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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 215/2019

RESOL-2019-215-APN-INPI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2019

VISTO el Expediente Nº EX2019-74654581--APN-DO#INPI del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Natalia KORMAN (DNI N° 28.642.321) ha solicitado, en fecha 26 de Junio de 2019, la suspensión por el término de UN (1) año de la matrícula Nº 1839 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Que la suspensión de la matrícula está prevista por el artículo 17 de la Resolución INPI P-101 de fecha 18 de abril de 2006, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, por el término de UN (1) año.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que la interesada notifique su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), se encuentra facultado para suscribir la presente suspensión.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aceptase la suspensión por el término de UN (1) año a la Sra. Natalia KORMAN (DNI Nº 28.642.321) a la Matrícula Nº 1839 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

ARTICULO 2º.- Procédase a formalizar la suspensión del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento Operativo de la Dirección Operativa.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al interesado que le incumbe la obligación de notificar su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

ARTICULO 4º.-. Notifíquese al interesado y a los sectores intervinientes del Instituto.

ARTICULO 5º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y Patentes, comuníquese y archívese. Dámaso Pardo

e. 30/08/2019 N° 64397/19 v. 30/08/2019

Fecha de publicación 30/08/2019