MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 600/2018
RESOL-2018-600-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2018
VISTO el Expediente Nº 314.219/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o. 2004) y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 314.219/17, luce el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA por el sector sindical y la empresa SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS ELÉCTRICOS SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, el cual ha sido ratificado por las partes a fojas 13 y 32.
Que en el mismo, las partes acuerdan un incremento en las remuneraciones de carácter no remunerativo, no bonificable, y el otorgamiento de una gratificación extraordinaria por única vez, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.
Que en tal sentido, es de remarcar que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente acto.
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que está acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han ratificado su contenido, acreditando sus personerías con las constancias obrantes en autos y teniendo acreditada las mismas ante esta Cartera de Estado.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA por el sector sindical y la empresa SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS ELECTRICOS SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, el cual luce a fojas 4/5 del Expediente Nº 314.219/17, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acuerdo que luce a fojas 4/5 del Expediente Nº 314.219/17.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/08/2019 N° 54583/19 v. 02/08/2019
Fecha de publicación 02/08/2019