ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 1501-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2017
VISTO el Expediente Nº 2.382/2017 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes Nº 6.391/2004, 12.467/2010, 12.480/2010, 57/2011, 421/2011, 1.072/2014, 1.073/2014, 1.074/2014, 1.076/2014, 1.078/2014, 1.079/2014, 1.454/2014, 1.563/2014, 1.565/2014 del Registro de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes Nº 16.602/2016, 2.692/2017, 2.789/2017, 2.856/2017, 738/2017 y 2.745/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Resolución Nº 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES y modificatoria, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) y se aprobó su Reglamento.
Que mediante Resolución Nº 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fecha no cuentan con normas técnicas.
Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solicitado el otorgamiento y renovación de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).
Que los requirentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Que los Informes vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes señalados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadas en el segundo y en el tercer considerando de la presente.
Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las inscripciones y renovaciones solicitadas conforme se documenta en el ACTA N° 1089.
Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Nº 2 de fecha 1 de febrero de 2016 se delegó en su Presidente la firma de las inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Otórgase la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2017-02795301-APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2017-02795292- APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Otórgase la renovación de la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2017-02795285-APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4° — Otórgase la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones a los solicitantes cuyos detalles se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2017-02795281-APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5° — Cada unidad, cuya inscripción se otorga por la presente Resolución, deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.
ARTÍCULO 6° — Déjase establecido que las inscripciones y renovaciones otorgadas por los Artículos 2º y 4º tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, conforme lo determina el inciso 6.3 del Anexo I de la Resolución Nº 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 7° — Déjase establecido que las inscripciones y renovaciones otorgadas por los Artículos 1º y 3º tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, las que deberán ser interpuestas dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente.
ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.
ANEXO
Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Marca | Modelo | Solicitante | Nº Registro |
EXPENACOM 16602/2016 | SAFRAN MORPHO | MPH-MB001A | MORPHO DE ARGENTINA S.A., | C-17429 |
EXPENACOM 2692/2017 | NOBLEX | PSB213CN | NEWSAN S.A., | C-17445 |
EXPENACOM 2789/2017 | CISCO | WAP581 | CISCO SYSTEMS ARGENTINA S.A., | C-17447 |
EXPENACOM 2856/2017 | VISONIC | SD-304C PG2 | CH INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L., | C-17446 |
IF-2017-02795301-APN-DNAYRT#ENACOM
ANEXO
Renovación de inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Marca | Modelo | Solicitante | Nº Registro |
EXPCNC 6391/2004 | MICROWAVE DATA SYSTEMS | TRANSNET 900 | MICROWAVE DATA SYSTEMS ARGENTINA S.R.L., | 16-3550 |
EXPCNC 12480/2010 | DATALOGIC | DLBTMCX | TELEMED S.R.L., | 16-9042 |
IF-2017-02795292-APN-DNAYRT#ENACOM
ANEXO
Renovación de inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Marca | Modelo | Solicitante | Nº Registro |
EXPCNC 12467/2010 | AVIAT NETWORKS | ECLIPSE 18 GHz | DMC WIRELESS SYSTEMS S.A., | C-9052 |
EXPCNC 57/2011 | CPI | VZU-6994AD | SERVICIO SATELITAL S.A., | C-9103 |
EXPCNC 421/2011 | ADVANTECH | ARUD-LKxR | SERVICIO SATELITAL S.A., | C-9126 |
EXPCNC 1072/2014 | VERTEX STANDARD | EVX 539-G6-5 (UHF) | MOTOROLA SOLUTIONS ARGENTINA S.A., | C-12940 |
EXPCNC 1073/2014 | VERTEX STANDARD | EVX-531-D0-5 (VHF) | MOTOROLA SOLUTIONS ARGENTINA S.A., | C-12942 |
EXPCNC 1074/2014 | VERTEX STANDARD | EVX-539-D0-5 (VHF) | MOTOROLA SOLUTIONS ARGENTINA S.A., | C-12941 |
EXPCNC 1076/2014 | VERTEX STANDARD | EVX-534-D0-5 (VHF) | MOTOROLA SOLUTIONS ARGENTINA S.A., | C-12943 |
EXPCNC 1078/2014 | VERTEX STANDARD | EVX 534-G6-5 (UHF) | MOTOROLA SOLUTIONS ARGENTINA S.A., | C-12961 |
EXPCNC 1079/2014 | VERTEX STANDARD | EVX 531-G6-5 (UHF) | MOTOROLA SOLUTIONS ARGENTINA S.A., | C-12962 |
EXPCNC 1454/2014 | GENERAL DYNAMICS | 1126 1.2m RD | SERVICIO SATELITAL S.A., | C-12987 |
EXPCNC 1563/2014 | JRC | NJR2837H | SERVICIO SATELITAL S.A., | C-12994 |
EXPCNC 1565/2014 | JRC | NJR2839H | SERVICIO SATELITAL S.A., | C-13008 |
IF-2017-02795285-APN-DNAYRT#ENACOM
ANEXO
Inscripciones en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones
Expediente | Documento | Solicitante | Reg. Comercialización |
EXPENACOM 738/2017 | CUIT 30-69291647-2 | MAKITA HERRAMIENTAS ELECTRICAS DE ARGENTINA S.A., | 30-2289 |
EXPENACOM 2745/2017 | CUIT 30-68723475-4 | YAMAHA MOTOR ARGENTINA S.A., | 30-2290 |
IF-2017-02795281-APN-DNAYRT#ENACOM
e. 15/03/2017 N° 14679/17 v. 15/03/2017
Fecha de publicación 15/03/2017