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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 609/2018

RESOL-2018-609-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2018

VISTO el Expediente N° 1.743.028/16 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones luce la solicitud de homologación de los Acuerdos obrantes a fs. 2/7 y 25/32 del Expediente N° 1.743.028/16, celebrados entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES y el SINDICATO DE TRABAJADORES CERVECEROS ISENBECK por la entidad gremial y CERVECERIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ISENBECK por la parte empresaria, en el marco del CCT 575/10 ratificado por las partes a fs. 23, 24 y 33, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dichos instrumentos las partes acuerdan el alcance de los objetivos para el pago correspondiente al Bono Anual de Temporada Baja en el primer acuerdo que rige desde el 1 de Abril de 2016 hasta el 30 de Septiembre de 2016 y en el segundo correspondiente al Bono Anual de Temporada Alta que rige desde el 1 de Octubre de 2016 hasta el 30 de Marzo de 2017.

Que el ámbito de aplicación de los instrumentos cuya homologación se pretende, se corresponde con la actividad principal de la empleadora firmante, y la representatividad de la Entidad Sindical suscriptora, emergente de su Personería Gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 676/17

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Declárase homologado el Acuerdo celebrado obrante a fs. 2/7 del Expediente N° 1.743.028/16, celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES y el SINDICATO DE TRABAJADORES CERVECEROS ISENBECK por la entidad gremial y CERVECERIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ISENBECK por la parte empresaria, en el marco del CCT 575/10 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado obrante a fs. 25/32 del Expediente N° 1.743.028/16, celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVECEROS Y AFINES y el SINDICATO DE TRABAJADORES CERVECEROS ISENBECK por la entidad gremial y CERVECERIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ISENBECK por la parte empresaria, en el marco del CCT 575/10 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3°.-Gírese a la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA. Cumplido, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro de los Acuerdos obrantes a fs. 2/7 y 25/32 respectivamente del Expediente N° 1.743.028/16.

ARTICULO 4º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el CCT 575/10

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/08/2019 N° 54607/19 v. 02/08/2019

Fecha de publicación 02/08/2019