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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA RÍO GRANDE

EDICTO

La Dirección General de Aduana, División Aduana de Río Grande, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º de la ley 25.603 para las mercaderías que se encuentren en situación prevista en el art. 417 de la ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho le correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado el SERVICIO ADUANERO, procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2, 3, 4 y 5 de la ley 25.603, a su destrucción y/o a su subasta pública, conforme corresponda. Los interesados deberán presentarse en ésta Dependencia, sita en la calle 20 de Junio 450 de la ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego.

ActuaciónMotivoBultosDescripción
17614-164-2019Sin titular conocido - Hallazgo Paso Fronterizo San Sebastián día 03/08/201972Extensiones de pelo

28 de octubre de 2019. Abog. Ruben Armando Mirabelli. Jefe de Sección Sumarios. A cargo Administración División Aduana Río Grande.

Ruben Armando Mirabelli, Leg. 28305-3, Jefe Secc. “S”, A/C Administración.

e. 30/10/2019 N° 82863/19 v. 30/10/2019

Fecha de publicación 30/10/2019