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24 de Agosto de 2026

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Tercera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Licitación Pública Proceso Comprar 63-0050-LPU25

PROCESO COMPRAR N° 63-0050-LPU25 Clase/Causal del procedimiento: Etapa Única Nacional Modalidad: Sin modalidad. Nº de Expediente: EX-2025-69514881- -ANSES-DC#ANSES Objeto: Contratación de seguro para obras de arte; seguro contra incendio de edificios y contenido general de los mismos, seguro de responsabilidad civil, seguro automotor y técnico. OBSERVACIONES GENERALES Se comunica que por Resolución RESOL-2026-244-ANSES-ANSES se resolvió: ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado en el marco de la Licitación Pública N° 63-0050-LPU25, conforme lo dispuesto en el marco del apartado 1) del inciso a) del artículo 25 del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorias, en concordancia con lo establecido en los artículos 1°, 10 y 27 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Reglamentario N° 1030/16 y sus modificatorias, tendiente a la contratación de seguro para obras de arte, seguro contra incendio de edificios y contenido general de los mismos, seguro de responsabilidad civil, seguro automotor y seguro técnico, por un período de DOCE (12) meses. ARTÍCULO 2°.- Considéranse desistidas, sin penalidad, en el marco de la Licitación Pública N° 63-0050-LPU25, a las ofertas presentadas por las firmas NACIÓN SEGUROS S.A. (C.U.I.T. N° 30-67856116-5) y SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-50004946-0), por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 3°.- Desestímanse, en el marco de la Licitación Pública N° 63-0050-LPU25, las ofertas presentadas por las firmas PROVINCIA SEGUROS S.A. (C.U.I.T. N° 30-52750816-5); INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO (C.U.I.T. N° 30-50005550-9); CAJA DE SEGUROS S.A. (C.U.I.T. N° 30-66320562-1) y COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-50003691-1), conforme los considerandos de este acto. ARTÍCULO 4°.- Decláranse fracasados los renglones 1, 2 y 5 de la Licitación Pública N° 63-0050-LPU25, conforme a las razones expresadas en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 5°.- Déjanse sin efecto los renglones 3 y 4 de la Licitación Pública N° 63-0050-LPU25, en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos de este acto administrativo. ARTÍCULO 6°.- Declárase fracasada la Licitación Pública N° 63-0050-LPU25, por las razones esgrimidas en la presente resolución.

e. 21/08/2026 N° 58777/26 v. 21/08/2026

Fecha de publicación 21/08/2026