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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 298-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2017

VISTO el Expediente Nº 209-156.845/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 398-E del 26 de agosto de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/7 del Expediente Nº 209-156.845/16, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE FORMOSA (S.O.S.F.) por la parte sindical, y la empresa AGUAS DE FORMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo Nº 1145/10 “E” conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 398-E/16 y registrado bajo el Nº 977/16, conforme surge de fojas 39/40 y 44, respectivamente.

Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FE.N.T.O.S.), según consta a fojas 21.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 54/59, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 398-E del 26 de agosto de 2016 y registrado bajo el Nº 977/16 suscripto entre el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE FORMOSA (S.O.S.F.) y la empresa AGUAS DE FORMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 21 por la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FE.N.T.O.S.), conforme al detalle que, como ANEXO IF-2017-02703269-APN-SECT#MT, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.

ANEXO
Partes Signatarias: SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE FORMOSA (S.O.S.F.) c/ AGUAS DE FORMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Ratificado por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FE.N.T.O.S.)
CCT Nº 1145/10 “E”


Fecha de entrada en vigencia
Promedio de las RemuneracionesTope indemnizatorio Resultante
01/04/2016 $ 16.086,77 $ 48.260,31
01/07/2016 $ 17.427,19 $ 52.281,57
01/10/2016 $ 18.096,49 $ 54.289,47


IF-2017-02703269-APN-SECT#MT

Fecha de publicación 15/03/2017