MINISTERIO DE SEGURIDAD POLICÍA FEDERAL ARGENTINA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN DIVISIÓN CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 5/2015 Ejercicio: 2015 DICTAMEN DE EVALUACIÓN N° 73/2015 DE FECHA 21-08-2015 Expediente N° 831-01-000190-2012
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: “ADQUISICIÓN DE UN (1) SISTEMA DE COMUNICACIONES INTERNAS POLICIALES (SOFTWARE) Y HARDWARE”.
Clase: NACIONAL DE ETAPA ÚNICA Modalidad: LLAVE EN MANO DICTAMEN DE EVALUACIÓN I.- Vuelve a consideración y dictamen de esta COMISIÓN EVALUADORA, el expediente en vista, originado en la tramitación de la Licitación Pública N° 5/2015 sustanciada para la “Adquisición de UN (1) Sistema de Comunicaciones Internas Policiales (SOFTWARE) y Hardware” solicitada por la División TELEPROCESOS. II.- Del acta de apertura de ofertas surge que se ha recibido UN (1) sobre cerrado perteneciente a la firma TECOAR S.A., con su correspondiente oferta económica. III.- Luce anexada Nota SIGEN N° 2297/2015 - SCyMI vinculada con la solicitud de Precios Testigo para el presente trámite licitatorio, por la cual el citado Órgano de Contralor brindó Valor FOB de Referencia para el Ítem 2 del Renglón N° 1. Asimismo para el Ítem 1 del citado Renglón puso en conocimiento que, en virtud de lo establecido en el Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en el Artículo 3°, Inciso c) Acápite c) “la realización de obras técnicas cuya ejecución deba confiarse especialistas”, se encuentran excluidas del Control de Precios Testigo. IV.- La dependencia requirente confeccionó informe técnico a los efectos de evaluar si el equipamiento ofrecido por la firma TECOAR S.A. se ajustaba a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, así como también si los precios cotizados resultaban equitativos y corrientes en plaza, comunicando: El equipamiento cotizado para el Item N° 2 del Renglón N° 1 por la SIGEN posee menores características técnicas que el solicitado por esa dependencia, por lo que concluye que el ofertado por la firma TECOAR S.A. es compatible con el equipamiento indicado en el pliego licitario y el precio es equitativo y corriente en plaza en la actualidad. Con relación al Item N° 1 señala que si bien el diseño del software se encuentra excluido del “Precio Testigo”, sería de buenas prácticas, y para tener un panorama más amplio y detallado de lo ofertado por la empresa TECOAR S.A., la disgregación en diferentes ítems, en donde explique el monto que cotiza. V.- Del análisis de la propuesta presentada, se advirtió que resultaba necesario intimar a la firma TECOAR S.A. a la subsanación de los defectos formales que presentaba su propuesta, conforme lo dispuesto en el Artículo 85 del Anexo al Decreto N° 893/2012. La firma interesada fue fehacientemente notificada. VI.- La firma TECOAR S.A. dio cumplimiento a la intimación cursada. VII.- Se dio nueva intervención a la División TELEPROCESOS a los efectos ratifique o rectifique lo informado oportunamente con relación a los precios cotizados, debiendo contemplar la desagregación de costos efectuada por la firma TECOAR S.A., expresando: Se RATIFICA lo informado oportunamente con relación a los precios cotizados, teniendo en cuenta la desagregación del importe y precios de cada uno de los componentes de los ítems que conforman la oferta. Asimismo RATIFICA la evaluación realizada por personal de esa Dependencia, respecto de las características técnicas y al valor de cotización actual en el mercado de lo solicitado en ítem 2 Renglón N° 1, en el cual se tuvo en cuenta el Valor FOB de Referencia informado oportunamente por la SIGEN. VIII.- En su anterior intervención este Órgano Evaluador, habiendo realizado una nueva evaluación de los precios cotizados y los valores informados por la Sindicatura General de la Nación, opinó que debería solicitarse una Mejora de Precios a la firma TECOAR S.A. para el Item N° 2 del Renglón N° 1, aplicándose al efecto el plazo estipulado en el Artículo 85 del Anexo al Decreto N° 893/12. La firma interesada fue fehacientemente notificada. IX.- La oferente TECOAR S.A. ofreció una bonificación del CINCO POR CIENTO (5%) sobre el Item N° 2 del Renglón N° 1, en respuesta a la requisitoria realizada. X.- Obra nueva intervención de la dependencia requirente, por la cual se realizó una nueva evaluación del precio ofertado para el Item 2 del Renglón N° 1 por la firma TECOAR S.A., teniendo en cuenta la Mejora de Precios propuesta y el Valor FOB de Referencia informado por la SIGEN, concluyendo en su informe que debería aprobarse la mejora de precios presentada por la oferente en cuestión y que los importes a la fecha son corrientes y equitativos en plaza. XI.- Por lo expuesto precedentemente y dado que hasta aquí estas actuaciones han tramitado acorde a las disposiciones legales vigentes, es opinión de esta COMISIÓN EVALUADORA que correspondería dictar acto administrativo adjudicando a la firma TECOAR S.A. el Renglón N° 1 - Ítems 1 y 2 —con Mejora de Precios—, por ajustarse a lo solicitado y ser sus precios equitativos y corrientes en plaza.

e. 28/08/2015 N° 139308/15 v. 28/08/2015
Fecha de publicación 28/08/2015