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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 365/2019

RESOL-2019-365-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.1.1: “Norma Básica de Seguridad Radiológica” Revisión 3, lo actuado en el Expediente N° 01267-04, Actuación N° 04/19, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda Persona Física o Jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) la modificación de la Licencia de Operación de la instalación Clase II denominada “U.A. RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN”, para el propósito “8.8.1 - INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA”, ubicada en el Centro Atómico Constituyentes.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS recomiendan dar curso favorable al trámite de solicitud de la modificación de la Licencia de Operación que integra el Acta N° 412 de dicha Subgerencia, por cuanto se ha verificado que la instalación correspondiente y el personal mínimo de la “U.A. RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN” de la CNEA se ajusta a los requerimientos de la normativa de aplicación.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios de material radiactivo el pago anual de la Tasa Regulatoria.

Que conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS, SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA, la CNEA registra deuda en concepto de pago de Tasa Regulatoria.

Que el otorgamiento de una Licencia de Operación de radioisótopos a un usuario de Material Radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la Tasa Regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.

Que, mediante Notas de la Gerencia General de la CNEA N° 53754925/18 y N° 69116550/19, se informó que se encuentran demorados los pagos de las facturas N° 0001-00048370 y N° 0001-00051852. En ese sentido, se solicitó contemplar, en carácter de excepción, la prosecución del trámite de emisión de la Licencia de Operación de la instalación “U.A. RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN”, a pesar del retraso en el pago de la Tasa Regulatoria, indicando que se están llevando a cabo las gestiones correspondientes a efectos de subsanar la citada demora.

Que la “U.A. RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN” efectúa la calibración de monitores portátiles de radiación gamma y neutrones utilizando fuentes selladas como patrones, tanto a usuarios internos como externos, asimismo busca realizar prácticas relacionadas con el proyecto “Nanovehículos dirigidos para Aplicaciones de Medicina Nuclear”.

Que conforme lo expuesto, resulta de interés público la modificación de la Licencia de Operación, permitiendo que el servicio que brinda la CNEA a través de la mencionada instalación sea ampliado, dada la importancia de las prestaciones realizadas en el país, permitiendo que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión de la Licencia de Operación solicitada.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 5 de septiembre de 2019 (Acta N° 30),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la Licencia de Operación a la “U.A. RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN”, para el propósito “8.8.1 - INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA”.

ARTICULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y al solicitante de la Licencia de Operación a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

e. 12/09/2019 N° 68537/19 v. 12/09/2019

Fecha de publicación 12/09/2019