desde el punto de vista económico. -RECHAZAR la Oferta de la firma CPS COMUNICACIONES S.A. y la Oferta GIGARED S.A., por error de cotización y consecuente diferencia en el monto de constitución de la garantía de mantenimiento de oferta (art. 12 y 17 inc. c del PBCP). -RECHAZAR la Oferta de la firma SION S.A., por presentar la oferta con firma facsimilar y sin firma original (art. 17, inc. a) del PBCP). -DECLARAR FRACASADOS los Renglones 77, 120, 136, 142, 150, 152 y 160. -DECLARAR DESIERTO el Renglón 17. VER RESOLUCIÓN: www.mpf.gob.ar/contrataciones/licitacion/
e. 14/07/2026 N° 48621/26 v. 14/07/2026
Fecha de publicación 14/07/2026