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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 39-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2017

VISTO el Expediente Nº S05:0037595/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución Nº RESOL-2016-313-E-APN#MA de fecha 2 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que por RESOL-2016-313-E-APN#MA de fecha 2 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se aprobó la convocatoria de proyectos e ideas proyecto, AGROEMPRENDE CATAMARCA 2016: INNOVANDO EN EL TERRITORIO.

Que la mencionada convocatoria se realizó de acuerdo al cronograma establecido en sus Bases y Condiciones.

Que por la Resolución Nº RESOL-2016-19-E-APN-SECCYDT#MA de fecha 23 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se aprobó el otorgamiento de los reconocimientos estímulo a los proyectos seleccionados.

Que por motivos de cambio de ejercicio no se hizo efectivo el pago de dichos reconocimientos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO
DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el Artículo 6º de la Resolución Nº RESOL-2016-313-E-APN#MA de fecha 2 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA por el siguiente texto “ARTÍCULO 6º.- Dispónese la suma de hasta PESOS DOS MILLONES ($2.000.000.-) para el financiamiento de los gastos que demande la implementación de la presente medida, los que serán imputados al crédito previsto para la Jurisdicción 52 - Programa 46 – Políticas para Pequeños y Medianos Productores y Desarrollo Territorial en su formulación de políticas para el Desarrollo Territorial, correspondiente al Ejercicio 2017”.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.

e. 15/03/2017 N° 14821/17 v. 15/03/2017

Fecha de publicación 15/03/2017