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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 396/2018

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2018

VISTO los Expedientes EX-2017-24233066- -APN-DPPYPPDYV#MSG y CUDAP SEG – DOCPAP 0001732/2016 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la Ley de Espacios Marítimos N° 23.968, Ley de Seguridad Interior Nº 24.059, la Ley General de la Prefectura Naval Argentina N° 18.398 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que la pesca ilegal se ha convertido en una seria amenaza a la explotación de las especies marinas reduciendo la eficacia de las medidas de conservación adoptadas por la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la Ley General de la Prefectura Naval Argentina N° 18.398 y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificatorias, y la Ley de Espacios Marítimos N° 23.968 definen el ámbito de actuación de la Prefectura Naval Argentina en las aguas marítimas jurisdiccionales donde operativamente la vigilancia y el control policial es ejercido por medio de sistemas radarizados y satelitales, buques guardacostas y aeronaves apostados a lo largo del litoral fluvial y marítimo.

Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), aprobada por la REPÚBLICA ARGENTINA mediante la Ley N° 24.543, establece que el Estado ribereño tiene derechos soberanos sobre la Zona Económica Exclusiva con el propósito de explorar, explotar, conservar y ordenar todos los recursos vivos debiendo prevenir la sobreexplotación y promover su utilización óptima.

Que la CONVEMAR otorga el derecho a los Estados ribereños a perseguir y aprehender buques extranjeros en mar libre cuando estos hayan cometido una infracción dentro de su Zona Económica Exclusiva.

Que deviene necesario establecer un Protocolo de Actuación para Unidades de Superficie que regule los procedimientos a seguir para la identificación y eventual seguimiento, detención, visita, inspección y apresamiento de buques que contravengan el ordenamiento jurídico.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.

Que la Ministra de Seguridad resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en los artículos 4° y 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. en 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese el “Protocolo de Actuación para Unidades de Superficies ante la Detección de Buques Pesqueros Extranjeros en Infracción a la Ley N° 24.922 y del Código Penal de la Nación” y sus agregados, que obran como Anexo I de la presente resolución bajo número de actuación IF-2018-22304566-APN-PNA#MSG.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 18/05/2018 N° 34661/18 v. 18/05/2018

Fecha de publicación 18/05/2018