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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 1256/1992

Buenos Aires, 17/07/1992

VISTO el tratamiento que tiene la “Cuestión Malvinas” en el seno del Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS cuyas sesiones se están realizando en la ciudad de NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y la presentación prevista para el 29 de julio próximo de peticionarios en apoyo de la posición del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, y

CONSIDERANDO:

Que la intervención en dicha Organización de peticionarios en apoyo de la posición argentina es coadyuvante de la política nacional en la materia, contrarrestando la argumentación de peticionarios cuya comparencia es promovida por la parte británica.

Que la participación de peticionarios que apoyen la posición argentina a través de declaraciones y testimonios constituye un arbitrio efectivo en respaldo de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas.

Que las personas que peticionarán tienen su residencia en el interior del país, debiendo viajar a esta Capital Federal en primer término y luego hacia la ciudad de NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a auspiciar la concurrencia a dicho Ministerio y posterior viaje a NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA de los señores James Douglas LEWIS y Juan SCOTT ambos con residencia en el PUERTO DE SANTA CRUZ, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, a efectos de considerar, preparar e instrumentar la acción mencionada en los considerandos del presente.

ARTICULO 2°.- El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO se hará cargo de los gastos de alojamiento, comida y pasajes que se originen en la República y que sean inherentes al cumplimiento integral de la misión que se asigna a las personas citadas en el Artículo anterior.

ARTICULO 3°.- Por la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO se extenderán las órdenes de pasajes vía aérea clase turista endosable RIO GALLEGOS-BUENOS AIRES-NUEVA YORK-BUENOS AIRES-RIO GALLEGOS para los señores James Douglas LEWIS y Juan SCOTT y se les liquidará a cada uno de ellos en concepto de viáticos por su desplazamiento en el exterior la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON SESENTA Y CUATRO DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 332.64) diarios, teniendo en cuenta que la duración aproximada de la misión será de SIETE (7) días, con fecha posible de partida el 24 de julio de 1992.

ARTICULO 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas pertinentes del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para el ejercicio 1992.

ARTICULO 5°.- Comuníquese y archívese. MENEM

e. 28/08/2019 N° 62704/19 v. 28/08/2019

Fecha de publicación 28/08/2019