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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA BARRANQUERAS

VISTO el escrito presentado en fecha 16/05/2019 TENGASE por presentado al Sr. Carlos Alejandro Luppi – D.N.I. 27.287.150, dado que el nombrado no ha constituido domicilio de la forma prescripta en el art. 1001 del Código Aduanero, pese a la intimación cursada, DESELE por decaido el derecho dejado de usar y HAGASE EFECTIVO el apercibimiento del art. 1004 del citado texto legal, en consecuencia TÉNGASE por constituido domicilio en la sede aduanera en donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias o resoluciones que se dictaren, en la forma prevista, en el art. 1013 inc. g). Asimismo TÉNGASE por renunciado el patrocinio letrado. TENER por contestada la vista en tiempo y forma, presentes las manifestaciones vertidas, las que se considerarán al momento de adoptar resolución definitiva. A lo peticionado, oportunamente de corresponder. TENER presente y por agregada copia de la Denuncia Penal ante Fiscalía Federal de 1ra Instancia de la ciudad de Resistencia. Si bien el recurrente no ha ofrecido pruebas y, por tanto, correspondería DECLARAR la cuestión de puro de derecho y PASAR los autos a despacho para dictar resolución definitiva, previo a ello y como medida de mejor proveer, SOLICÍTESE a la Fiscalía interviniente informe estado de la causa.

SIGEA N°SC N.ºINTERESADODOCUMENTODESCRIPCION DE LA MERCADERIA
17773-195-2018/6352-2019/9LUPPI CARLOS LEANDRO27,287,150CIGARRILLOS, PARLANTE

Hugo Anibal Botello Capara, Jefe de Sección.

e. 12/09/2019 N° 68375/19 v. 12/09/2019

Fecha de publicación 12/09/2019