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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 145/2019

RESOL-2019-145-APN-INASE#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 14/05/2019

Visto el Expediente EX-2019-35804201--APN-DSA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado expediente la ASOCIACIÓN MAÍZ Y SORGO ARGENTINO, elevó la solicitud de auspicio institucional al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO para la realización del Congreso MAIZAR 2019 a realizarse el día 28 de mayo del corriente año en el Complejo Golden Center, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a través del presente auspicio institucional tiene relevancia ya que es intención de la ASOCIACIÓN MAÍZ Y SORGO ARGENTINO, apoyar a la cadena del maíz y del sorgo, especies de fiscalización obligatoria del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que la presencia del organismo se efectúa a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utiliza la organización para su difusión.

Que el presente auspicio no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.

Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por la Ley Nº 25.845, el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dése por otorgado el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para la realización del Congreso MAIZAR 2019 a realizarse el día 28 de mayo del corriente año en el Complejo Golden Center, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Raimundo Lavignolle

e. 17/05/2019 N° 33662/19 v. 17/05/2019

Fecha de publicación 17/05/2019